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INFORME ANUAL <strong>2008</strong><br />
INFORME DEL PRESIDENTE<br />
la directiva comunitaria 2006/46/CE de 14 de junio de<br />
2006.<br />
No obstante, la Sociedad decidió no seguir, stricto sensu,<br />
algunas recomendaciones del código AFEP-MEDEF por no<br />
considerarlas oportunas o adaptadas a su modo de organización<br />
y funcionamiento, teniendo en cuenta principalmente<br />
la composición de su accionariado.<br />
El código AFEP-MEDEF recomienda que la proporción de<br />
administradores independientes en el consejo de administración<br />
sea como mínimo de un tercio en las sociedades con<br />
accionariado de control. La Sociedad resolvió prestar atención<br />
a la representación de todos sus accionistas en el consejo de<br />
administración y toma en consideración los intereses de cada<br />
uno de forma equilibrada. El consejo de administración de la<br />
Sociedad integra tres administradores independientes según<br />
los criterios del informe Bouton y cuatro según la propia<br />
apreciación de la Sociedad. Por tanto, la Sociedad considera<br />
que los intereses de los accionistas están equitativamente<br />
representados.<br />
Estos principios también son válidos para la composición del<br />
comité financiero y del comité de remuneraciones, cada uno<br />
de los cuales integra por lo menos un administrador independiente.<br />
La Sociedad considera que estos principios permiten<br />
respetar los criterios de independencia y eficacia del funcionamiento<br />
de estos órganos. Al examinar la composición y<br />
la ampliación de las funciones del comité financiero se<br />
emprenderá una reflexión para transformarlo en comité de<br />
auditoría, con arreglo a las disposiciones reglamentarias del 8<br />
de diciembre de <strong>2008</strong>. Esto es válido igualmente para las<br />
atribuciones del comité de remuneraciones, cuyas funciones<br />
se ampliarán como se indica más adelante.<br />
La duración del mandato de los administradores es de seis<br />
años, duración máxima prevista por la ley. La sociedad considera<br />
que la estabilidad de su accionariado no justifica un<br />
mandato de duración inferior.<br />
El consejo de administración del 10 de diciembre de <strong>2008</strong><br />
se pronunció sobre las recomendaciones de la AFEP-MEDEF<br />
relativas a la remuneración de los dirigentes mandatarios<br />
sociales y declaró aceptar el principio de estas recomendaciones.<br />
La recomendación relativa a la ruptura del contrato<br />
de trabajo no se aplica al Presidente Director General, puesto<br />
que no está vinculado a la Sociedad por un contrato de<br />
trabajo y es retribuido exclusivamente en concepto de su<br />
mandato social. Por su parte, los directores generales están<br />
excluidos del marco de la recomendación en relación con<br />
este punto.<br />
En cuanto a las indemnizaciones por cese de los dirigentes<br />
mandatarios sociales, el consejo de administración consideró<br />
que las indemnizaciones establecidas, que fueron aprobadas<br />
por la junta general de accionistas, eran razonables. El<br />
consejo de administración constató que la política de<br />
remuneración de los dirigentes mandatarios sociales es el<br />
resultado de una profunda reflexión basada en criterios<br />
objetivos, perfectamente coherente con la política salarial<br />
aplicada en todo el grupo.<br />
PREPARACIÓN Y ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DEL<br />
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN<br />
1. Organización de los trabajos del consejo de administración<br />
El presidente del consejo de administración convoca el<br />
consejo con la frecuencia que considere oportuna, en<br />
función del interés social.<br />
El calendario previsional de las reuniones del año siguiente<br />
se fija al final del ejercicio. Las reuniones programadas son<br />
cuatro y las siguientes son optativas en función de los<br />
temas sobre los que tengan que tomarse decisiones.<br />
Todas las reuniones del Consejo de Administración dan<br />
lugar a la convocatoria de cada administrador, que se envía<br />
unos quince días antes de la reunión. Con la convocatoria se<br />
envía el orden del día del consejo de administración y el<br />
proyecto de actas de la reunión anterior. Varios días antes de<br />
la reunión del consejo de administración (generalmente<br />
cinco días francos), se envía a cada administrador la documentación<br />
relativa a los principales temas del orden del día.<br />
Igualmente, los administradores de la Sociedad reciben cada<br />
mes, en forma de datos mensuales y acumulados, los<br />
resultados de operación de <strong>STEF</strong>-<strong>TFE</strong> del mes anterior,<br />
comentados por el Presidente.<br />
Los estatutos y el reglamento interno del consejo de<br />
administración determinan las modalidades de participación<br />
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