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Informe_anual_2012

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Capítulo VII Evolución del sector financiero<br />

3. Esquema de resolución bancaria<br />

Este es el mecanismo para dar repuesta a los problemas de insolvencia de un banco. Según el<br />

comité de Supervisión Bancaria de Basilea, existen seis categorías de mecanismos de resolución<br />

bancaria posibles: i) liquidación del banco y pago de los depósitos garantizados; ii) reestructuración;<br />

iii) compra y asunción mediante la transferencia de activos y pasivos (esquema banco bueno-banco<br />

malo); iv) fusión y adquisición; v) banco puente; y vi) asistencia al banco abierto. Independientemente<br />

del esquema utilizado, cuya idoneidad puede variar según las condiciones propias de cada país,<br />

el ciclo económico, el marco legal y las circunstancias, el mecanismo utilizado debe ponderar la<br />

minimización de los costos económicos directos de su implementación y la reducción del riesgo de<br />

contagio.<br />

El FOGADE es el responsable principal de esta línea de defensa, y utiliza la liquidación del banco<br />

y pago de depósitos garantizados como mecanismo de resolución, salvo algunas excepciones<br />

establecidas en la Ley del FOGADE. Es importante señalar que esta línea se activa una vez que<br />

el Superintendente de Bancos dicte la resolución de intervención 2/ , dando lugar al FOGADE para<br />

desempeñar el cargo de interventor. Posteriormente, se inicia el proceso de restitución de depósitos<br />

y se solicita la declaración del estado de liquidación forzosa de la institución.<br />

4. Seguro o garantía de depósitos<br />

A través de éste se pretende proteger los intereses de los depositantes ante eventuales quiebras<br />

o cesación de pagos de las instituciones financieras. Su función principal consiste en reducir las<br />

posibilidades de contagio, a pesar de constituir una fuente potencial de riesgo moral.<br />

Al igual que la resolución bancaria, el FOGADE es la institución responsable del seguro de depósitos.<br />

En este sentido, la Ley del FOGADE establece que los depósitos de personas naturales o jurídicas,<br />

estarán cubiertos hasta un máximo de 10,000 dólares americanos por depositante, con independencia<br />

del número de cuentas que éste mantenga en la institución financiera.<br />

En Nicaragua, el fortalecimiento de la RSF es una tarea permanente de las autoridades encargadas<br />

de la política económica y financiera. En este sentido, el BCN en conjunto con los demás integrantes<br />

de la RSF y la colaboración de organismos internacionales, realizó un diagnóstico de la misma, en<br />

<strong>2012</strong>. Los aspectos abordados estuvieron relacionados con temas de legislación, institucionalidad,<br />

normatividad, disponibilidad de fondos y aplicabilidad, y con base en los resultados obtenidos se<br />

implementará un plan de mejoras para fortalecer dicha red.<br />

2/ Arto. 93 de la Ley General Bancos y Otras Instituciones Financieras, Ley No 561.<br />

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Banco Central de Nicaragua

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