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Emisor - Comcel

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* En caso de primaPrecio = Valor Nominal * (1 + Prima)1.3.9 Periodicidad en el Pago de los InteresesLa periodicidad del pago de los intereses podrá elegirse a opción del suscriptor, entre las modalidades que lasociedad <strong>Emisor</strong>a establezca al momento de la respectiva oferta, la cual una vez definida será fija durante lavigencia del Papel Comercial. Tales modalidades serán determinadas por al entidad <strong>Emisor</strong>a e indicadas en elAviso de Oferta Pública, entre las siguientes: Periodo de Vencimiento (PV), Mes Vencido (MV), TrimestreVencida (TV) y Semestre Vencido (SV), reservándose el derecho de ofrecer cualquiera de las dichas modalidadesen cada Aviso de Oferta en alguna o todas las series.Para efectos de computo de plazos, se entenderá, de conformidad con el artículo 829 del Código de Comercio(decreto 410 de 1971) , que : “Cuando el plazo sea de meses o de años, su vencimiento tendrá lugar el mismodía del correspondiente mes o año; si este no tiene tal fecha, expirará en el último día del respectivo mes o año.El plazo que venza en día feriado se Prórroga hasta el día hábil siguiente”. El día de vencimiento será hábildentro del horario bancario. El día sábado se entenderá como día no hábil.Al valor correspondiente a los intereses causados y por pagar se le hará un ajuste a una cifra entera, de talforma que cuando hubiese fracciones en centavos, estas se aproximaran a la valor entero superior o inferiormás cercano expresado en pesos.De acuerdo con la Resolución 0274 del 16 de marzo de 2004 de la Superintendencia de Valores:* Los intereses se calcularán desde el día del inicio del respectivo periodo y hasta el día repactado parasu pago. Se entenderá por inicio del respectivo periodo la fecha de suscripción.* Los intereses se calcularán en la convención 365/365 días, es decir años de 365 días, de doce (12)meses, con la duración mensual calendario que corresponda a cada uno de estos, excepto para laduración de febrero que corresponderá a veintiocho (28) 28 días.* La tasa de corte será expresada con dos (2) decimales en una notación porcentual.* El factor que se utilice para el cálculo y la liquidación de los intereses, será de seis (6) decimalesaproximados por el método de redondeo.En el caso en que el día de vencimiento del último pago de intereses, caiga en un día que no sea hábil, el pagode intereses se realizará el siguiente día hábil y el <strong>Emisor</strong> realizará el ajuste correspondiente a los intereses.Los Papeles Comerciales devengarán intereses únicamente hasta la fecha de su vencimiento. No habrá lugaral pago de intereses por el retardo en el cobro de intereses o capital.1.3.10 Tasa Máxima de RendimientoDe conformidad con el Acta No.175 de la Junta Directiva de COMCEL en su sesión del 16 de mayo de 2006,los papeles comerciales de la serie A ofrecerán un rendimiento máximo equivalente al DTF adicionando hastaen dos y medio por ciento (2.50%) trimestre anticipado para todos los plazos de esta serie (subseries). Para laSerie B la tasa máxima será del doce y medio por ciento 12.50% efectiva anual para todos los plazos de estaserie (subseries).1.4 Otras Características de los Papeles Comercialesa. Para todos los efectos se entenderá por FECHA DE EMISION el día hábil siguiente en que se publique elprimer Aviso de Oferta Pública, en el que son ofrecidos los títulos.- 14 -

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