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espiritualidad y psiquis y su materialidad. Abelleira (s/f) no duda en denominar<br />
al abuso sexual infantil intrafamiliar como una catástrofe.<br />
Notemos que los tipos penales contenidos en los arts. 119 y 120 del<br />
Código Penal remiten a la violencia física y simbólica de quien tiene el poder,<br />
la fuerza o la persuasión; implica la idea del daño en la salud física y mental de<br />
la víctima.<br />
El discurso del derecho penal no ha podido a quince años de la reforma<br />
legal de la ley 25087 responder a los interrogantes jurídico-penales que<br />
plantea el modelo patriarcal de violencia contra las mujeres, niños y niñas y su<br />
afectación para la vida social y el goce de los derechos humanos 6 .<br />
Entre los incumplimientos más notorios, podemos mencionar el art. 7<br />
de la ley 26061 en cuanto al rol de la familia en la protección de los derechos<br />
de los niños y niñas, la caracterización de la familia como grupo natural y<br />
elemental de la sociedad y el deber de ésta y el Estado de contribuir a su amparo<br />
(arts. 17 y 19 del Pacto de San José de Costa Rica) y el art. 32 del mismo<br />
instrumento internacional que impone los deberes de la persona hacia la familia<br />
y la ley 26485.<br />
En el lapso de tiempo analizado, a nivel provincial se hallaba vigente<br />
la ley 1918 7 que contemplaba el maltrato sexual provocado por miembros<br />
de la familia (art. 2) y planteaba un modelo centrado en la articulación<br />
interinstitucional para mejorar la situación de los afectados.<br />
Sin embargo del corpus de sentencias seleccionadas (16 casos de abuso<br />
sexual incestuoso) no hay ninguna constancia de que los jueces penales<br />
remitieran las actuaciones a la justicia de la Familia y el Menor como fuero<br />
especial para entender en las causas de violencia familiar de tipo sexual<br />
6 En la provincia de La Pampa, por ejemplo, se ha demora la implementación de la oficina<br />
de atención a la víctima en el marco de la Fiscalía General del Poder Judicial recién puesta en<br />
funcionamiento en 2013.Esta situación claramente se contrapone a la letra de la ley en tanto<br />
existen numerosas normas positivas que acogen los derechos de los niños, niñas y mujeres,<br />
por lo que queda en claro la asimetría de posiciones entre víctima y victimario en el sistema<br />
penal.<br />
7 Actualmente se encuentra vigente la ley 2550 que adhiere a la ley nacional<br />
26485.<br />
ANÁLISIS DEL CONTEXTO FAMILIAR DE LAS PERSONAS ABUSADAS - 107