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(amicus curiae brief). - Juventud Rebelde

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La figura del “<strong>amicus</strong> <strong>curiae</strong>” (amigo de la corte) es un recurso que realizan<br />

terceros ajenos a un litigio, que presentan voluntariamente su opinión<br />

frente a algún punto para colaborar con el tribunal en la resolución de la<br />

materia objeto del proceso. Consiste en una opinión legal, un testimonio<br />

no solicitado por las partes o un informe en derecho sobre el caso.<br />

La decisión sobre admitir el <strong>amicus</strong> <strong>curiae</strong> queda, en este caso al libre<br />

arbitrio de la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos de<br />

Norteamérica.<br />

Habitualmente se presentan <strong>amicus</strong> <strong>curiae</strong> en juicios en los que están en<br />

juego las garantías individuales, o casos de especial interés en que el asunto<br />

que se trata afecta los derechos humanos.<br />

A pesar de que Estados Unidos es uno de los países con mayor utilización<br />

del <strong>amicus</strong>, solo acepta alrededor del 1 % de los casos que se presentan<br />

para su revisión. En el derecho internacional el <strong>amicus</strong> <strong>curiae</strong> tiene un<br />

lugar destacado, es aceptado, entre otros organismos, por la Comisión<br />

Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos<br />

Humanos y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.<br />

Es por ello que consideramos de estricta justicia y en congruencia a lo<br />

expresado reiteradamente, nos manifestamos ante la Corte Suprema de<br />

Justicia de los Estados Unidos de Norteamérica para solicitar por medio<br />

de un “AMICUS” que se acepte y se apruebe el recurso de apelación<br />

presentado por la defensa de “Los Cinco”.<br />

Por lo que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 58 y 59 del<br />

Reglamento para el gobierno interior del Congreso General de los Estados<br />

Unidos Mexicanos, sometemos a consideración de esta H. Asamblea<br />

la siguiente proposición con Punto de Acuerdo, misma que solicitamos.<br />

se considere como de urgente y obvia resolución:<br />

52<br />

02ParlamentEsp.pmd 52<br />

03/04/2009, 13:54

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