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formación de operadores de salud, en educación y jurídicos puede favorecer<br />

la detección temprana incluso la prevención de la ocurrencia del hecho de<br />

violencia sexual.<br />

Del lado del victimario, la selectividad con que opera el sistema penal es<br />

alarmante tanto como que se permita que los operadores utilicen todo tipo de<br />

técnicas para neutralizar el delito y ello no constituya una injuria en juicio para<br />

la víctima.<br />

Durante el tiempo analizado, pudo observarse distinciones en los fallos<br />

provenientes de los distintas Cámaras Criminales. Los más flexibles y hasta<br />

desaprensivos ante la comisión del delito, su consecuente investigación y<br />

condena han sido los camaristas de General Pico, quienes paradójicamente han<br />

tenido un mayor número de disidencias 1 cuyo estudio y análisis ha resultado<br />

muy interesante.<br />

Respecto de las Cámaras Criminales de Santa Rosa, si bien pudo obtenerse<br />

algún dato -no menor- respecto al monto de la pena impuesta al victimario en<br />

caso de condena, tampoco puede decirse que alguna de ellas se distinguiera por<br />

sobre la otra.<br />

Menos aún surgen evidencias de que las mujeres como operadoras jurídicas<br />

hayan hecho la diferencia en los casos. Casi no hay votos en disidencia, las<br />

mismas no necesariamente las hacen las mujeres, de quienes podría predicarse<br />

tienen una idea particular del delito en función del género.<br />

Estas consideraciones no abren juicio acerca de la calidad profesional ni<br />

mucho menos moral de las personas que ocupan los cargos ni otros operadores<br />

como pueden ser los letrados/as defensores o fiscales intervinientes. El<br />

positivismo jurídico cala tan hondo que con pensar que aplicando el código se<br />

cumple la ley parece que es suficiente. El poder atribuido a la ley es uniformador,<br />

lo que nos devuelve a la idea de completitud, universalidad y abstracción del<br />

discurso jurídico.<br />

No es un dato menor que el discurso de los derechos humanos y los<br />

1 Ver análisis de los casos de General Pico 3327/96, 4509/2000 y 7425/2006 entre los más<br />

importantes.<br />

CONCLUSIONES DE LA INVESTIGACIÓN - 249

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