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Memoria Annual 2008 - STEF-TFE

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INFORME ANUAL <strong>2008</strong><br />

INFORME DEL PRESIDENTE<br />

la directiva comunitaria 2006/46/CE de 14 de junio de<br />

2006.<br />

No obstante, la Sociedad decidió no seguir, stricto sensu,<br />

algunas recomendaciones del código AFEP-MEDEF por no<br />

considerarlas oportunas o adaptadas a su modo de organización<br />

y funcionamiento, teniendo en cuenta principalmente<br />

la composición de su accionariado.<br />

El código AFEP-MEDEF recomienda que la proporción de<br />

administradores independientes en el consejo de administración<br />

sea como mínimo de un tercio en las sociedades con<br />

accionariado de control. La Sociedad resolvió prestar atención<br />

a la representación de todos sus accionistas en el consejo de<br />

administración y toma en consideración los intereses de cada<br />

uno de forma equilibrada. El consejo de administración de la<br />

Sociedad integra tres administradores independientes según<br />

los criterios del informe Bouton y cuatro según la propia<br />

apreciación de la Sociedad. Por tanto, la Sociedad considera<br />

que los intereses de los accionistas están equitativamente<br />

representados.<br />

Estos principios también son válidos para la composición del<br />

comité financiero y del comité de remuneraciones, cada uno<br />

de los cuales integra por lo menos un administrador independiente.<br />

La Sociedad considera que estos principios permiten<br />

respetar los criterios de independencia y eficacia del funcionamiento<br />

de estos órganos. Al examinar la composición y<br />

la ampliación de las funciones del comité financiero se<br />

emprenderá una reflexión para transformarlo en comité de<br />

auditoría, con arreglo a las disposiciones reglamentarias del 8<br />

de diciembre de <strong>2008</strong>. Esto es válido igualmente para las<br />

atribuciones del comité de remuneraciones, cuyas funciones<br />

se ampliarán como se indica más adelante.<br />

La duración del mandato de los administradores es de seis<br />

años, duración máxima prevista por la ley. La sociedad considera<br />

que la estabilidad de su accionariado no justifica un<br />

mandato de duración inferior.<br />

El consejo de administración del 10 de diciembre de <strong>2008</strong><br />

se pronunció sobre las recomendaciones de la AFEP-MEDEF<br />

relativas a la remuneración de los dirigentes mandatarios<br />

sociales y declaró aceptar el principio de estas recomendaciones.<br />

La recomendación relativa a la ruptura del contrato<br />

de trabajo no se aplica al Presidente Director General, puesto<br />

que no está vinculado a la Sociedad por un contrato de<br />

trabajo y es retribuido exclusivamente en concepto de su<br />

mandato social. Por su parte, los directores generales están<br />

excluidos del marco de la recomendación en relación con<br />

este punto.<br />

En cuanto a las indemnizaciones por cese de los dirigentes<br />

mandatarios sociales, el consejo de administración consideró<br />

que las indemnizaciones establecidas, que fueron aprobadas<br />

por la junta general de accionistas, eran razonables. El<br />

consejo de administración constató que la política de<br />

remuneración de los dirigentes mandatarios sociales es el<br />

resultado de una profunda reflexión basada en criterios<br />

objetivos, perfectamente coherente con la política salarial<br />

aplicada en todo el grupo.<br />

PREPARACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DEL<br />

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN<br />

1. Organización de los trabajos del consejo de administración<br />

El presidente del consejo de administración convoca el<br />

consejo con la frecuencia que considere oportuna, en<br />

función del interés social.<br />

El calendario previsional de las reuniones del año siguiente<br />

se fija al final del ejercicio. Las reuniones programadas son<br />

cuatro y las siguientes son optativas en función de los<br />

temas sobre los que tengan que tomarse decisiones.<br />

Todas las reuniones del Consejo de Administración dan<br />

lugar a la convocatoria de cada administrador, que se envía<br />

unos quince días antes de la reunión. Con la convocatoria se<br />

envía el orden del día del consejo de administración y el<br />

proyecto de actas de la reunión anterior. Varios días antes de<br />

la reunión del consejo de administración (generalmente<br />

cinco días francos), se envía a cada administrador la documentación<br />

relativa a los principales temas del orden del día.<br />

Igualmente, los administradores de la Sociedad reciben cada<br />

mes, en forma de datos mensuales y acumulados, los<br />

resultados de operación de <strong>STEF</strong>-<strong>TFE</strong> del mes anterior,<br />

comentados por el Presidente.<br />

Los estatutos y el reglamento interno del consejo de<br />

administración determinan las modalidades de participación<br />

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