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Folleto completo (pdf) - Cajastur

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Morgan Stanley Investment Funds Febrero 2011 63inversor institucional extranjero no residente durante unperíodo igual o inferior a 12 meses tributarán a un tipo del31,673%. Por su parte, las plusvalías derivadas de la venta deacciones no cotizadas mantenidas por un inversor institucionalextranjero no residente durante un período superior a 12 mesestributarán a un tipo del 10,558%.El impuesto sobre los beneficios aplicado conforme a la ITA a noresidentes podrá ser reducido o suprimido en virtud de lo dispuestoen cualquier convenio para evitar la doble imposición aplicable.Todo no residente en India deberá liquidar su deuda tributariacorrespondiente al ejercicio económico antes de poder transferircualesquiera sumas al exterior o, en caso de sobrevenir conanterioridad, antes de las fechas señaladas para el pago de losimpuestos.Se ha presentado recientemente ante el Parlamento un Borradorsobre el Código de tributos directos, en 2010, y que podría cambiarde forma sustancial el sistema tributario indio si se promulgara. Sinembargo, las contraprestaciones fiscales indicadas anteriormente sebasan en la Ley sobre el impuesto sobre la renta de India. Estopuede afectar a la fiscalidad de la Filial en India, pero en esta faseno queda claro en qué medida podría afectar. La fecha deimplementación prevista del nuevo Código de tributos es el 1 deabril de 2011.c. Convenio entre India y MauricioEl impuesto sobre los beneficios aplicado conforme a la ITA sobreingresos procedentes de fuentes situadas en India obtenidos por unresidente a efectos fiscales en Mauricio podrá ser reducido osuprimido en virtud del convenio para evitar la doble imposiciónconcluido entre India y Mauricio el 24 de agosto de 1982 (el“Convenio entre India y Mauricio”).El Consejo Central Indio de Impuestos Directos (“CBDT; siglas eninglés de Central Board of Direct Taxes) ha promulgado una circular(la “Circular 789”) en la que confirma que, si las autoridadestributarias de Mauricio (la MRA) expiden a favor de una personaun certificado de residencia fiscal, dicho certificado constituiráprueba de presunciones suficiente para reconocer a dicha personalos mismos beneficios que corresponderían a un residente enMauricio con arreglo a lo dispuesto en el Convenio entre India yMauricio. El Tribunal Supremo de India ha ratificado la validez yeficacia de esta Circular 789 y declarado que, a la fecha del presente<strong>Folleto</strong>, dicha Circular continúa siendo válida y estando en vigor.Tal como se ha expuesto anteriormente (consúltese el apartado“Consideraciones fiscales relativas a Mauricio”), el CRF deberenovarse anualmente, La MRA emitirá cada año un CRF a la Filialal objeto de que ésta pueda continuar disfrutando, a efectos delimpuesto sobre los beneficios indio, de las ventajas emanadas delConvenio entre India y Mauricio. Está previsto que la Filial soliciteen cada ejercicio a la MRA, a través de la FSC, la renovación delCRF, antes de la fecha de caducidad del mismo. La solicitud setramitará siempre que la Filial esté al corriente del cumplimiento detodos los requisitos exigidos por la FSC. El CRF más reciente de laFilial es de fecha 23 de septiembre de 2010 y es válido para elperíodo comprendido entre el 14 de septiembre de 2010 hasta el13 de septiembre de 2011.Sobre la base de que la Filial continúa en posesión de la condiciónde residente a efectos fiscales en Mauricio (y por tanto siguedisfrutando de los beneficios emanados del Convenio entre India yMauricio) y carece de establecimiento permanente en India:i. Los dividendos percibidos por la Filial y que ésta mantenga ensu poder procedentes de inversiones en las acciones de capital desociedades indias estarán exentos de impuestos con arreglo a laITA.ii. Los intereses obtenidos por la Filial de fuentes situadas en Indiatributarán por el impuesto sobre los beneficios indio conformea lo dispuesto en la ITA (tal y como se ha tratado en el párrafo(b) (ii) anterior.iii. Las plusvalías obtenidas por la Filial de la venta de valores indiosestarán fiscalmente exentas en India con arreglo a lo dispuestoen el Convenio entre India y Mauricio.iv. Cualesquiera “ingresos de actividades mercantiles” (excluidosingresos en concepto de dividendos, intereses o royalties)obtenidos por la Filial únicamente quedarán sujetos al impuestosobre los beneficios indio en la medida en que dichos ingresossean atribuibles a un establecimiento permanente de la Filial enIndia. Los ingresos de actividades mercantiles atribuibles a estosestablecimientos tributarán en India a un tipo del 42,23%.Habida cuenta de que se prevé que la Filial no tendrá unestablecimiento permanente en India, ninguno de dichosingresos de actividades mercantiles tendrá que tributar en India.No existe garantía alguna de que el tratamiento fiscal de lasinversiones de la Filial en India no vaya a verse afectado por posiblescambios o variaciones en la interpretación del Convenio entre Indiay Mauricio.d. Impuesto de operaciones sobre valoresTodas las operaciones realizadas en una bolsa reconocida de Indiaestarán sujetas a un impuesto de operaciones sobre valores(“securities transaction tax”), que gravará el valor de la operación a lostipos aplicables.Cuando una compra o venta de acciones ordinarias o departicipaciones de fondos de inversión cerrados orientados a larenta variable se liquide mediante la entrega o transmisión efectivasde las acciones o participaciones consideradas, este impuesto deoperaciones sobre valores se aplicará a un tipo del 0,125% y su pago

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