201010 I Seminario Estado y Sociedad.pdf - Asociación de ...
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primera reforma para quitarle el candado a los artículos irreformables,<br />
que se refi eren precisamente a la naturaleza <strong>de</strong>l <strong>Estado</strong> guatemalteco,<br />
y una segunda reforma que sería para reformar dichos artículos. De<br />
manera que no es imposible la reforma por el otro mecanismo que la<br />
Constitución misma establece.<br />
Así pues, yo creo que lo más importante es precisamente i<strong>de</strong>ntifi car cuáles<br />
son esas oportunida<strong>de</strong>s propicias para el cambio <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la estructura <strong>de</strong>l<br />
<strong>Estado</strong>. En ese sentido, pienso que una futura reforma constitucional<br />
tendría no solamente que abordar la naturaleza <strong>de</strong> la estructura <strong>de</strong>l<br />
<strong>Estado</strong>, sino recoger los nuevos avances <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho internacional,<br />
tales como el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas, la Declaración<br />
<strong>de</strong> Naciones Unidas sobre los Derechos <strong>de</strong> los Pueblos Indígenas, los<br />
aportes <strong>de</strong>l Acuerdo <strong>de</strong> I<strong>de</strong>ntidad y Derechos <strong>de</strong> los Pueblos Indígenas.<br />
Esto <strong>de</strong>bido a que en el momento en que la Constitución vigente se<br />
redactó, estas corrientes doctrinarias no estaban suficientemente<br />
<strong>de</strong>sarrolladas.<br />
Pienso que en una futura reforma constitucional <strong>de</strong>berían tomarse como<br />
referencia e introducir en el or<strong>de</strong>namiento nacional esos principios ya<br />
recogidos en el <strong>de</strong>recho internacional. Por otra parte, será necesario<br />
abordar los componentes <strong>de</strong> la estructura <strong>de</strong>l <strong>Estado</strong>, que tradicionalmente<br />
la doctrina nos dice que son territorio, población y or<strong>de</strong>n jurídico.<br />
Tiene que <strong>de</strong>batirse <strong>de</strong> nuevo el concepto <strong>de</strong> territorio, no solamente<br />
<strong>de</strong>s<strong>de</strong> la perspectiva <strong>de</strong> la soberanía, sino también sobre cuáles<br />
elementos ejerce soberanía el <strong>Estado</strong>. Por ejemplo, el subsuelo en el<br />
cual existen recursos minerales. En este momento se consi<strong>de</strong>ra que el<br />
subsuelo es potestad exclusiva <strong>de</strong>l <strong>Estado</strong>. Se hace necesario <strong>de</strong>fi nir la<br />
manera en que van a ser explorados y explotados los recursos naturales<br />
<strong>de</strong>l suelo y <strong>de</strong>l subsuelo.<br />
Es precisamente esta temática la que está generando gran<strong>de</strong>s problemas<br />
en la actualidad. Tenemos más <strong>de</strong> cuarenta consultas populares,<br />
autoconvocadas por comunida<strong>de</strong>s indígenas o municipios en don<strong>de</strong> la<br />
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