13.01.2015 Views

20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...

20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...

20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />

Junio 8 de 2012<br />

Versión final<br />

de unificación o instalaciones comunes conforme a la Cláusula 9 del<br />

Contrato.<br />

4.4. En caso de ser necesario, los Gastos Elegibles se convertirán a Dólares con<br />

base en el Tipo de Cambio del Peso. Para efectos de estos Procedimientos<br />

de Registro Financiero, ―Tipo de Cambio del Peso‖ significa, con respecto a<br />

cualquier fecha de determinación en cualquier mes, el promedio simple del<br />

tipo de cambio del mes, con base en la información publicada por el Banco<br />

de México como tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en<br />

moneda extranjera pagaderas en la República Mexicana.<br />

Cualquier operación realizada en una moneda distinta al peso y al Dólar,<br />

será convertida a Dólares con base en el tipo de cambio efectivo entre la<br />

moneda de que se trate y el Dólar. Es la intención de las Partes que ninguna<br />

de ellas tendrá ni sufrirá ninguna ganancia o pérdida a favor o a costa de la<br />

otra como resultado del tipo de cambio. El Contratista mantendrá un registro<br />

del tipo de cambio utilizado en cada operación.<br />

4.5. El Contratista abrirá y mantendrá registros contables que pueden ser<br />

identificados por separado, según sea necesario, para registrar de manera<br />

<strong>comp</strong>leta y adecuada cada uno de los Servicios. Todas las cuentas<br />

mostrarán con claridad cualquier impuesto al valor agregado o similar<br />

pagado por el Contratista.<br />

4.6. Los montos registrados en los libros y registros no serán ajustados con<br />

respecto a la inflación y permanecerán en los libros y registros del Contratista<br />

con base en los montos históricos.<br />

4.7. Todos los Gastos incurridos por el Contratista con respecto a los Servicios<br />

serán registrados en la Cuenta Operativa de acuerdo con la clasificación<br />

general de Gastos de exploración, Gastos de desarrollo y Gastos de<br />

producción.<br />

a) Gastos de exploración. Todos los Gastos incurridos por el Contratista<br />

para Servicios de Exploración, incluyendo:<br />

i. estudios y levantamientos topográficos, aéreos, geofísicos,<br />

geoquímicos y geológicos (incluida su interpretación);<br />

ii. perforaciones, pruebas de producción y todas las actividades<br />

asociadas como por ejemplo la extracción de muestras;<br />

iii. Gastos por mano de obra, Materiales y servicios para la<br />

perforación y terminación de los Pozos de exploración;<br />

iv. adquisición y tratamiento de información geológica y geofísica.<br />

b) Gastos de desarrollo. Todos los Gastos ocasionados por el desarrollo<br />

de uno o más yacimientos para la producción de Hidrocarburos,<br />

incluyendo:<br />

11

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!