16.03.2014 Views

(amicus curiae brief). - Juventud Rebelde

(amicus curiae brief). - Juventud Rebelde

(amicus curiae brief). - Juventud Rebelde

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

11<br />

cargos que se le imputen o la determinación de sus<br />

derechos u obligaciones civiles, toda persona tendrá<br />

derecho a ser oído públicamente y con las debidas<br />

garantías dentro de un plazo razonable por un tribunal<br />

independiente e imparcial, establecido por la ley”.<br />

Asimismo, en la subsección 1.1 del Artículo 7 de la<br />

Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos se<br />

afirma:<br />

“Todo individuo tiene derecho a que su causa sea<br />

oída. Ello comprende: a) el derecho a apelar ante<br />

los órganos nacionales competentes contra todo acto<br />

de violación de sus derechos fundamentales<br />

conforme son reconocidos y garantizados en<br />

convenciones, leyes, regulaciones y costumbres<br />

vigentes; b) el derecho a que se presuma su<br />

inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad por<br />

una corte o tribunal competente; c) el derecho a la<br />

defensa, incluido el derecho a ser defendido por un<br />

abogado de su elección; d) el derecho a ser juzgado<br />

en un plazo razonable por una corte o tribunal<br />

imparcial.”<br />

No hay norma más establecida en la Constitución<br />

de Estados Unidos que el principio de que el debido<br />

proceso estipula que cada acusado reciba un juicio justo.<br />

Este principio está además enunciado en el requisito de la<br />

Constitución de que cada jurado deberá ser imparcial.<br />

Constituye una violación de la Cláusula del Debido<br />

Proceso, aplicable a los estados por conducto de la<br />

Decimocuarta Enmienda, que estipula que un jurado<br />

prejuiciado no deberá ni podrá actuar como jurado en una<br />

causa civil o penal. En Irvin v Dowd, 366 U.S. 717, 721-<br />

23 (1961), este tribunal afirma:<br />

“En esencia, el derecho al juicio por jurado garantiza<br />

a los acusados de causas penales un proceso justo por<br />

un panel de jurados imparciales, ‘indiferentes’. No<br />

brindar al acusado una audiencia justa constituye<br />

violación incluso de las normas mínimas del debido<br />

proceso. ‘Un juicio justo en un tribunal justo

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!