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ESTATUTOS

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4. La selección del Personal laboral se realizará de acuerdo con lo establecido en su respectivo<br />

convenio y la legislación laboral aplicable.<br />

5. Las bases y el temario serán elaborados por la Gerencia, previa negociación con la Junta de<br />

Personal de Administración y Servicios o el Comité de Empresa, según proceda, y aprobados<br />

por el Consejo de Gobierno, de acuerdo con los términos establecidos por la legislación<br />

vigente, para posibilitar su homologación.<br />

6. La Universidad de Extremadura facilitará, fomentará y garantizará la promoción interna del<br />

Personal de Administración y Servicios. Sus órganos de representación participarán en la<br />

elaboración de las normas de las convocatorias de selección.<br />

Artículo 208.-<br />

1. La Junta de Personal de Administración y Servicios es el órgano representativo del Personal<br />

de Administración y Servicios sujeto a Derecho Administrativo, para la defensa de sus<br />

intereses.<br />

2. El Comité de Empresa es el órgano representativo del Personal de Administración y<br />

Servicios sujeto a Derecho Laboral, para la defensa de sus intereses.<br />

Artículo 209.- Son deberes del Personal de Administración y Servicios:<br />

a) Cumplir y asumir las obligaciones y responsabilidades derivadas de su nombramiento o<br />

contratación.<br />

b) Desempeñar las tareas conforme a los principios de legalidad y eficacia, contribuyendo<br />

a los fines y mejora del funcionamiento de la Universidad de Extremadura como<br />

servicio público.<br />

c) Procurar su formación permanente para el mejor desempeño de sus funciones.<br />

d) Participar en los cursos de perfeccionamiento y promoción profesional, de acuerdo con<br />

los criterios y las prioridades establecidos en los planes de formación correspondientes.<br />

e) Participar en los procedimiento de evaluación y control de su actividad.<br />

f) Respetar el patrimonio de la Universidad de Extremadura, así como hacer un correcto<br />

uso de sus instalaciones, bienes y recursos.<br />

g) Contribuir al mejor gobierno y gestión de la Universidad.<br />

h) Cualesquiera otros que se deduzcan de la normativa vigente, de los presentes<br />

Estatutos o de su desarrollo reglamentario.<br />

Artículo 210.- Son derechos del Personal de Administración y Servicios:<br />

a) Participar, como miembros de pleno derecho de la comunidad universitaria, en los<br />

órganos de gobierno y representación de la Universidad y, por tanto, ser electores y<br />

elegibles para dichos órganos.<br />

b) Realizar el trabajo de gestión y administración con arreglo a las condiciones de su<br />

nombramiento y en los puestos de trabajo de la Universidad a que sean destinados.<br />

c) Percibir las retribuciones pertinentes en razón del puesto de trabajo desempeñado<br />

según la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo de la Universidad de<br />

Extremadura.<br />

d) Utilizar los medios y servicios de la comunidad universitaria con arreglo a las normas<br />

reguladoras de su uso.<br />

e) Disponer de los medios adecuados y de la información necesaria para el desempeño<br />

de sus tareas y conocer las funciones asignadas a su puesto de trabajo.<br />

f) Desarrollar una carrera profesional en la que se contemple su promoción de acuerdo<br />

con la cualificación profesional y/o su nivel de titulación, con la ayuda de la<br />

Universidad.<br />

g) A recibir por parte de la Universidad protección, información y formación eficaz en<br />

materia de seguridad e higiene en el trabajo<br />

h) Disfrutar de permisos temporales con objeto de contribuir a su perfeccionamiento<br />

profesional.<br />

i) Negociar a través de sus representantes legales sus condiciones de trabajo en el<br />

ámbito estatal, autonómico o de la propia Universidad de Extremadura.<br />

l) Ser informado por los distintos órganos de la Universidad de aquellos extremos sobre<br />

los cuales tenga un interés directo, con arreglo al principio de transparencia.<br />

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