20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
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Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />
Junio 8 de 2012<br />
Versión final<br />
ambas Partes. Al menos uno de los representantes del Contratista será su máximo<br />
directivo para el Contrato o funcionario equivalente. Uno de los representantes de<br />
PEP presidirá el Grupo Directivo y adoptará los procedimientos necesarios para la<br />
adecuada conducción del Grupo Directivo.<br />
Las resoluciones que adopte el Grupo Directivo respecto de cualquier tema no<br />
deberán impedir o frustrar la posibilidad de que el Contratista cumpla con la<br />
Obligación Mínima de Trabajo.<br />
26.3. Facultades. El Grupo Directivo será el foro contractual para que las Partes<br />
estudien y acuerden las decisiones que les correspondan en términos del<br />
Contrato, sin perjuicio de las actividades exclusivas de PEP en términos de las<br />
Leyes Aplicables. El Grupo Directivo tendrá las siguientes facultades para el<br />
gobierno del Contrato:<br />
a) promover el cumplimiento oportuno de la Obligación Mínima de Trabajo que<br />
corresponda;<br />
b) gestionar y dar seguimiento a los Servicios;<br />
c) revisar y discutir entre sus miembros la información relativa a los Servicios;<br />
d) acordar y revisar el Plan de Desarrollo, los Programas de Trabajo, y los<br />
Presupuestos, cualquier modificación a ellos, así como su ejecución. Las<br />
aprobaciones de PEP a que se refieren las Cláusulas 7.1, 7.2, 10.1, 10.4,<br />
11.1 y 11.3 se podrán discutir por el Grupo Directivo;<br />
e) revisar programas de unificación, instalaciones conjuntas, estrategia y<br />
sistemas para protección ambiental, programas de desarrollo sustentable y<br />
de capacitación;<br />
f) revisar y dar seguimiento a los programas de subcontratación del Contratista;<br />
g) resolver cualquier asunto o diferencia técnica o administrativa surgida entre<br />
las Partes con motivo de los Servicios o del cumplimiento del Contrato,<br />
incluyendo la revisión de las diferencias durante los periodos en los que el<br />
Contrato prevé que las Partes realizarán un esfuerzo para resolver las<br />
controversias sin la intervención de terceros;<br />
h) aclarar y opinar sobre el alcance de la Experiencia y Prácticas Prudentes de<br />
la Industria aplicadas a situaciones concretas, pudiendo, en su caso, recurrir<br />
al apoyo de Expertos Independientes o de instituciones técnicas nacionales o<br />
internacionales familiarizadas con dichas prácticas; y<br />
i) las demás atribuciones que las Partes acuerden por escrito.<br />
26.4. Reuniones. El Grupo Directivo se reunirá cada vez que lo solicite cualquiera de<br />
sus miembros, y cuando menos dos (2) veces al año. Se requerirá la asistencia de<br />
por lo menos un miembro representante de PEP y uno del Contratista para que se<br />
considere constituido el quórum. Cada una de las Partes se hará cargo de los<br />
gastos que implique mantener a sus respectivos miembros en el Grupo Directivo.<br />
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