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Caribbean Environment Programme - UNEP

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<strong>UNEP</strong>(DEC)/CAR WG.18/6<br />

Anexo VIII<br />

Página 10<br />

5. El IAM es una institución de investigación multidisiciplinaria, marina y ambiental<br />

ubicado en la peninsula noroeste de Trinidad en Hilltop Lane, Chaguaramas. Fue<br />

establecido por el Acta del Parlamento No 15 de 1976. Es incorporado y administrado de<br />

acuerdo con las provisiones de este Acta de Parlamento, ahora Capítulo 37:01 en las<br />

legislaciones revisadas de Trinidad y Tobago como enmendado por Acta No. 13 de 1990.<br />

Esta legislación concede al IMA un mandato caribeño que requiere que la organización<br />

realice activadades de investigación y desarrollo en el medio ambiente marino y en otros<br />

areas que impactan sobre el medio ambiente caribeño y en regiones adyacentes. El IAM<br />

es financiado por el Gobierno de Trinidad y Tobago, pero ha sido involucrado en muchos<br />

proyectos regionales incluyendo los del Programa del Medio Ambiente del Caribe del<br />

PNUMA.<br />

6. El Gobierno de la República de Trinidad y Tobago proveerá el espacio de oficina<br />

requerido, personal, y equipo para el FT/CAR utilizando el IAM que está ubicado en siete<br />

acres de terreno en Chaguaramas. Las estructuras existentes de IAM consisten en varios<br />

edificios de un piso en los cuales hay suficiente espacio para ubicar las oficinas<br />

administrativas del CAR. El Gobierno ha aprobado la construcción de nuevas facilidades<br />

para el IAM que está programado para 2001. Las nuevas facilidades de IAM consistirán<br />

en un Edificio para la Investigación (4 pisos) y un Edificio Centro de Información (3<br />

pisos) inclyuendo un Centro de Educación Marina y una Biblioteca, un Auditorio para<br />

acomodar 200 personas, un Edificio de Operaciones (2 pisos) y una Cafetería. Estas<br />

nuevas facilidades del IAM presentarán una ubicación impresionante para el FT/CAR.<br />

7. En el Apéndice 1 aparecen las contribuciones en efectivo y en especie del Gobierno de<br />

Trinidad y Tobago. El equipo que se encuentra en el IAM que podía ser utilizado por el<br />

CAR aparecen en el Apéndice 11.<br />

8. Personal local para el CAR será reclutado por el Gobierno de Trinidad y Tobago y será<br />

bajo la gerencia del IAM. El personal internacional para el CAR será reclutado<br />

directamente de las Naciones Unidas con la aprobación del Gobierno de la República de<br />

Trinidad y Tobago de acuerdo con los Reglamentos del PNUMA y las Legislaciones de<br />

la República de la República de Trinidad y Tobago.<br />

9. El FT/CAR entrará en vigor después de la firma del Memorándum de Acuerdo entre la<br />

Unidad Coordinadora del PNUMA y el Gobierno de Trinidad y Tobago.<br />

10. Se aplicarán lo siguiente con respecto a la comunicación administrativa:<br />

- comunicación sobre asuntos técnicos relacionadas a actividades especifícas será<br />

directamente entre FT/CAR y las autoridades nacionales pertinentes designadas,<br />

puntos focales, instituciones participantes y miembros del RAR. Información sobre<br />

estas comunicaciones será copiadas al PNUMA-CAR/UCR en los informes de<br />

progreso semestrales; el único canal oficial de comunicación sobre asuntos de<br />

política involucrando los Gobiernos participantes en el Programa Ambiental<br />

del Caribe (PAC) debería ser por medio del PNUMA-CAR/URC.

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