20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />
Junio 8 de 2012<br />
Versión final<br />
Lineamientos para subcontratación<br />
El objeto de este Anexo 16 es establecer lineamientos para la Subcontratación. Queda<br />
entendido que, las subcontrataciones en ningún caso implicarán que un Subcontratista<br />
sustituye al Contratista.<br />
1. Subcontratación<br />
El Contratista tendrá el derecho de subcontratar conforme a lo siguiente:<br />
a) Corresponderá al Contratista presentar sus planes de subcontratación al grupo<br />
técnico <strong>comp</strong>etente del Grupo Directivo.<br />
b) Los planes de subcontratación deberán ser elaborados conforme a una<br />
metodología y sistema avalados por una firma especialista en administración de<br />
proveeduría y suministro. El aval de dicha firma deberá abordar explícitamente<br />
la transparencia y eficiencia operativa y comercial del sistema empleado por el<br />
Contratista.<br />
c) Las subcontrataciones deberán realizarse preferentemente a través de<br />
licitaciones, concursos o cualquier otro procedimiento cuya <strong>comp</strong>etitividad esté<br />
asegurada. Quedan exentas de lo estipulado en este párrafo las<br />
subcontrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, según se<br />
definen en la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y<br />
Mediana Empresa.<br />
d) El Contratista será el responsable de seleccionar a los Subcontratistas y de<br />
verificar que los Subcontratistas cuenten con las capacidades técnicas,<br />
financieras y demás requeridas para asegurar el éxito de la subcontratación.<br />
e) Para todo lo relacionado con la subcontratación, el Contratista deberá implantar<br />
las medidas que correspondan para evitar prácticas corruptas de conformidad<br />
con las Leyes Aplicables y otras disposiciones en la materia que les sean<br />
aplicables.<br />
f) El Contratista dará prioridad a subcontratistas mexicanos, especialmente a<br />
subcontratistas de la zona donde operen, siempre que, en opinión del<br />
Contratista, en igualdad de condiciones, ofrezcan <strong>comp</strong>etencias, precios,<br />
experiencia, reputación, especialidades, disponibilidad, y términos comerciales<br />
<strong>comp</strong>arables en todos los aspectos relevantes con proveedores extranjeros que<br />
operen con la industria petrolera internacional.<br />
g) Cualquier subcontratación por valor de diez millones de Dólares<br />
(USD$10,000,000.00) o superior, deberá ser presentada por el Contratista a<br />
conocimiento del grupo técnico <strong>comp</strong>etente del Grupo Directivo.