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Agosto Nº 141 - Biblioteca Virtual El Dorado

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trulidad en casos de guerra exterior, estas agudas obserwiciories:<br />

"N osotros no vemOR de beneficio en la neutralidad garantizadll<br />

por 10R Estados Unidos del Norte sino la paz que es su re"ultado.<br />

Los demás granadinos, y el Gobierno nacional con ellos, Re fij~in<br />

de preferencia en la soberanía o dominio de la NueVa Granada<br />

sobre el Istmo de Panamá, también garantizadoR por el in"ti.u"<br />

~ento que nos ocupa. Un Gobierno, y el partido preponderante<br />

que lo apoya, no conRienten gustosos ~n que una parte del territorio<br />

sea inmune, por decirlo así, caso de que, en su concepto, fne-<br />

:W necesario llevar allí la guerra. <strong>El</strong> partido caído o supeditado<br />

querría, por el conlrario, que de esa sección privilegiada no tuvie-<br />

Be i:ada que temer, aún hallándose en manos del Gobierno a quien<br />

hace o intenta hacer la guerra. De aquí proceden las opuestas<br />

ideaR que reinan sobre la neutralidad del Istmo, o Rea Estado rle<br />

P,mamá, según la posición que asumen los partidos; y de aquí h<br />

contradicción que reina en las ideaR de un mismo partido, según<br />

la posición que ocupa en el curso de las evoluciones políticas".<br />

y aludiendo a los compromisos que la po"esión del Istmo im<br />

jJlicaba para la Nueva Granada, incapacitada realmente para<br />

garantizar su dominio, apunta: "De miedo de perder el ht-<br />

IDO, la República se ve notablemente embarazada en todas sus<br />

cuestiones con las Naciones poderosas. Tiene que acceder con<br />

preRteza a todai; sus demandas, principalmente si los hechos de<br />

que provienen han tenido su origen en ese Estado. Así pasó con<br />

la cuestión Rusell en 1836, y con la del 1.1 de Abril veinte año"<br />

deRpués. ¿ Vale la pena de tales humilaciones decir que se tien8<br />

dominio sobre el Istmo de Panamá? Bien mirado, tal vez no hay<br />

má" que vanidad en el deseo de conservar eRta porción de tierra<br />

lle tan dudosa utildad para la nueva Granada".<br />

Otros textos podría citar motivados por las ii:cideneIar que<br />

llevaron al Convenio de Colón, en los que D. Justo dilucida con si;<br />

habitual penetración las complejas realidades políticas del IRtmG,<br />

Pero la naturaleza de este trabajo no permite abusar de la" cihw.<br />

y debo además considerar algunoR de sus escritos relativos a 1.<br />

cuestión Cana! de Panamá, tema frecuentemente tratado en los<br />

años po"treros de su vida pública. Al escepticismo de su jUVPll<br />

tud acerca de las ventajas de la comunicación interocéanica sucedió<br />

la evidencia de su utilidad. y seguramente que por :1U iEtetés<br />

en ello, descontada su competencia, se le escogió como uno de<br />

le8 negociadores del tratado del Canal que el Gobierno de los E,,lados<br />

Unidos de Colombia firmó con el de los Estados Unidos de<br />

América en el aflO de 1870, logrando entonces los negociadores colombianos<br />

un compromiso que puede estimarse decoroso y conve<br />

niente dadas las condiciones de la época. Aprobado por el Cop<br />

goreso de Colombia con modificaciones importantes, el tratado A<br />

rosemena-Sánchez-Hurlbut fué archivado sin merecer la consideración<br />

del Senado de los Estados Unidos.<br />

LOTERIA 15

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