Caribbean Environment Programme - UNEP
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<strong>UNEP</strong>(DEC)/CAR WG.18/6<br />
Anexo VIII<br />
Página 10<br />
5. El IAM es una institución de investigación multidisiciplinaria, marina y ambiental<br />
ubicado en la peninsula noroeste de Trinidad en Hilltop Lane, Chaguaramas. Fue<br />
establecido por el Acta del Parlamento No 15 de 1976. Es incorporado y administrado de<br />
acuerdo con las provisiones de este Acta de Parlamento, ahora Capítulo 37:01 en las<br />
legislaciones revisadas de Trinidad y Tobago como enmendado por Acta No. 13 de 1990.<br />
Esta legislación concede al IMA un mandato caribeño que requiere que la organización<br />
realice activadades de investigación y desarrollo en el medio ambiente marino y en otros<br />
areas que impactan sobre el medio ambiente caribeño y en regiones adyacentes. El IAM<br />
es financiado por el Gobierno de Trinidad y Tobago, pero ha sido involucrado en muchos<br />
proyectos regionales incluyendo los del Programa del Medio Ambiente del Caribe del<br />
PNUMA.<br />
6. El Gobierno de la República de Trinidad y Tobago proveerá el espacio de oficina<br />
requerido, personal, y equipo para el FT/CAR utilizando el IAM que está ubicado en siete<br />
acres de terreno en Chaguaramas. Las estructuras existentes de IAM consisten en varios<br />
edificios de un piso en los cuales hay suficiente espacio para ubicar las oficinas<br />
administrativas del CAR. El Gobierno ha aprobado la construcción de nuevas facilidades<br />
para el IAM que está programado para 2001. Las nuevas facilidades de IAM consistirán<br />
en un Edificio para la Investigación (4 pisos) y un Edificio Centro de Información (3<br />
pisos) inclyuendo un Centro de Educación Marina y una Biblioteca, un Auditorio para<br />
acomodar 200 personas, un Edificio de Operaciones (2 pisos) y una Cafetería. Estas<br />
nuevas facilidades del IAM presentarán una ubicación impresionante para el FT/CAR.<br />
7. En el Apéndice 1 aparecen las contribuciones en efectivo y en especie del Gobierno de<br />
Trinidad y Tobago. El equipo que se encuentra en el IAM que podía ser utilizado por el<br />
CAR aparecen en el Apéndice 11.<br />
8. Personal local para el CAR será reclutado por el Gobierno de Trinidad y Tobago y será<br />
bajo la gerencia del IAM. El personal internacional para el CAR será reclutado<br />
directamente de las Naciones Unidas con la aprobación del Gobierno de la República de<br />
Trinidad y Tobago de acuerdo con los Reglamentos del PNUMA y las Legislaciones de<br />
la República de la República de Trinidad y Tobago.<br />
9. El FT/CAR entrará en vigor después de la firma del Memorándum de Acuerdo entre la<br />
Unidad Coordinadora del PNUMA y el Gobierno de Trinidad y Tobago.<br />
10. Se aplicarán lo siguiente con respecto a la comunicación administrativa:<br />
- comunicación sobre asuntos técnicos relacionadas a actividades especifícas será<br />
directamente entre FT/CAR y las autoridades nacionales pertinentes designadas,<br />
puntos focales, instituciones participantes y miembros del RAR. Información sobre<br />
estas comunicaciones será copiadas al PNUMA-CAR/UCR en los informes de<br />
progreso semestrales; el único canal oficial de comunicación sobre asuntos de<br />
política involucrando los Gobiernos participantes en el Programa Ambiental<br />
del Caribe (PAC) debería ser por medio del PNUMA-CAR/URC.