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PROYECTOS DE PROGRAMA Y PRESUPUESTO - PAHO/WHO

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COR<br />

El ICAA tiene responsabilidad nacional sobre la construcción y explotación de sistemas destinados a suministrar<br />

agua potable y disponer de aguas negras. En forma similar a la CCSS, posee las características de un ente descentralizado<br />

del Estado, lo que supone autonomfa administrativa y financiera. Sin embargo, ambas instituciones, al igual que<br />

otros entes configurantes del lector público, son gerenciadas por presidencias ejecutivas las cuales, con el debido apoyo<br />

de las juntas directivas, se ocupan de dirigirlas según los lineamientos expresos que al efecto determine el Gobierno de<br />

la República.<br />

El marco legal para la prestación de servicios de salud está fundamentado en la Constitución Política y en<br />

múltiples leyes y decretos, entre los cuales se destacan los siguientes:<br />

Artfculo 73 de la Constitución Polftica que establece los seguros sociales en beneficio de los trabajadores.<br />

Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, que define el tipo de prestaciones o servicios, y que<br />

mediante reforma a ésta en la Ley No. 4750, en su Artfculo 3o., regula su universalización por etapas; primero a todos<br />

los trabajadores y sus dependientes que ganan sueldo o salario sin lfmite de suma, o extensión vertical; luego,<br />

extendiendo progresivamente sus servicios a todo el pafs, o extensión horizontal; y finalmente, participando en la atención<br />

médica a los indigentes, o universalización. Así qued6 la institución facultada para brindar servicios a toda la<br />

población.<br />

Ley de Traspaso de Establecimientos Médico-Asistenciales al Seguro Social (Ley No. 5395 del 30 de octubre de 1973)<br />

que amplía sus recursos humanos, materiales y financieros para que extienda sus servicios a toda la población mediante<br />

un solo servicio de atención médica integral. La Caja queda obligada a prestar atención médica asistencial a la población<br />

asegurada y no asegurada al asumir los establecimientos traspasados.<br />

Ley General de Salud (Ley No. 5395 del 30 de octubre de 1973) que confiere los derechos necesarios para obtener y<br />

conservar el mejor nivel posible de salud y regula su aplicación y las actividades de los individuos y de las empresas<br />

en el campo de la salud.<br />

Ley Orgánica del Ministerio de Salud (Ley No. 5412 del 8 de noviembre de 1973) que, además de las funciones de<br />

rectorfa del sector, le asigna las de realizar acciones de salud en materia de medicina preventiva, realizar las actividades<br />

que tiendan al mejoramiento y conservación del medio ambiente con miras a la protección de la salud y a otorgar<br />

las prestaciones de asistencia médica a través de los organismos creados al efecto y otras. Además, expresa la estructura<br />

mediante la cual las unidades administrativas constituyentes de la institución se organizarán, asf como las actividades<br />

de competencia de cada una de ellas.<br />

Ley de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Ley No. 5662 de enero de 1976) que establece un fondo en<br />

beneficio de los costarricenses de escasos recursos económicos, tanto a través del financiamiento de programas y<br />

servicios sociales que complementan el ingreso de las familias pobres, tales como el Programa de Nutrición, Salud Rural,<br />

Salud Comunitaria y otros del Ministerio de Salud, Instituto Mixto de Ayuda Social y otras instituciones, como a través<br />

del financiamiento de un programa de pensiones por monto básico dentro de un régimen no contributivo. Financia, además,<br />

programas de atención de ancianos, el programa de investigación, enseñanza y servicios del Instituto Costarricense de<br />

Investigación y Enseñanza en Nutrición y Salud, y programas de capacitación y de colonización, definiendo y financiando<br />

la ejecución de una polftica social multisectorial.<br />

Ley Constitutiva del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, que le asigna las funciones de<br />

administrar, dirigir, planear, diseñar, construir, mantener y resolver todo lo relacionado con el suministro de agua<br />

potable a todos los habitantes de la República, y las de recolección, tratamiento y disposición de aguas negras, servidas<br />

y pluviales.<br />

La infraestructura de establecimientos para brindar servicios de salud al 31 de diciembre de 1979 es la siguiente:<br />

a) Ministerio de Salud: 75 centros de salud, 351 puestos de salud, 36 centros infantiles de atención integral, 6 centros<br />

rurales de asistencia, 547 centros de educación y nutrición, 1 hospital general, 28 clínicas dentales escolares, 50 unidades<br />

moviles de odontología, 18 establecimientos del Instituto Nacional sobre Alcoholismo, 1 Clfnica de Recuperación<br />

Nutricional y 235 áreas de salud comunitaria; b) Caja Costarricense de Seguro Social: 27 hospitales y 82 centros de<br />

salud.<br />

El programa de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares se disenó para atender cuatro grandes subprogramas<br />

identificados como a) salud, alimentación y nutrición; b) asentamientos campesinos y mejora de la vivienda rural; c)<br />

capacitación y divulgación; d) régimen no contributivo de pensiones y extensión de los seguros de enfermedad y maternidad<br />

a los trabajadores independientes. Para la ejecución coordinada de los distintos subprogramas y las actividades que los<br />

constituyen, existen mecanismos formales a nivel inter e intrainstitucional.<br />

Por cuanto la totalidad de la capacidad instalada del sector se encontraba hasta 1972 limitada a las localidades<br />

con más de 2,000 habitantes, la cobertura de los servicios de salud para la población rural y la rural dispersa fue<br />

prácticamente nula hasta ese año. Esta situación se ha modificado mediante las estrategias del Programa de Salud Rural,<br />

que en su proyección futura se constituye en el Programa de Atención Médica Básica.<br />

En 1979 el Programa de Salud Rural atendió a 717,500 personas, 95.7% de la población en su área de referencia,<br />

cuenta con 351 puestos de salud, sirve a 4,018 comunidades y 160,976 viviendas, y cubre una extensión de 40,550 kilómetros<br />

cuadrados (79.7% del territorio del país). Se realizan tres visitas anuales por casa. El programa prevé cinco<br />

visitas.<br />

En la programación de cobertura de áreas urbanas se ha introducido un cambio fundamental en el sentido de considerar<br />

la necesidad de llegar con servicios básicos de salud a toda la población de las ciudades de más de 2,000 habitantes.<br />

Se dará prioridad en la etapa inicial a los grupos de más alta marginalidad y de mayor concentración de<br />

población.

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