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Aportes psicosociales - IIDH

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286Instituto Interamericano de Derechos HumanosEl daño moral, según la opinión de Sudarovich y Bressan, “daría continente ala posición de Daño Psíquico, referenciado tangencialmente con el concepto jurídicode Personalidad del Sujeto de Derecho” 5 . Sin embargo es posible establecer entreambos algunas diferencias significativas. El daño moral corresponde a aquel que seinflige al sujeto jurídico, en un sentido genérico; tiene un carácter más universal quesingular. Mientras que el daño psíquico es el que se considera tomando en cuenta ladimensión subjetiva de la víctima, en tanto afecta el despliegue de potencialidades yrecursos tanto afectivos como emocionales, intelectuales, de relación, etc., únicos paracada sujeto ya que están en relación con la historia singular de cada uno. En estecaso no se trata solo del sujeto jurídico, de derecho, sino que incluye lo singular delpsiquismo de ese sujeto.En lo referente a la reparación, cuando se trata de daño moral es posible dar respuestaa través de figuras como indemnización, rehabilitación, garantías de no repeticióny restitución. En el caso del daño psíquico los límites de la reparación sonmás estrechos; al haberse roto la trama psíquica, el sujeto presenta una sintomatologíacuya evolución dependerá, como se señalaba anteriormente, de la historia personaly la constelación subjetiva de cada sujeto; de cómo pueda inscribir en su psiqueel acto reparatorio, y de la posibilidad de que reciba asistencia y acompañamientoterapéutico.Dentro de un enfoque interdisciplinario que involucra lo jurídico y lo psicológico,se presenta este tipo de discontinuidades que constituyen un reto por superar.Desde el punto de vista estrictamente jurídico es necesario y representa un requisitopara la efectividad de la protección jurídica la aparente “mensurabilidad” de la lesión;desde un punto de vista psicosocial, este aspecto reviste tal complejidad que nopuede reducirse a una cuantificación del sufrimiento padecido. Se trata de la irrupciónviolenta de un acontecimiento traumático en el aparato psíquico que produceuna desestructuración no mensurable. Sin embargo, es factible aceptar que el reconocimientopúblico y el accionar de la justicia, es decir, el pasaje del sufrimiento privadoe íntimo a la esfera de lo público, restituyen algo de la trama que fue lesionadapor el trauma.5Ibídem, p.118.

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