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Estudio e Investigación sobre Teletrabajo de Personas con Discapacidad en Centros<br />
de Comunicación Telefónica.<br />
4.-¿ Para qué actividades se puede solicitar subvención?<br />
Se subvencionan, en general, numerosas actividades entre estas las orientadas hacia la integración<br />
laboral de las personas con discapacidad en el territorio de la Comunidad Autónoma o bien por<br />
convotarias municipales o estatales.<br />
Por tanto, la convocatoria está abierta a cualquier tipo de actividad que puede impulsar la creación de<br />
nuevas empresas, de empleo, la formación, el desarrollo de nuevos proyectos, si bien, a efectos de<br />
orientar las solicitudes, se establecen unas tipologías preferentes y especialmente valoradas, que son<br />
las que enumera la convocatoria correspondiente.<br />
5.- ¿Qué actividades están expresamente excluídas?<br />
Se encuentran expresamente excluidas aquellas actividades que, por contenido y presupuesto, se<br />
dirijan esencialmente a la realización de iniciativas no previstas por la correspondiente convocatoria, por<br />
más que en su posible desarrollo, pueda ser de mucho interés.<br />
Se trata de garantizar que la subvención se destine mayoritariamente a la propia realización de las<br />
actividades orientadas a la posible creación de empresas, de empleo de formación etc.. y no a iniciativas<br />
que no están contempladas.<br />
Por lo tanto dentro de una acción de formación sí es posible realizar visitas formativas, o de prácticas, en<br />
el seno de actividades más amplias, que sirvan para comprobar y practicar “in situ” los conocimientos<br />
adquiridos, siempre dentro de lo razonable y coherente, y teniendo en cuenta que tales cuestiones son<br />
objeto de valoración.<br />
6.- ¿Sólo se puede solicitar una subvención para una actividad?<br />
Por regla general, cada Institución, Entidad o Asociación, es decir, cada persona jurídica, sólo puede<br />
solicitar una subvención, salvo lo que expresamente dicte la convocatoria, por lo que, de presentarse<br />
más solicitudes para esta misma convocatoria, serán inadmitidas generalmente.<br />
Con ello se pretende que cada entidad elija su proyecto más viable, más razonable, técnicamente mejor<br />
dotado, etc., es decir, se trata de concentrar esfuerzos, tanto por parte de los solicitantes como por parte<br />
de esta Administración, en aquellos proyectos de mayor calidad.<br />
7.-¿Cuándo y dónde se puede presentar la solicitud?<br />
Hay que prestar especial atención al plazo límite señalado en la convocatoria. Los lugares de<br />
presentación son variados, pudiéndose registrar de entrada la solicitud, por ejemplo<br />
- en las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad<br />
- en cualquiera de los registros de la Administración del Estado, de cualquiera de las Comunidades<br />
Autónomas, y en los de las Entidades Locales.<br />
- en las Oficinas de Correos, en las cuales se entregará la solicitud en sobre abierto a efectos de que<br />
la certifiquen sellándola con la fecha de entrada;<br />
- en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.<br />
No se podrá presentar la solicitud por los medios que no esten contemplados en la correspondiente<br />
convocatoria por ejemplo Telefax.<br />
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