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20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...

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Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />

Junio 8 de 2012<br />

Versión final<br />

requeridos para los Servicios, haciendo su mejor esfuerzo y hasta donde<br />

sean actos que se encuentren razonablemente bajo su control;<br />

f) cooperar con el Contratista, a requerimiento de éste, en las gestiones<br />

administrativas que tenga que efectuar en relación con los Servicios ante las<br />

autoridades gubernamentales mexicanas. En tal caso, el Contratista asumirá<br />

todos los gastos en que incurra PEP, quien no será responsable de los<br />

resultados obtenidos en dichas gestiones administrativas;<br />

g) recibir, a su propio riesgo y como le sea posible, con independencia de la<br />

infraestructura que en su caso tenga disponible, los Hidrocarburos Netos en<br />

los Puntos de Medición o en cualquier otra instalación designada para tal<br />

efecto, considerando lo estipulado en la Cláusula 12.2;<br />

h) sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 14.4 (g), construir, instalar y<br />

operar, directamente o a través del Contratista, conforme a la Cláusula 9.2, o<br />

a través de terceros, oportuna y eficientemente las Instalaciones Después del<br />

Punto de Medición, sin obstaculizar las actividades que el Contratista realice<br />

con base en su derecho de prestar en exclusiva los Servicios en el Área<br />

Contractual; y<br />

i) abstenerse de realizar cualquier actividad que implique la duplicidad de los<br />

Servicios, directamente o a través de terceros, así como de obstaculizar las<br />

actividades que el Contratista realice con base en su derecho de realizar<br />

todas las actividades necesarias para cumplir con el objeto del Contrato, y<br />

j) ser responsable por las consecuencias que hubieren surgido por sus<br />

operaciones en el Área Contractual, previas a la Fecha Efectiva, según sean<br />

determinadas con base en un estudio ambiental inicial que se elabore<br />

durante la transición a que se refiere la Cláusula 5.1. Las conclusiones del<br />

estudio ambiental inicial serán consideradas como condiciones preexistentes,<br />

por lo que, en su caso, PEP tendrá la obligación de restaurar o indemnizar a<br />

los terceros afectados en la medida, forma y oportunidad requerida por las<br />

Leyes Aplicables y la Experiencia y Prácticas Prudentes de la Industria.<br />

14.5. Derechos adicionales de PEP. Además de sus otros derechos previstos por el<br />

Contrato, PEP tendrá los siguientes derechos:<br />

a) el derecho a tener acceso libre al Área Contractual y al lugar donde estén<br />

siendo realizados los Servicios, así como a cualquier instalación para la<br />

realización de los Servicios (incluyendo las Instalaciones Principales e<br />

Instalaciones de Entrega). El mismo acceso deberá ser concedido a<br />

cualquier autoridad gubernamental mexicana. En todo caso, deberá cumplir<br />

con las normas de seguridad aplicables y procurar no interferir en las<br />

actividades del Contratista;<br />

b) el derecho de designar a sus representantes para aprobar las distintas<br />

propuestas del Contratista sometidas a su consideración en términos del<br />

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