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República de El Salvador - Escuela de Capacitación Fiscal

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República <strong>de</strong> <strong>El</strong> <strong>Salvador</strong> 83<strong>de</strong>be <strong>de</strong> <strong>de</strong>cidir. Es así como se establece el objeto <strong>de</strong> la prueba, y se dice que laspruebas tienen como finalidad llevar al conocimiento <strong>de</strong>l juez o tribunal, los hechos ycircunstancias objeto <strong>de</strong>l juicio, especialmente lo relativo a la responsabilidad penal ycivil <strong>de</strong>rivada <strong>de</strong> los mismos.Para introducir la prueba al proceso, esta <strong>de</strong>be ser legal, es <strong>de</strong>cir haber sido obtenidalegalmente e introducida <strong>de</strong> acuerdo con las reglas establecidas en la normativaprocesal penal, <strong>de</strong> lo contrario no tendrán valor, esto está regulado en el artículo 175<strong>de</strong>l Código Procesal Penal que literalmente dice:“Artículo 175.- Los elementos <strong>de</strong> prueba sólo tendrán valor si han sidoobtenidos por un medio lícito e incorporados al procedimiento conforme a lasdisposiciones <strong>de</strong> este Código.No tendrán valor los elementos <strong>de</strong> prueba obtenidos en virtud <strong>de</strong> una informaciónoriginada en un procedimiento o medio ilícito. Sin perjuicio <strong>de</strong> lo dispuesto enel presente inciso, los elementos <strong>de</strong> prueba serán admitidos cuando hayan sidoobtenidos <strong>de</strong> buena fe, por hallazgo inevitable o por la existencia <strong>de</strong> una fuentein<strong>de</strong>pendiente, y <strong>de</strong>berán ser valorados conforme a las reglas <strong>de</strong> la sana crítica,cuando corresponda.Se prohíbe toda especie <strong>de</strong> tormento, malos tratos, coacciones, amenazas,engaños o cualquier otro medio que afecte o menoscabe la voluntad o violelos <strong>de</strong>rechos fundamentales <strong>de</strong> la persona; todo lo anterior sin perjuicio <strong>de</strong> laresponsabilidad penal a que hubiere lugar”.No obstante, tratándose <strong>de</strong> operaciones encubiertas practicadas por la policía, sepermitirá el uso <strong>de</strong> medios engañosos con el exclusivo objeto <strong>de</strong> investigar y probarconductas <strong>de</strong>lincuenciales <strong>de</strong>l crimen organizado, <strong>de</strong>litos <strong>de</strong> realización compleja,<strong>de</strong>litos <strong>de</strong> <strong>de</strong>fraudación al fisco y <strong>de</strong>litos contenidos en la Ley Especial contra Actos<strong>de</strong> Terrorismo, la Ley contra el Lavado <strong>de</strong> Dinero y <strong>de</strong> Activos, la Ley Reguladora <strong>de</strong>las Activida<strong>de</strong>s relativas a las Drogas y la Ley Especial para Sancionar InfraccionesAduaneras, previa autorización por escrito <strong>de</strong>l fiscal superior.Los elementos <strong>de</strong> prueba que no hayan sido incorporados con las formalida<strong>de</strong>sprescritas por este Código, podrán ser valorados por el juez.6.2.1. Prueba por InspecciónEn los <strong>de</strong>litos ambientales, normalmente se presentan primero son los inspectores,técnicos forestales y Policía <strong>de</strong> Medio Ambiente, o inspectores <strong>de</strong> Salud Pública,<strong>de</strong>pendiendo <strong>de</strong>l caso; no obstante, es la Policía Nacional Civil, la llamada a realizarlas primeras operaciones técnicas, por lo que la inspección policial, tiene un altocontenido indiciario o probatorio. <strong>El</strong> acta <strong>de</strong> inspección <strong>de</strong>be ser firmada por todoslos intervinientes. Es <strong>de</strong> mencionar que en lo <strong>de</strong>litos ambientales, la policía <strong>de</strong> MedioAmbiente <strong>de</strong>be informar a la <strong>Fiscal</strong>ía General <strong>de</strong> la República a efecto <strong>de</strong> que este llamea la Inspectoría <strong>de</strong> Medio Ambiente <strong>de</strong>l Ministerio <strong>de</strong> Medio Ambiente, con el objeto<strong>de</strong> que se realice la inspección ambiental correspondiente.

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