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Catálogo medidas igualdad Catálogo medidas igualdad

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Prólogo<br />

instituciones en lo que atañe a lograr que la <strong>igualdad</strong> de derechos<br />

y de trato sea una realidad protegida y garantizada. Estas dos distinciones<br />

representan un aporte lógico y axiológico fundamental.<br />

En el campo de los derechos humanos, y específicamente de la<br />

<strong>igualdad</strong> y la antidiscriminación, se requiere un Estado activo,<br />

comprometido, promotor y facilitador, y no sólo un Estado abstencionista,<br />

que elude entrar en el terreno de los hechos sociales<br />

de la des<strong>igualdad</strong>, o un “Estado gendarme”, que interviene sólo<br />

cuando hay que sancionar notorias e intolerables infracciones. En<br />

el campo de la <strong>igualdad</strong> y la antidiscriminación, el Estado tiene<br />

iniciativa, actúa, emprende, impulsa, promueve, debe realizar acciones<br />

para promover, proteger, garantizar y respetar los derechos,<br />

y debe abstenerse de realizar actos que violenten los de rechos humanos<br />

e interfieran con el cumplimiento de estas obligaciones. 5<br />

La obligación positiva del Estado y de sus poderes, reconocida en<br />

la lfped, significa “adoptar <strong>medidas</strong>, sean estas de tipo legislativo,<br />

de políticas públicas o de cualquier otro tipo”. 6<br />

Un Estado de derecho democrático es activo en el punto central<br />

de su constitución, que es la <strong>igualdad</strong> valorativa de sus miembros,<br />

su equivalencia axiológica, política y social. Está obligado<br />

a intervenir y comprometerse, a “adoptar <strong>medidas</strong>”, a menos que<br />

quiera ser una vacua realidad contradictoria: un Estado de derecho<br />

que no se exige ni se esfuerza en serlo de verdad. De nuevo,<br />

el catálogo es cuidadoso y riguroso en las definiciónes:<br />

Las <strong>medidas</strong> para la <strong>igualdad</strong> son acciones deliberadas, coherentes,<br />

que las instituciones públicas determinan dentro de su<br />

ámbito de obligaciones de derechos humanos y objeto institucional,<br />

para corregir condiciones de des<strong>igualdad</strong> de trato hacia<br />

personas y grupos discriminados históricamente -o de manera<br />

reiterada- en el acceso y disfrute de sus derechos humanos, las<br />

libertades y los bienes y servicios públicos. 7<br />

5<br />

Vid. “Las autoridades públicas tienen obligaciones para hacer efectiva la<br />

<strong>igualdad</strong>”, pp. 34-36.<br />

6<br />

Vid. p. 36, n. 16.<br />

7<br />

Vid. p. 51.<br />

17

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