Caribbean Environment Programme - UNEP
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<strong>UNEP</strong>(DEC)/CAR WG.18/6<br />
Anexo VIII<br />
Página 11<br />
11. Toda la correspondencia pertinente a asuntos sustantivos, administrativos, financieros y<br />
técnicos entre FT/CAR y PNUMA-CAR/UCR será dirigida a las siguientes direcciones:<br />
(a)<br />
(b)<br />
en <strong>UNEP</strong><br />
Coordinator<br />
<strong>UNEP</strong> Regional Coordinating Unit<br />
<strong>Caribbean</strong> <strong>Environment</strong> <strong>Programme</strong><br />
14-20 Port Royal Street<br />
Kingston, Jamaica<br />
en LBS/RAC<br />
Director/ Coordinator LBS/RAC<br />
Institute of Marine Affairs<br />
Hilltop Lane<br />
Chaguaramas<br />
Republic of Trinidad and Tobago<br />
Capacidades Técnicas<br />
12. El FT/CAR suministrará la supervisión total, guía técnica y vigilancia administrativa para<br />
la ejecucción de varias actividades del Programa Regional para Fuentes Terrestres de<br />
Contaminación Marina y otras actividades. En general, el papel que desempeña FT/CAR<br />
es la coordinación de los insumos técnicos de las instituciones que constituyen las RARs<br />
para realizar la ejecucción de actividades del proyecto.<br />
13. El FT/CAR:<br />
i. proveerá ayuda y consejo al PNUMA-CAR/URC sobre el desarrollo del programa<br />
FT;<br />
ii. en consulta con PNUMA-CAR/URC, supervisará y coordinará las actividades del<br />
proyecto en la región para evadir los impactos graves de contaminación de fuentes<br />
terrestres al medio ambiente marina;<br />
iii. promoverá la uniformación de métodos y cooperación de necesidades de<br />
investigación y monitoreo de preocupación regional sobre aspectos pertinentes al<br />
Protocolo FT;<br />
iv. promoverá la cooperación científica y técnica con las agencias especializadas de<br />
las NN.UU, organizaciones intergubernamentales, gubernamentales y nogubernamentales;<br />
v. facilitará la asistencia técnica y científica (pericia, asesorias) y entrenamiento a<br />
los gobiernos, instituciones y miembros de la Red de Actividades Regionales<br />
(RARs) cuando lo solicite;<br />
vi. recolectará información sobre tecnología ultramoderna requerida para la<br />
ejecucción de las actividades del programa FT; dicha información será disponible<br />
a los gobiernos, las instituciones, y a los miembros de las RARs cuando lo<br />
soliciten;