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(amicus curiae brief). - Juventud Rebelde

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procedimientos que ni añaden ni quitan derechos sustantivos al acusado<br />

ni a la obligación del Estado de aportar pruebas. Más bien, contrapone<br />

los derechos del acusado al derecho del gobierno a conocer<br />

por adelantado las posibles amenazas a la seguridad nacional que<br />

puedan resultar de un enjuiciamiento penal.<br />

26. La fuente contestó que nunca había puesto en cuestión la validez de<br />

la ley, sino su defectuosa aplicación. Dice que tras reunir 20.000 páginas<br />

de documentos (ninguno de ellos clasificado) siguiendo esa pauta,<br />

todos ellos documentos de los acusados, el Gobierno clasificó todas<br />

y cada una de sus páginas de “alto secreto” como si se tratara de<br />

documentos del Estado. Después el Gobierno invocó las disposiciones<br />

de la Ley de procedimientos sobre información clasificada, que<br />

permitió al Gobierno restringir el acceso de la defensa a los documentos<br />

de la propia defensa y tener así bajo su control todas las pruebas<br />

del juicio.<br />

27. El Grupo de Trabajo, teniendo en cuenta todo lo anterior, debe decidir<br />

si se han observado en este juicio las normas internacionales relativas<br />

a un juicio justo. Así pues, no le compete pronunciarse en cuanto<br />

a la culpabilidad de las personas privadas de libertad ni en cuanto a<br />

la validez de las pruebas, y menos aún asumir las competencias del<br />

Tribunal de Apelación que lleva la causa. A fin de contar con todos<br />

los elementos de la causa, el Grupo de Trabajo hubiera preferido disponer<br />

de la sentencia del Tribunal de Apelación; sin embargo, puesto<br />

que la apelación se ha demorado, el Grupo no puede aplazar más la<br />

opinión que se le ha pedido en lo que es del ámbito de su mandato.<br />

28. De la información recibida, el Grupo de Trabajo entiende lo siguiente:<br />

a) Tras su detención, y a pesar de haberse informado a los interesados<br />

de sus derechos a guardar silencio y a contar con defensa de<br />

letrado facilitada por la administración, se les mantuvo durante<br />

17 meses en aislamiento, lo que afectó a la comunicación con sus<br />

abogados y al acceso a las pruebas y, por ende, a su derecho a<br />

una defensa adecuada.<br />

b) Al clasificarse la causa como de seguridad nacional, se resintió<br />

asimismo el acceso de los detenidos a las pruebas documentales.<br />

El Gobierno no ha negado el hecho de que los abogados de la<br />

defensa tuvieron un acceso muy restringido a las pruebas debido<br />

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02ParlamentEsp.pmd 47<br />

03/04/2009, 13:54

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