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UNA SOCIEDAD COMPARTIDA - Portal Mayores

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EL VALOR DE LA VIDA HUMANA Y EL<br />

DERECHO A LA VIDA<br />

Doña María de los Dolores Vila-Coro<br />

Directora de la Cátedra de Bioética y Biojurídica de la UNESCO<br />

Las nuevas tecnologías abren horizontes de esperanza a la curación de graves<br />

enfermedades y prometen mejorar la salud y la calidad de vida de los seres humanos.<br />

Pero la aplicación de estos avances, especialmente la fecundación “in vitro”<br />

y la manipulación genética, ponen en peligro el derecho a la vida del individuo y<br />

pueden ocasionar efectos perturbadores en la estructura de la familia y de la<br />

sociedad.<br />

Un punto de partida para aproximarse a la protección jurídica del derecho a<br />

la vida es describir cual es la situación en España, desde la perspectiva de la<br />

Bioética. Esta ciencia, que ha surgido de la ética médica centrada en la relación<br />

médico-paciente, ha pasado a regular cuestiones éticas en el campo de la investigación<br />

y la aplicación biotecnológica sobre el ser humano. La bio-ética se refiere<br />

a la vida del hombre, que es el único sujeto de la ley moral y solamente su vida<br />

constituye un principio ordenador del Derecho, cuyas leyes se promulgan para<br />

obtener una protección efectiva. Dentro de la Bioética existen dos tendencias:<br />

personalista y utilitarista. Para la corriente personalista, los derechos corresponden<br />

al hombre por exigencia de su naturaleza y dignidad: tienen carácter ontológico.<br />

La doctrina utilitarista, por el contrario, subordina el valor del hombre al<br />

beneficio de la ciencia, de la sociedad, del estado... No tiene inconveniente en utilizarlo<br />

en favor de intereses que no son los suyos propios, porque niega el carácter<br />

trascendente del ser humano.<br />

El derecho a la vida, contemplado a la luz de unos ejemplos que se exponen<br />

a continuación, muestra la problemática y, en algunos casos, la degradación del<br />

valor de la vida humana, a la que contribuye la aplicación de las nuevas biotecnologías<br />

a los seres humanos. En primer lugar, trataremos de la gestación en<br />

útero ajeno- madre de alquiler, útero artificial-, y de la gestación en una especie<br />

no humana. Seguidamente, de la madre sin pareja, que introduce al hijo en un<br />

hogar sin la presencia del progenitor masculino y, para terminar, una aproxima-<br />

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