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Opinión Consultiva OC-18/03."Condición Jurídica y ... - Acnur

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41Las normas de jus cogens atienden a la necesidad de establecerun orden público internacional, ya que en una comunidad regidapor el derecho deben existir normas superiores a la voluntad delos sujetos que la integran.La comunidad internacional ha repudiado las violaciones delprincipio de no discriminación y del derecho a la protecciónigualitaria y efectiva de la ley.Con respecto a la situación en la que se encuentran lostrabajadores migrantes indocumentados, el principio de nodiscriminación y el derecho de igualdad ante la ley poseenimportancia trascendental, en virtud de que su violaciónconlleva la violación sistemática de otros derechos.El principio de no discriminación y el derecho a la igualprotección de la ley “que integran la idea misma de losDerechos Humanos, son normas de ius cogens”. Las normas dejus cogens son oponibles erga omnes, en virtud de quecontienen valores elementales y consideraciones de humanidadbasadas en el consenso universal, por la naturaleza especial delobjeto que protegen.Javier Juárez, del Law Officeof Sayre & ChavezEn su escrito de 6 de febrero de 2003, expresó que:El 27 de marzo de 2002 la Suprema Corte de los EstadosUnidos de América decidió que los trabajadores migrantesindocumentados despedidos indebidamente por organizarsindicatos, no tienen derecho al pago de salarios caídos [backpay], de acuerdo con la National Labor Relations Act.Para los trabajadores indocumentados esta decisión crea unaclara excepción legal a las garantías otorgadas a otrostrabajadores, y por lo tanto, contraviene el texto de los acuerdosinternacionales que buscan la igualdad de protección para lostrabajadores migrantes y agudiza la vulnerabilidad que losdistingue de otros grupos de la población.El caso mencionado involucra al señor Castro, un trabajadorcontratado en la planta de la compañía Hoffman PlasticCompounds en Los Ángeles, California. En 1989, cuando elseñor Castro contribuyó a organizar un sindicato para mejorarlas condiciones de trabajo en la planta, fue despedido. En enerode 1992 la National Labor Relations Board decidió que taldespido era ilegal y ordenó el pago de salarios caídos [backpay] y la reinstalación del señor Castro.

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