La Educación Parvularia en Chile - Educarchile
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El sistema educacional chil<strong>en</strong>o<br />
El Sistema educacional Chil<strong>en</strong>o se caracteriza por t<strong>en</strong>er una organización desc<strong>en</strong>tralizada,<br />
lo cual significa que su administración es realizada por instituciones del estado autónomas,<br />
municipales, particulares y fundaciones, que asum<strong>en</strong> ante el Estado la responsabilidad de<br />
dar educación y mant<strong>en</strong>er un establecimi<strong>en</strong>to educacional 1 .<br />
Está reconocido <strong>en</strong> la Constitución Política del Estado, constituido por cuatro niveles edu-<br />
cacionales: el nivel Preescolar, el nivel Básico, el nivel Medio y el Superior.<br />
Ese cuerpo legal, asegura a todas las personas el derecho a la educación desde el nivel<br />
parvulario y establece la libertad de <strong>en</strong>señanza como principio rector de la política y orga-<br />
nización educacional del país.<br />
Es así como desde 1990, <strong>en</strong> la Ley Orgánica Constitucional de <strong>Educación</strong>, se reconoce la<br />
compet<strong>en</strong>cia de los c<strong>en</strong>tros educacionales, para elaborar y aplicar autónoma y<br />
desc<strong>en</strong>tralizadam<strong>en</strong>te sus propios programas curriculares.<br />
En la Constitución Política del Estado, a las madres y padres de familia se les reconoce el<br />
derecho prefer<strong>en</strong>te y el deber de educar a sus hijos e hijas y obliga al Estado a otorgar<br />
especial protección para el ejercicio de ese derecho. Este está obligado además, a financiar<br />
un sistema gratuito de educación básica y fom<strong>en</strong>tar el desarrollo de la educación <strong>en</strong> todos<br />
sus niveles.<br />
El Estado, a través del Ministerio de <strong>Educación</strong>, manti<strong>en</strong>e funciones de proposición y eva-<br />
luación de las políticas educacionales y culturales y de estudio y proposición de normas<br />
g<strong>en</strong>erales del sector, junto con velar por su aplicación, asignar los recursos necesarios para<br />
el desarrollo de actividades educacionales y de ext<strong>en</strong>sión cultural y, otorgar reconoci-<br />
mi<strong>en</strong>to oficial a los establecimi<strong>en</strong>tos educacionales cuando corresponda.<br />
<strong>La</strong>s decisiones de política o adopción de normas, están <strong>en</strong> manos del Presid<strong>en</strong>te de la<br />
República, para lo cual el Ministerio de <strong>Educación</strong>, es su secretaría.<br />
1 Ley N° 18956 Diario Oficial de la República de <strong>Chile</strong>, Marzo, 1990<br />
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