28.05.2017 Views

REVISTA PESCA JUNIO 2017

La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería. Difunde información obtenida de muchas fuentes, ideas y opiniones que tienen por objeto exponer: la necesidad de hacer sostenible la extracción de los recursos marinos; la urgencia de actuar en beneficio de la seguridad alimentaria nacional; y el cuidado del ambiente

La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería. Difunde información obtenida de muchas fuentes, ideas y opiniones que tienen por objeto exponer: la necesidad de hacer sostenible la extracción de los recursos marinos; la urgencia de actuar en beneficio de la seguridad alimentaria nacional; y el cuidado del ambiente

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

POR PRIMERA VEZ SE DA CUOTA<br />

DE ANCHOVETA PARA EL<br />

CONSUMO HUMANO DIRECTO<br />

BY: Oceana<br />

Escribe Carmen Heck, directora de Políticas<br />

El nuevo ROP de anchoveta para consumo humano<br />

directo establece una nueva forma de clasificar<br />

las flotas artesanal y de mediana escala, el<br />

uso de medios mecanizados<br />

El nuevo Reglamento de Ordenamiento Pesquero de<br />

Anchoveta para Consumo Humano Directo ha establecido<br />

por primera vez una cuota para este destino, pero<br />

para que esta nueva medida cumpla su objetivo, debe<br />

estimarse de forma integrada con la cuota para la flota<br />

industrial.<br />

Al iniciar el año resaltamos las mejoras que se hicieron<br />

en el 2016 para el buen manejo de la pesquería de anchoveta<br />

(bitácora electrónica, incentivos para comunicar<br />

la extracción de juveniles y el cierre oportuno de zonas<br />

con alta presencia de los mismos); el <strong>2017</strong> nos trae<br />

nuevos e importantes avances, esta vez centrados en la<br />

extracción de este recurso para el consumo humano<br />

directo por parte de la flota artesanal y de menor escala.<br />

Estas mejoras se encuentran recogidas en el nuevo Reglamento<br />

de Ordenamiento Pesquero del Recurso Anchoveta<br />

para Consumo Humano Directo, aprobado<br />

por Decreto Supremo 005-<strong>2017</strong>-PRODUCE. Entre<br />

las novedades positivas que trae esta norma destacan:<br />

La nueva forma de definir y diferenciar las categorías<br />

de artesanal y menor escala, basada no en<br />

el tamaño de la embarcación y su bodega, sino en<br />

la utilización o no de medios mecanizados para la<br />

realización de las operaciones de pesca, de conformidad<br />

con lo dispuesto por el artículo 30 del<br />

Reglamento de la Ley General de Pesca.<br />

Permitir las actividades extractivas de anchoveta<br />

con embarcación de cerco solo a partir de las tres<br />

millas de la línea de costa (hoy la flota artesanal<br />

de anchoveta opera libremente dentro de las primeras<br />

5 millas), sin importar el tamaño de la embarcación<br />

o su condición de artesanal o de menor<br />

escala. Esta medida permitirá proteger hábitats<br />

costeros importantes no solo para el desove de la<br />

anchoveta sino para la protección de la biodiversidad<br />

que caracterizan esas zonas y que genera<br />

una porción significativa de la pesca artesanal<br />

para el consumo humano directo.<br />

La flota de anchoveta de consumo humano directo<br />

tendrá la obligación de contar con equipo de<br />

seguimiento satelital u otro sistema alternativo<br />

de seguimiento operativo. Una vez implementada,<br />

permitirá recoger información valiosa para el<br />

manejo pesquero (ya que ahora toda embarcación<br />

que capture anchoveta deberá cumplir esta<br />

exigencia), fortalecer el control de las operaciones<br />

de pesca y mejorar las condiciones de seguridad<br />

en las que estas se realizan.<br />

Pero sin duda, la principal reforma que trae el nuevo<br />

reglamento es el establecimiento de una cuota de captura<br />

(denominada Límite Máximo Total de Captura -<br />

LMTC-CHD) para la flota de consumo humano directo, la<br />

misma que se fijará por períodos anuales y que este<br />

año asciende a 300 mil toneladas (Resolución Ministerial<br />

186-<strong>2017</strong>-PRODUCE). Una vez alcanzado el límite, o<br />

cuando IMARPE lo recomiende por circunstancias am-<br />

Revista Pesca Junio <strong>2017</strong> 22

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!