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Agosto Nº 141 - Biblioteca Virtual El Dorado

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Ignoro cuál es la ley sobre censos, en que se ocupa la<br />

Legislatura, y que sanciom.da satisfaría mis deseos porqul2<br />

todo lo que cursa en las Cámaras sobre censos es la redención<br />

que como arbitrio rentístico ha propuesto el Poder Ejecutivo.<br />

Esto no hace al caso, y las leyes cuya necesidad he indicado<br />

son las que &rreglan ese negociado en su esencia; porque como<br />

lo saben todos los abogados, las leyes españolas son muy deficientes<br />

en este asunto, y dan lugar a muchísimas cuestiones que<br />

los prácticos resuelven cada uno a su sabor, y que a veces no<br />

resuelven de ningún modo. DígllSe pues si ha podido preguntarse<br />

con este motivo por qué uso de falsas razones. La falsedaà<br />

está en decir lo que no es cierto, y esto es lo que ha hecho en<br />

este mismo lugar el autor a quien contesto.<br />

En la parte relativa a supresión de las aduanas, como en<br />

otros lugares del artículo publicado por La Discusión, se hace<br />

una mezcla confusa de ideas distintas, que con la mayor precisión<br />

sep&ré ex profeso en el comentario de mi proyecto. La<br />

supresión de las aduanas, dije, y repito, que no fue una gracia,<br />

toda vez que se mandaba reemplazar la renta con otra; pero<br />

no he dícho jamás que esta ni ninguna medida d€ la laya se<br />

solicitase al Congreso por el Secretario de Hacienda. La verdHdera<br />

gracia, que no he desconocido sino confesado muy expresamente<br />

en la página 6 de mi folleto, y que consistió en<br />

exonerar a las provincias del Istmo de aquella obligación de<br />

reemplazar la renta de aduanas, fue la que aseguré que habíii<br />

sostenido el señor Secretario de Hacienda. Si proponer y sos'<br />

tener son cosas iguales, nada replicaré; si no, tengo derecho<br />

para decir por tercera vez que se me calumnia. Ni menos he<br />

presentado esa gracÜ, como indigna de nuestra gratitud; porque<br />

lejos de eso dije: "Nosotros los Istmeños agradecemos,<br />

como es debido, este acto de munificencia, y con tanta más<br />

razón, cuanto que no lo solicitamos". Toda discusión es imposible<br />

cuando se tergiversan las frases y aun las ideas, haciéndole<br />

a uno decir lo contrario de lo que ha expresado. Para una<br />

polémica se necesita como condición indispensable lealtad,<br />

exactitud, buem~ fe: de otro modo el escritor puede tener cualquier<br />

objeto, menos el esclarecimiento y el triunfo de la verdaù.<br />

No soy el primero que haya enunciado la opinión de que<br />

la guarnición de Panamá es innecesaria, y aun cuando lo hubiese<br />

sido, esto no probaría nada contra la opinión en sí misma.<br />

<strong>El</strong> primero que ha manifestado este juicio sensato fue el Dr.<br />

Manuel Murilo, siendo SecretarÍo de Hacienda, en un artículo<br />

que se publicó en <strong>El</strong> Neogranadino. Allí dijo que en su concepto<br />

lo que debía hàber en Panamá no era ejército, sino cuerpo<br />

de policía, y esta opiniÓn, que en efecto era entonces singular,<br />

se a venía tanto con la mía propia, que sentí un gusto positivo<br />

al ver que hombre tan competente, y miembro de la Adminis.<br />

tración, la hubiese propalado.<br />

LOTERIA<br />

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