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Sentencia TC-0493-15

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República Dominicana<br />

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL<br />

inconstitucionalidad de violación al principio de legalidad y de<br />

derecho de propiedad por parte de la Administración Tributaria, al<br />

determinar de oficio la obligación tributaria descartando parte de su<br />

contabilidad; sobre este particular el tribunal es de criterio que<br />

cuando la Dirección General de Impuestos Internos determina la<br />

obligación tributaria de cualquier contribuyente esta (sic) haciendo<br />

uso de la potestad que le otorga el mismo legislador, en el artículo 45<br />

del Código Tributario, por lo que en ese sentido sus actuaciones están<br />

de conformidad con la ley. Y en cuanto a que la violación del Derecho<br />

de Propiedad que alega la recurrente, se precisa señalar, que es la<br />

propia Constitución que indica en su artículo 75, que tributar es un<br />

deber fundamental, de acuerdo con la ley y con la capacidad<br />

contributiva, para financiar los gastos e inversiones públicos, porque<br />

de lo contrario el Estado como tal no podría obtener la consecución<br />

de su propio fin. Que cabe agregar que al tenor del 243 de la misma<br />

Constitución, los principios rectores que regulan el régimen tributario<br />

de nuestro país son, principio de legalidad, justicia, igualdad y<br />

equidad para que cada ciudadano pueda cumplir con el<br />

mantenimiento de las cargas públicas, por lo que el derecho de<br />

propiedad de la recurrente no se ha sido violado, ni tampoco limitado<br />

por la Dirección General de Impuestos Internos, ya que solo está<br />

ejerciendo una potestad otorgada por la ley y la Constitución, y al<br />

tenor de dicho artículo todo el mundo está obligado a contribuir con<br />

las cargas públicas, por lo que en consecuencia se rechaza en este<br />

sentido dicho pedimento.<br />

CONSIDERANDO: Que en relación con el pedimento de la recurrente<br />

de que se designe una firma de reconocido prestigio internacional<br />

para que se produzca un dictamen respecto de dicha contabilidad<br />

para determinar si la misma cumple con los requisitos de la ley, es<br />

Expediente núm. <strong>TC</strong>-04-2013-0009, relativo al recurso de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales incoado<br />

por Inversiones Vilazul, S.A. (propietaria de Hotel Sunscape The Beach Punta Cana), contra la <strong>Sentencia</strong> núm. 118-2011<br />

dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el doce (12) de octubre de dos mil once (2011); y la<br />

<strong>Sentencia</strong> núm. 586, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia el cinco (5) de septiembre de dos mil<br />

doce (2012).<br />

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