20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
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Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />
Junio 8 de 2012<br />
Versión final<br />
d) Las variaciones observadas al programa de nominación deberán ser<br />
documentadas por los representantes de cada Parte y los reportes<br />
correspondientes entregados al Grupo Directivo.<br />
e) Cualquiera de las Partes podrá proponer cambios al programa de<br />
nominación, indicando las causas, el periodo de cambio y demás<br />
circunstancias relevantes que justifiquen la modificación del programa. El<br />
Grupo Directivo acordará dicha modificación y el programa modificado<br />
estará vigente a partir de la fecha y por el plazo que determine el Grupo<br />
Directivo.<br />
4. Volúmenes de Hidrocarburos Netos<br />
Las Partes acuerdan que los volúmenes de Hidrocarburos Netos medidos por PEP<br />
y que serán considerados para el cálculo de la Remuneración conforme al Anexo<br />
3, serán los registrados y acordados entre sus representantes en los Puntos de<br />
Medición y determinados de conformidad con los procedimientos de<br />
entrega/recepción de los Hidrocarburos Netos previstos en la Cláusula 12.4.<br />
5. Diferencias<br />
Cualquier diferencia entre las Partes en relación con este Anexo 8, se deberá resolver<br />
por el Grupo Directivo dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que la<br />
Parte que se considere afectada le comunique por escrito la diferencia de que se trate.<br />
Si la Parte que se considera afectada no solicita la intervención del Grupo Directivo en<br />
el plazo establecido en este párrafo, se entenderá que ha dejado de existir dicha<br />
diferencia.<br />
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