Voluntarios
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sea posible generar análisis internos conducentes a la (i)<br />
identificación – (ii) cuantificación – (iii) formulación de<br />
propuestas de resolución por parte de la industria en su<br />
conjunto de aquellas reclamaciones más notorias (por<br />
su frecuencia). ello permitirá, entre otros: a) diseñar programas<br />
de educación financiera adaptados a la realidad<br />
práctica, conducentes a eliminar o reducir sustancialmente<br />
las fuentes de reclamaciones y disputas más recurrentes;<br />
b) contribuir a identificar potenciales errores<br />
de diseño de nuevos productos y servicios financieros<br />
de reciente comercialización; c) sustentar iniciativas ante<br />
el supervisor/regulador.<br />
a nivel individual, las entidades financieras deben contar<br />
con procedimientos claros para la recepción, gestión,<br />
resolución y evaluación de las reclamaciones recibidas<br />
por sus clientes.<br />
es fundamental que los procedimientos se den a conocer<br />
por canales directos y gratuitos. asimismo, han de<br />
cumplirse en tiempo y forma los procedimientos establecidos<br />
de obligado cumplimiento para la entidad financiera.<br />
La información y datos asociados a las<br />
reclamaciones deberán encontrarse perfectamente actualizados,<br />
registrados y archivados.<br />
si bien puedan existir varios procedimientos e instancias<br />
donde reclamar en primer lugar– a pesar de que la buena<br />
práctica es que la primera instancia ha de residir en<br />
el seno de la entidad financiera – debe quedar garantizado<br />
que ninguno minora los derechos de los usuarios reclamantes.<br />
Protección de datos<br />
Las relaciones entidad financiera – usuario financiero se<br />
encuentran fundamentadas en la confianza. en este sentido,<br />
y en cumplimiento de las normas de protección de<br />
datos existentes, las entidades financieras se obligan a<br />
garantizar la confidencialidad y seguridad técnica de los<br />
datos de sus clientes. de igual modo, se deberán advertir<br />
a sus clientes de las precauciones que deben tener<br />
para que dicha protección sea efectiva, mediante la difusión<br />
de alertas de seguridad, de fraude, de uso correcto<br />
de las claves de acceso en función del canal utilizado<br />
(cajeros automáticos, banca electrónica, banca telefónica,<br />
disposición/destrucción de estados de cuenta, etc.)<br />
Transacciones seguras<br />
Las entidades financieras, en su operativa a través de internet,<br />
con el objeto de garantizar la seguridad de las<br />
transacciones de sus clientes, deberán (i) contar con los<br />
dispositivos de seguridad (antivirus, firewalls, antiespías);<br />
(ii) proporcionar mecanismos de confirmación de la identidad<br />
del usuario financiero, seguros (con requisitos de<br />
InvestIgacIón<br />
identificación múltiples: usuarios, contraseñas, tarjeta de<br />
claves, envío de clave por sms, etc.); (iii) guardar las órdenes<br />
de transacciones generadas por los usuarios, para<br />
los que éstos deberán firmarlas digitalmente con su clave<br />
de firma digital; (iv) considerar establecer límites a la<br />
operativa en banca electrónica (límites, horarios y tipología<br />
de transacción); (v) establecer alarmas automáticas<br />
en función de comportamientos «erráticos» del usuario financiero,<br />
en relación con el universo de transacciones<br />
más habituales; (vi) advertir a los usuarios de los riesgos<br />
y amenazas de seguridad y fraude, así como recomendar<br />
comportamientos y prácticas de protección; y (vii) hacer<br />
los esfuerzos necesario para identificar la fuente/el origen<br />
de los ataques y proporcionar medios de identificación<br />
sofisticados (tarjeta inteligente, firma electrónica).<br />
Lobby regulatorio<br />
La iniciativa legislativa<br />
Las mejoras en el marco regulatorio son responsabilidad<br />
y han de proceder de las autoridades reguladoras, y es<br />
en este ámbito en el que la labor de lobby regulatorio de<br />
la asociaciones bancarias es muy importante. existen<br />
otras muchas iniciativas que deben realizarse o implantarse<br />
desde las asociaciones bancarias y las entidades<br />
financieras, de ahí la pertinencia de contar con un Código<br />
de buenas Prácticas.<br />
Evaluación del impacto<br />
en la función de lobby regulatorio es importante la realización<br />
de estudios técnicos de impacto de cambios regulatorios<br />
en materia de transparencia y protección para<br />
garantizar una posición solvente ante la autoridad regulatoria.<br />
es importante, en este sentido, articular y plantear<br />
las propuestas de reforma a la autoridad con el<br />
acompañamiento de los correspondientes estudios de<br />
impacto que recojan los beneficios de las reformas (agilidad,<br />
mayor control de la información, mayor protección,<br />
mayor eficiencia, entre otros).<br />
Educación Financiera<br />
el papel de la industria (junto con el de las autoridades),<br />
y el impacto que sus acciones puedan tener sobre el nivel<br />
de cultura y alfabetización financiera de la población,<br />
es mucho mayor que el que puedan generar acciones<br />
aisladas de las entidades financieras a título individual,<br />
que persiguen legítimamente objetivos comerciales. si<br />
bien resulta necesaria su activa participación – y las entidades<br />
financieras son totalmente libres para desarrollar<br />
y financiar programas autónomos de educación financiera<br />
– ésta será más efectiva si se encuentra enmarcada<br />
en un Plan nacional o estrategia de largo plazo que<br />
aúne esfuerzos públicos y privados en este sentido.<br />
análisis afi - 2º semestre 2012 | 27