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Voluntarios

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sea posible generar análisis internos conducentes a la (i)<br />

identificación – (ii) cuantificación – (iii) formulación de<br />

propuestas de resolución por parte de la industria en su<br />

conjunto de aquellas reclamaciones más notorias (por<br />

su frecuencia). ello permitirá, entre otros: a) diseñar programas<br />

de educación financiera adaptados a la realidad<br />

práctica, conducentes a eliminar o reducir sustancialmente<br />

las fuentes de reclamaciones y disputas más recurrentes;<br />

b) contribuir a identificar potenciales errores<br />

de diseño de nuevos productos y servicios financieros<br />

de reciente comercialización; c) sustentar iniciativas ante<br />

el supervisor/regulador.<br />

a nivel individual, las entidades financieras deben contar<br />

con procedimientos claros para la recepción, gestión,<br />

resolución y evaluación de las reclamaciones recibidas<br />

por sus clientes.<br />

es fundamental que los procedimientos se den a conocer<br />

por canales directos y gratuitos. asimismo, han de<br />

cumplirse en tiempo y forma los procedimientos establecidos<br />

de obligado cumplimiento para la entidad financiera.<br />

La información y datos asociados a las<br />

reclamaciones deberán encontrarse perfectamente actualizados,<br />

registrados y archivados.<br />

si bien puedan existir varios procedimientos e instancias<br />

donde reclamar en primer lugar– a pesar de que la buena<br />

práctica es que la primera instancia ha de residir en<br />

el seno de la entidad financiera – debe quedar garantizado<br />

que ninguno minora los derechos de los usuarios reclamantes.<br />

Protección de datos<br />

Las relaciones entidad financiera – usuario financiero se<br />

encuentran fundamentadas en la confianza. en este sentido,<br />

y en cumplimiento de las normas de protección de<br />

datos existentes, las entidades financieras se obligan a<br />

garantizar la confidencialidad y seguridad técnica de los<br />

datos de sus clientes. de igual modo, se deberán advertir<br />

a sus clientes de las precauciones que deben tener<br />

para que dicha protección sea efectiva, mediante la difusión<br />

de alertas de seguridad, de fraude, de uso correcto<br />

de las claves de acceso en función del canal utilizado<br />

(cajeros automáticos, banca electrónica, banca telefónica,<br />

disposición/destrucción de estados de cuenta, etc.)<br />

Transacciones seguras<br />

Las entidades financieras, en su operativa a través de internet,<br />

con el objeto de garantizar la seguridad de las<br />

transacciones de sus clientes, deberán (i) contar con los<br />

dispositivos de seguridad (antivirus, firewalls, antiespías);<br />

(ii) proporcionar mecanismos de confirmación de la identidad<br />

del usuario financiero, seguros (con requisitos de<br />

InvestIgacIón<br />

identificación múltiples: usuarios, contraseñas, tarjeta de<br />

claves, envío de clave por sms, etc.); (iii) guardar las órdenes<br />

de transacciones generadas por los usuarios, para<br />

los que éstos deberán firmarlas digitalmente con su clave<br />

de firma digital; (iv) considerar establecer límites a la<br />

operativa en banca electrónica (límites, horarios y tipología<br />

de transacción); (v) establecer alarmas automáticas<br />

en función de comportamientos «erráticos» del usuario financiero,<br />

en relación con el universo de transacciones<br />

más habituales; (vi) advertir a los usuarios de los riesgos<br />

y amenazas de seguridad y fraude, así como recomendar<br />

comportamientos y prácticas de protección; y (vii) hacer<br />

los esfuerzos necesario para identificar la fuente/el origen<br />

de los ataques y proporcionar medios de identificación<br />

sofisticados (tarjeta inteligente, firma electrónica).<br />

Lobby regulatorio<br />

La iniciativa legislativa<br />

Las mejoras en el marco regulatorio son responsabilidad<br />

y han de proceder de las autoridades reguladoras, y es<br />

en este ámbito en el que la labor de lobby regulatorio de<br />

la asociaciones bancarias es muy importante. existen<br />

otras muchas iniciativas que deben realizarse o implantarse<br />

desde las asociaciones bancarias y las entidades<br />

financieras, de ahí la pertinencia de contar con un Código<br />

de buenas Prácticas.<br />

Evaluación del impacto<br />

en la función de lobby regulatorio es importante la realización<br />

de estudios técnicos de impacto de cambios regulatorios<br />

en materia de transparencia y protección para<br />

garantizar una posición solvente ante la autoridad regulatoria.<br />

es importante, en este sentido, articular y plantear<br />

las propuestas de reforma a la autoridad con el<br />

acompañamiento de los correspondientes estudios de<br />

impacto que recojan los beneficios de las reformas (agilidad,<br />

mayor control de la información, mayor protección,<br />

mayor eficiencia, entre otros).<br />

Educación Financiera<br />

el papel de la industria (junto con el de las autoridades),<br />

y el impacto que sus acciones puedan tener sobre el nivel<br />

de cultura y alfabetización financiera de la población,<br />

es mucho mayor que el que puedan generar acciones<br />

aisladas de las entidades financieras a título individual,<br />

que persiguen legítimamente objetivos comerciales. si<br />

bien resulta necesaria su activa participación – y las entidades<br />

financieras son totalmente libres para desarrollar<br />

y financiar programas autónomos de educación financiera<br />

– ésta será más efectiva si se encuentra enmarcada<br />

en un Plan nacional o estrategia de largo plazo que<br />

aúne esfuerzos públicos y privados en este sentido.<br />

análisis afi - 2º semestre 2012 | 27

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