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Seminario Regional Andino: MemoriaPanel N° 5 233Con este paso, desplaza la Corte la pregunta por la imparcialidaddel funcionario de una sociedad multicultural y pluriétnica, con baseen las teorías de la justicia, hacia el contexto de las discusiones epistemológicasy metodológicas sobre el análisis cultural practicado porla etnografía. ¿Debe interpretarse esta afirmación como un deberpara los funcionarios involucrados en la resolución de estos conflictos?Es decir ¿deben ellos convertirse en observadores participantespara poder juzgar? ¿Qué hace pensar a la Corte que la metodologíadel observador participante va a garantizar la imparcialidad de losfuncionarios?No obstante las dificultades que supone, esta propuesta es revolucionariae interesante. Significa reconocer que los funcionarios encargadosde la gestión de los conflictos interculturales deben contar conuna formación y con una experiencia más amplia que la que suministranlas facultades de Derecho de nuestro medio. Más aún: significareconocer que las ciencias sociales cumplen una función política; lade apoyar a los jueces para que realicen decisiones “más responsables”,basándose en un conocimiento especializado. En otras palabras,pide a los científicos sociales que se involucren y que compartancon los funcionarios la responsabilidad de asumir decisiones de dimensiónpolítica y de gran impacto social y cultural. Solicita que lagestión de los asuntos del Estado sea compartida por la investigación,por la ciencia y por la política. Sugiere que para que las decisionesde la autoridad estatal sean adecuadas, la sociedad debe contarcon una comunidad científica e intelectual, indígena o no, pero robustay beligerante, debiendo producirse un diálogo fluido con estacomunidad.Como intelectual urbano de occidente, el juez constitucional se enfrentaa preguntas como: ¿A qué dar importancia o a qué no? ¿Privilegialos elementos “más tradicionales e inalterables de una cultura”o reconoce también la existencia de “importaciones culturales”, decambios, muchas veces no asumidos homogéneamente por todos losmiembros de una sociedad?Conflictos por interpretación de otras señalesEl texto constitucional, por ser una unidad de principios indeterminados,no tiene una única manera de interpretación. Por ello, el juez

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