25.06.2015 Views

Descarga (PDF) - Alares

Descarga (PDF) - Alares

Descarga (PDF) - Alares

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

La compulsa de la documentación que se presente junto con la solicitud sólo puede ser realizada:<br />

- bien por la persona que registre de entrada la solicitud,<br />

- bien en el órgano que tramite el procedimiento de concesión de esta subvención (Servicio<br />

Administrativo en cada provincia),<br />

- o bien por el órgano administrativo que haya emitido el documento público cuya compulsa se solicita.<br />

• Documentación acreditativa a aportar.<br />

o Original o fotocopia compulsada de la documentación que acredite la constitución, domicilio social<br />

y ausencia de ánimo de lucro de los solicitantes.<br />

Se exceptúan las Entidades de Derecho Público de la acreditación de estas circunstancias.<br />

Además, como se ha indicado, es posible que el resto de solicitantes opten por no aportar esta<br />

documentación si ya la han presentado en anteriores convocatorias (no pueden haber transcurrido<br />

más de cinco años; siempre es conveniente que estos documentos sean lo más actuales que<br />

podamos) y siempre que nos especifiquen todos los datos suficientes para localizarla (fecha, órgano,<br />

línea de ayudas y número de expediente).<br />

Se puede utilizar cualquier medio de prueba (un extracto informativo sacado de Internet no es medio<br />

de prueba) y varía según el tipo de Institución, Entidad o Asociación, por lo que no se puede<br />

generalizar. Lo más sencillo es acudir a los Registros en que, por la naturaleza de cada uno, estén<br />

inscritos, para pedir que se certifique su inscripción, su domicilio social y la ausencia de ánimo de<br />

lucro (atención, hay que pedir que el certificado incluya todas estas circunstancias; si no aclararan<br />

alguno de esos extremos, habrá que aportar otros medios de prueba que sean necesarios).<br />

Por ejemplo, cualquier Asociación sin ánimo de lucro y no sometida a un régimen específico, podrá<br />

presentar certificado (original o fotocopia compulsada) del Registro de Asociaciones sin embargo,<br />

una universidad privada podrá presentar la ley que la reconozca; una sociedad cooperativa sin ánimo<br />

de lucro, la inscripción en el Registro de Sociedades Cooperativas; etc.<br />

o Original o fotocopia compulsada de la documentación que acredite la representación de la<br />

persona que actúa en nombre de quien pueda ser el beneficiario de la subvención.<br />

Se exceptúan las Entidades de Derecho Público de la acreditación de estas circunstancias.<br />

Además, es posible que el resto de solicitantes opten por no aportar esta documentación si ya la<br />

han presentado en anteriores convocatorias (no pueden haber transcurrido más de cinco años;<br />

siempre es conveniente que estos documentos sean lo más actuales que podamos) y siempre que<br />

nos especifiquen todos los datos suficientes para localizarla (fecha, órgano, línea de ayudas y número<br />

de expediente).<br />

No es más que acreditar que el que firma el impreso de solicitud es la persona que puede representar<br />

legítimamente a su Institución, Entidad o Asociación, por lo que debemos fijarnos en lo que digan sus<br />

respectivas normas. Pero en la mayor parte de los casos, por ejemplo el de las Asociaciones, será<br />

suficiente con un formato muy simple, por el que el secretario de la Asociación certifique que “D. …,<br />

con N.I.F. …, es Presidente de la Asociación …”, firmando el secretario con el visto bueno del<br />

Presidente.<br />

o Original o fotocopia compulsada de la solicitud de autorización necesaria para llevar a cabo la<br />

actuación, en su caso.<br />

Siempre que la actividad, del tipo que sea, para la que se solicita subvención se vaya a realizar en un<br />

69

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!