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SANTOS JULIÁ - Prisa Revistas

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POLÍTICA DE INMIGRACIÓN:<br />

30 PROPUESTAS<br />

La aprobación en el Reino Unido, el<br />

14 de diciembre de 2001, de la nueva<br />

y dura ley antiterrorista impulsada<br />

por D. Blunkett, ministro del Interior del<br />

Gobierno Blair, demuestra los riesgos de<br />

la estrategia nacida el 12 de septiembre<br />

de 2001. Esa ley permite la detención indefinida<br />

de extranjeros sospechosos de terrorismo,<br />

sin que la policía deba ponerlos<br />

a disposición del juez antes de 72 horas; es<br />

decir, rompe con el principio de habeas<br />

corpus que rige en ese país desde 1679.<br />

Además, su aprobación ha exigido la suspensión<br />

del artículo 5 del Convenio Europeo<br />

de Derechos Humanos apenas 13 meses<br />

después de su incorporación a la legislación<br />

nacional. Para ello, el Gobierno ha<br />

tenido que alegar que el Reino Unido se<br />

encuentra en una de las situaciones previstas<br />

en el artículo 15 del mismo convenio,<br />

“Emergencia o estado de guerra”. ¿Y a<br />

quién se va a aplicar esta legislación de excepción?<br />

Siguiendo los pasos del fiscal general<br />

Ashcroft, que ha desarrollado con<br />

inusitada dureza las posibilidades abiertas<br />

por la U.S. Patriot Act en EE UU, los destinatarios<br />

son los emigrantes que tengan vinculación<br />

con el mundo árabe o la confesión<br />

islámica (en el caso de EE UU, el principio<br />

de sospecha se extiende a todos los extranjeros<br />

residentes con esas características, incluso,<br />

aunque tengan condición de ciudadanos),<br />

que se sitúan así en el punto de<br />

mira de la estrategia desplegada en la guerra<br />

antiterrorista, que hace del hecho de<br />

inmigrar una condición de sospecha.<br />

Política de inmigración y lucha<br />

contra el terrorismo<br />

En efecto, desde el 12 de septiembre, y<br />

ante la prioridad absoluta de esa “guerra”<br />

contra el terrorismo, las políticas de inmigración<br />

han desaparecido –al menos como<br />

prioridad– de la agenda política europea,<br />

salvo en su vinculación a las cuestiones de<br />

JAVIER DE LUCAS<br />

home policy; o, para decirlo con más claridad<br />

y precisión, en su conexión con la dimensión<br />

de seguridad y orden público,<br />

una clave de interpretación del fenómeno<br />

migratorio que la UE parecía haber empezado<br />

a superar tras la cumbre de Tampere<br />

de 1999 y tras la importante propuesta del<br />

comisario Vitorino en su Comunicación<br />

757 final, de 22 de noviembre de 2000.<br />

Detener esa vuelta de tuerca constituye,<br />

a juicio de muchos de nosotros, una<br />

prioridad inexcusable 1 . Y no sólo por la<br />

inadecuación de dicho modelo para ofrecer<br />

una respuesta legítima y adecuada a la<br />

gestión de los flujos migratorios sino, más<br />

sencillamente, porque semejante “política”<br />

de gestión de la inmigración, lejos de<br />

contribuir a la victoria en la batalla frente<br />

al terrorismo, la dificulta. La estigmatización<br />

de la inmigración que trata de llegar<br />

a la Unión Europea (UE), al menos de<br />

una parte importante de ella, la que procede<br />

del sur y del oriente del Mediterráneo<br />

y de países africanos con fuerte tradición<br />

islámica, es un elemento que ahonda<br />

esa “globalización de la rabia”, que es un<br />

factor cuyas causas se deben eliminar si de<br />

verdad nos tomamos en serio el combate<br />

contra las nuevas formas de terrorismo<br />

internacional.<br />

En particular, el síndrome securitario<br />

que está alcanzando la dimensión de un<br />

reflejo condicionado cada vez que se menciona<br />

la cuestión de los flujos migratorios<br />

que proceden de diferentes países del continente<br />

africano y en particular del Magreb,<br />

es aún más contraproducente en un<br />

país como España, para el que la política<br />

euromediterránea, entendida en términos<br />

de construir una asociación mutuamente<br />

beneficiosa y no de edificar un muro que<br />

1 Así lo han advertido, con diferentes argumentos,<br />

Castles (2000), Bauböck (2001), Martiniello<br />

(2001), Zapata (2002) y De Lucas (2002).<br />

nos preserve de las amenazas que llegan<br />

del sur, debiera constituir una prioridad<br />

absoluta. En ese sentido parece más que<br />

preocupante el decaimiento del programa<br />

surgido de la Conferencia de Barcelona,<br />

sobre todo por lo que se refiere a las condiciones<br />

previas de esa política de colaboración<br />

y, no digamos, de asociación: mutuo<br />

conocimiento, cauces constantes de<br />

diálogo y mecanismos eficaces de lucha<br />

frente a los prejuicios. Sin esos cimientos,<br />

no puede consolidarse lo que es más importante,<br />

la existencia y el fortalecimiento<br />

de los intereses compartidos reales.<br />

Hoy, frente a los riesgos denunciados<br />

en aquella conferencia, en particular en su<br />

foro civil y en el foro alternativo, crece<br />

hasta alcanzar casi el grado de obsesión el<br />

viejo diagnóstico del “conflicto de civilizaciones”,<br />

concretado en el fobotipo del<br />

inmigrante de la ribera sur, identificado<br />

en términos acríticos y generalizantes<br />

–pero sumamente eficaces ante la opinión<br />

pública– como fundamentalista islámico<br />

y terrorista, frente a quien (Sartori dixit)<br />

no vale el discurso de la ciudadanía, la democracia<br />

y los derechos, por su carácter<br />

inasimilable e incompatible (una argumentación<br />

que pasa del diferencialismo cultural<br />

–que es el mensaje del nuevo racismo–<br />

a la justificación de discriminaciones inaceptables<br />

en su status jurídico y político).<br />

Lamentablemente, la imprecisión parece<br />

rodear al programa de la conferencia de<br />

Valencia de abril de 2002, quizá la última<br />

oportunidad para recuperar algo de ese<br />

impulso, que no debiera perderse en declaraciones<br />

retóricas que todos comparten<br />

porque no cuestan nada y no se van a<br />

concretar en exigencias de actuación.<br />

Modelos de gestión de la inmigración<br />

La consecuencia de todo ello es volver a<br />

un modelo de gestión de la inmigración<br />

(factor importante pero no exclusivo de la<br />

multiculturalidad, desde luego no en los<br />

32 CLAVES DE RAZÓN PRÁCTICA n Nº 121

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