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Opinión Consultiva OC-18/03."Condición Jurídica y ... - Acnur

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71respecto a la situación de los migrantes indocumentados encuanto al alcance de la protección en términos del derecholaboral. Las condiciones actuales de los trabajadores migrantesen situación irregular originan una “categoría sospechosa”, porlo que cualquier restricción que quiera imponerse a sus derechoslaborales deberá pasar por un control estricto. Los trabajadoresmigrantes en situación irregular que sean contratados pararealizar un trabajo deberán gozar de todos los derechos laborales.Las respuestas del Estado frente a la situación especial devulnerabilidad de los trabajadores migrantes irregulares puedenser variadas, pero no se puede dejar de tomar en cuenta susituación especial de discriminación sistemática y desamparo.“[E]l derecho interamericano requiere que frente a esta realidadse tomen las medidas especiales o diferenciadas a fin degarantizar la igualdad”.En la Conferencia Mundial en Contra del Racismo, laDiscriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas deIntolerancia, celebrada en Durban en el año 2001, se reafirmó lanecesidad de eliminar la discriminación contra los trabajadoresmigrantes y se recomendó la adopción de todas las medidasposibles para promover que los migrantes disfruten de losderechos humanos, en particular de los derechos relacionadoscon: los salarios justos y la remuneración equitativa por trabajode igual valor, sin distinción alguna; el derecho a la seguridad encaso de desempleo, enfermedad, discapacidad, viudez, vejez uotra falta de medios de subsistencia en circunstancias ajenas a suvoluntad; y la seguridad social, incluido el seguro social.Entre las medidas tendientes a eliminar las referidasdiscriminaciones, los Estados deberían examinar su legislación yprácticas con la finalidad de derogar todas las disposiciones querestrinjan los derechos de los trabajadores migrantes y modificarlas conductas segregativas. Asimismo, el Estado puede“promover políticas públicas para impulsar el respeto por ladiversidad, disuadir la discriminación e incentivar a que lasinstituciones públicas adopten medidas concretas para promoverla igualdad”. Incluso, el Estado puede organizar campañaseducativas y de sensibilización dirigidas a sus funcionarios y a lapoblación en general.La existencia de condiciones de desigualdad real obliga aadoptar medidas de compensación que contribuyan a reducir oeliminar los obstáculos y deficiencias que impidan o reduzcan ladefensa eficaz de los intereses.Además, un paso fundamental para garantizar la efectivaprotección de los derechos laborales de los trabajadores

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