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Aportes psicosociales - IIDH

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El rol del Estado y las ONG en Chile403El gobierno tomó varias medidas que promovían la búsqueda de esta verdad socialy aportaban una posible propuesta para la reparación de las víctimas y sus familiares.Una de ellas fue la creación de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación(1990) que, después de escuchar los testimonios de los afectados, expuso ante la sociedadla inequívoca realidad de la represión política: las vidas y los cuerpos destruidosde quienes fueron detenidos y desaparecidos, así como el daño causado a sus familiares.Se definió, asimismo, un conjunto de políticas sectoriales para enfrentar losproblemas derivados de las violaciones de derechos humanos. Estas se ocuparon de lainserción social y laboral de quienes regresaban desde el exilio; para ello se creó, en1990, la Oficina Nacional del Retorno, dependiente del Ministerio de Justicia.El seguimiento a los problemas de violaciones de derechos humanos con resultadode muerte, propició la creación de la Corporación de Reparación y Reconciliación,que ha recogido las denuncias posteriores al Informe y las ha calificado de acuerdoa los criterios establecidos por la Ley General de Reparaciones. Esta Ley fijó beneficiosprevisionales para los familiares de las víctimas (ejecutados y desaparecidos), comobecas de estudio para los hijos, que aseguraran su formación en diferentes niveleshasta los 35 años. Se implementaron programas de educación en derechos humanospor parte del Ministerio de Educación, así como algunas actividades llevadas a cabopor ONG del país en colaboración con el Estado, para reafirmar una cultura democráticacentrada en el respeto por la vida.La experiencia chilena responde al deber de reparación hacia las personas afectadaspor graves violaciones a sus derechos. En este sentido, la Corte Interamericanade Derechos Humanos ha destacado que “…toda violación a una obligación internacionalque haya causado un daño genera una nueva obligación: reparar adecuadamenteel daño causado”. Y hacer efectivo, entonces, el cese de las consecuencias dedicha violación.Ahora bien, existen medidas de reparación en el Sistema Interamericano que permitenrestituir, en cierto grado, el daño causado a la víctima directa, a sus familiaresy a la comunidad a la que pertenecen o pertenecieron, según las circunstancias generadasa raíz de la violación; se trata de reparaciones <strong>psicosociales</strong>. Esta no es la denominaciónque les da el Sistema, sino que están incluidas en las medidas de satisfaccióny garantías de no repetición otorgadas en las sentencias de la Corte. Se tratade medidas que no poseen alcance pecuniario o que tienen repercusión pública. Suspropósitos son ordenar la investigación y sanción de los responsables, reconocer ladignidad de las víctimas y evitar que las violaciones se repitan.

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