República de El Salvador - Escuela de Capacitación Fiscal
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82Manual <strong>de</strong> investigación <strong>de</strong> los <strong>de</strong>litos ambientales6.1.2. Audiencia InicialLa audiencia inicial, se rige por las siguientes regulaciones procesales:“Artículo 297.- No podrá realizarse la audiencia inicial ni iniciarse la instrucciónformal sin el respectivo requerimiento fiscal.Artículo 298.- Recibido el requerimiento fiscal, el juez <strong>de</strong> paz convocará a laspartes, ya sea que el imputado se halle <strong>de</strong>tenido, en el termino <strong>de</strong> inquirir, o quese encuentre <strong>de</strong>tenido, <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los siguientes 5 días hábiles siguientes.La audiencia se celebrará con las partes que concurran, y si ninguna asistiere seresolverá con vista <strong>de</strong>l requerimiento. Si el imputado se halla <strong>de</strong>tenido, el juez<strong>de</strong> paz recibirá en la audiencia su <strong>de</strong>claración indagatoria. Si el imputado no hasido capturado o no pue<strong>de</strong> concurrir por un obstáculo insuperable, pero hubierenombrado <strong>de</strong>fensor, la audiencia se realizará con la presencia <strong>de</strong> éste. Si nohubiere nombrado <strong>de</strong>fensor, el juez <strong>de</strong> paz resolverá en el término señalado, sinconvocar a la audiencia inicial con la sola vista <strong>de</strong> requerimiento fiscal.Artículo 299.- Celebrada la Audiencia Inicial pue<strong>de</strong> que el Juez resuelva a lugarla Instrucción Formal <strong>de</strong>l caso, en el cual se abre otro proceso <strong>de</strong> investigación,pero ahora en se<strong>de</strong> Jurisdiccional y esa etapa tiene por objeto la preparación <strong>de</strong>la vista pública, mediante la recolección <strong>de</strong> todos los elementos que permitanfundar la acusación <strong>de</strong>l fiscal o <strong>de</strong>l querellante y preparar la <strong>de</strong>fensa <strong>de</strong>l imputado.De conformidad con el artículo 301 <strong>de</strong>l código Procesal Penal, el plazo <strong>de</strong> lainstrucción durara seis meses a partir <strong>de</strong> la resolución <strong>de</strong>l auto <strong>de</strong> Instrucciónformal proveído por el Juez <strong>de</strong> Instrucción.Una vez se señale la fecha <strong>de</strong> la conclusión <strong>de</strong> la instrucción, el fiscal y querellanteformularan la acusación o cualquiera <strong>de</strong> las peticiones que establece el artículo355 <strong>de</strong>l código Procesal Penal“.Presentada la acusación o las otras solicitu<strong>de</strong>s previstas en la ley, el Juez <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong>las veinticuatro horas, pondrá a disposición <strong>de</strong> todos las partes las actuaciones y lasevi<strong>de</strong>ncias, para que puedan consultarlas en el plazo común <strong>de</strong> cinco días. Finalizadoéste, el juez señalará día y hora para la audiencia preliminar en un plazo no menor <strong>de</strong>tres ni mayor <strong>de</strong> quince días. Con la resolución <strong>de</strong> <strong>de</strong> la conclusión <strong>de</strong> la instrucciónfinaliza la etapa <strong>de</strong> investigación bajo el control jurisdiccional.Posteriormente, se realiza la audiencia preliminar, aquí se discute si el caso pasa o noal juico, si pasara a la siguiente etapa <strong>de</strong>l juicio se discutirá en un tribunal <strong>de</strong> sentenciasobre la responsabilidad penal o la inocencia <strong>de</strong>l imputado procesado. Lo anterior estáregulado en el artículo 361, 362, 365, 366, 367, y siguiente <strong>de</strong>l Código Procesal Penal.6.2. Análisis <strong>de</strong> los Medios <strong>de</strong> Prueba para el Establecimiento<strong>de</strong> los Ilícitos AmbientalesLa prueba <strong>de</strong>be enten<strong>de</strong>rse, como los elementos introducidos al proceso y que leinforman al Juez sobre la existencia o inexistencia, <strong>de</strong> los hechos que confirman laexistencia <strong>de</strong>l <strong>de</strong>lito, así como la participación <strong>de</strong>l procesado y sobre el cual el juezPrograma <strong>de</strong> USAID <strong>de</strong> Excelencia Ambiental y Laboral para CAFTA-DR