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CONTENIDO - Biblioteca Instituto Tecnológico de León

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56 (Segunda Sección) DIARIO OFICIAL Martes 20 <strong>de</strong> septiembre <strong>de</strong> 2011Las instituciones <strong>de</strong> banca <strong>de</strong> <strong>de</strong>sarrollo, la Financiera Rural y los fi<strong>de</strong>icomisos públicos para el fomentoeconómico constituidos por el Gobierno Fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong>berán informar lo conducente a la Financiera Rural a través<strong>de</strong> la página <strong>de</strong> Internet señalada en el párrafo anterior, a más tardar en los tres días hábiles siguientes a lasolicitud que reciban. Si en tal plazo no se proporcionara la información, se enten<strong>de</strong>rá que el solicitante no hacausado quebranto o castigo a dichas entida<strong>de</strong>s.Para el caso <strong>de</strong> los apoyos en los que se cuente con la consulta <strong>de</strong> las socieda<strong>de</strong>s <strong>de</strong> informacióncrediticia, ésta podrá utilizarse como constancia <strong>de</strong> la consulta.4.3 Coordinación InstitucionalA fin <strong>de</strong> ampliar la capacidad <strong>de</strong> atención <strong>de</strong> la Financiera Rural para la Población Objetivo <strong>de</strong> losProgramas sujetos a las presentes Reglas, la Dirección General Adjunta <strong>de</strong> Fomento y Promoción <strong>de</strong>Negocios podrá convenir la aportación conjunta <strong>de</strong> recursos con las Depen<strong>de</strong>ncias y Entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> laAdministración Pública Fe<strong>de</strong>ral, así como con los gobiernos estatales y municipales, para lo que suscribirá losconvenios <strong>de</strong> colaboración y coordinación correspondientes (Se aplicarán preferentemente los Convenios Tipocomo anexos 11 y 12)Así mismo podrá convenir con Depen<strong>de</strong>ncias y Entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la Administración Pública para complementarrecursos <strong>de</strong> Programas sujetos a Reglas <strong>de</strong> Operación. Para el efecto se elaborará Anexo Técnico en el quese especifiquen los lineamientos operativos.En el caso <strong>de</strong> los Programas que contemplan Apoyos <strong>de</strong> acceso al Financiamiento, Capacitación yGarantías Líquidas, se podrá participar conjuntamente con <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncias y entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la AdministraciónPública Fe<strong>de</strong>ral, con la finalidad <strong>de</strong> homogenizar criterios y complementar apoyos a la población <strong>de</strong>l mediorural, en el ámbito <strong>de</strong> su competencia. La Financiera Rural podrá incrementar los recursos <strong>de</strong>l Fondo <strong>de</strong>Garantías Líquidas con aportaciones <strong>de</strong> otras Depen<strong>de</strong>ncias y Entida<strong>de</strong>s para los fines que se convenga y ensu caso, podrá operar estos recursos a través <strong>de</strong> lineamientos particulares autorizados por las Depen<strong>de</strong>nciaso Entida<strong>de</strong>s involucradas.Las acciones que se realicen en el marco <strong>de</strong> los convenios <strong>de</strong> colaboración que establezca la FinancieraRural con las Depen<strong>de</strong>ncias y Entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> la Administración Pública Fe<strong>de</strong>ral, así como <strong>de</strong> los convenios <strong>de</strong>colaboración o coordinación que suscriba con las entida<strong>de</strong>s fe<strong>de</strong>rativas y municipios se apegarán a lanaturaleza, enfoque y condiciones <strong>de</strong> acceso establecidos en las presentes Reglas. Para el efecto podráincorporar los componentes <strong>de</strong> apoyo que sean requeridos, los cuales se ejercerán conforme a lasdisposiciones establecidas en las presentes Reglas, en especial en lo que respecta a los apoyos y serviciosque permitan el acceso al crédito, la reducción <strong>de</strong> costos <strong>de</strong> acceso al crédito y la creación <strong>de</strong> Unida<strong>de</strong>s <strong>de</strong>Fomento y Desarrollo Económico y Financiero. Asimismo, la coordinación, control y evaluación <strong>de</strong> losservicios realizados en el marco <strong>de</strong> estos convenios estará a cargo <strong>de</strong> la Dirección General Adjunta <strong>de</strong>Fomento y Promoción <strong>de</strong> Negocios, con la participación <strong>de</strong> las unida<strong>de</strong>s administrativas <strong>de</strong> la Financiera Ruralestablecidas en las presentes Reglas.Para el diseño, instrumentación y ejecución <strong>de</strong> las acciones <strong>de</strong>stinadas al proceso <strong>de</strong> inscripción,formación, evaluación, acreditación y certificación <strong>de</strong> los Prestadores <strong>de</strong> Servicios, la Financiera Rural porconducto <strong>de</strong> la Dirección General Adjunta <strong>de</strong> Fomento y Promoción <strong>de</strong> Negocios, y conforme al procedimientoque establezca el Comité <strong>de</strong> Capacitación, podrá convocar a la Secretaría <strong>de</strong> Educación Pública y a lasinstituciones <strong>de</strong> educación superior.A partir <strong>de</strong> la convocatoria (Convocatoria Tipo como anexo 16), seleccionará a las instituciones queofrezcan las mejores opciones técnicas y financieras apegadas al enfoque metodológico y a los estándares <strong>de</strong>calidad <strong>de</strong> la Financiera Rural, a fin <strong>de</strong> celebrar convenios <strong>de</strong> colaboración <strong>de</strong>stinados a diseñar, instrumentary ejecutar las acciones requeridas para este proceso. (Convenio Tipo como Anexo 11 <strong>de</strong> las presentesReglas). La participación <strong>de</strong> las instituciones <strong>de</strong> educación superior se promoverá con la finalidad <strong>de</strong> asignar ala formación, el carácter <strong>de</strong> estudios formales brindados en el marco <strong>de</strong> las atribuciones <strong>de</strong> investigación,educación, educación continua y extensión <strong>de</strong> las instituciones <strong>de</strong> educación superior y conforme a lanormatividad que las rige.Las acciones realizadas respecto a estos Programas serán informadas a la Comisión Intersecretarial parael Desarrollo Rural Sustentable y al Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, pudiendo laFinanciera Rural a través <strong>de</strong> los Comités evaluar alternativas <strong>de</strong> coordinación con otras instancias y<strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncias a partir <strong>de</strong> las recomendaciones que al respecto pudiera emitir la Comisión <strong>de</strong> Seguimiento alAcuerdo Nacional para el Campo, en particular el Grupo <strong>de</strong> Financiamiento Rural que revisará la coordinación<strong>de</strong> los programas públicos.

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