Seminario: Agenda corta antidelincuencia - Defensoría Penal Pública
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— 56 —<br />
Extensión<br />
ni el mismo fiscal pudo tener a la vista. De de ahí entonces que entiendo<br />
que el tribunal oral no está obligado a fallar en base a prueba que ha<br />
sido obtenida con infracción de garantías fundamentales.<br />
Respecto de la ponencia del profesor Guzmán Dalbora sólo señalar<br />
que la reincidencia presenta los siguientes problemas: a) Infringe el<br />
principio de culpabilidad personal por el hecho concreto. Se agrava la<br />
responsabilidad penal del sujeto, no en atención a una intensificación<br />
del injusto o de la culpabilidad en relación con el hecho que motiva la<br />
condena, sino en consideración a su comportamiento anterior, el que ya<br />
fue objeto del correspondiente reproche y sanción 21 ; b) Se funda en el<br />
carácter del sujeto, propio de una concepción peligrosista radical, ajena<br />
a un estado democrático de derecho. A lo más debiera servir para<br />
determinar la forma de cumplimiento de la pena pero no su agravación<br />
22 ; c) Infringe el principio del non bis in idem, por cuanto el plus de<br />
pena se funda en una conducta anteriormente sancionada y d) Afecta<br />
el principio de proporcionalidad. Para afirmar positivamente la vigencia<br />
de las normas en la conciencia colectiva, la gravedad de la pena debe<br />
ser proporcionada a la gravedad del hecho cometido, representada<br />
por el grado de nocividad social del ataque al bien jurídico. Por lo tanto,<br />
deben rechazarse tanto el establecimiento de conminaciones penales<br />
(proporcionalidad abstracta) o la imposición de penas (proporcionalidad<br />
concreta) que carezcan de toda relación valorativa con el hecho,<br />
contemplado en la totalidad de sus aspectos. Sin perjuicio de que la relación<br />
entre el hecho y la pena que éste merece depende del momento<br />
histórico y de factores socioculturales, puede señalarse que el principio<br />
de proporcionalidad apunta a la relación entre el merecimiento de<br />
pena y el daño social causado 23 . Por su parte, Aguado Correa sostiene<br />
que la exigencia de proporcionalidad abstracta entendida como proporción<br />
entre la gravedad del injusto y la gravedad de la pena con la<br />
21 Mera, Jorge en “Derechos Humanos, en el Derecho <strong>Penal</strong> Chileno, pg. 141-142, Editorial Lexis-<br />
Nexis, 1998.<br />
22 Bustos, Juan en “Obras Completas” pg. 1209, Tomo I, Editorial Ara Editores, 2004.<br />
23 Mir Puig, Santiago en “Derecho <strong>Penal</strong>, Parte General”, pg. 136-137, Editorial B de F, 2005; Silva<br />
Sánchez, Jesús Maria, en “Aproximación al Derecho <strong>Penal</strong> Contemporáneo, pg. 260, Editorial<br />
Bosch, 1992.