20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
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Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />
Junio 8 de 2012<br />
Versión final<br />
responsable frente a PEP, en todo momento, del cumplimiento de las obligaciones<br />
que adquiera ante PEP por el Contrato; por lo tanto, el Contratista se obliga a<br />
dejar libre y a salvo a PEP de cualquier demanda o reclamación de cualquier tipo,<br />
incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los Subcontratistas por<br />
la ejecución de actividades relacionadas con el Contrato. Para la subcontratación<br />
de Servicios por montos superiores a diez millones de Dólares<br />
(USD$10,000,000.00), el Contratista deberá emplear los procedimientos definidos<br />
en el Anexo 16.<br />
19.6. Transferencia de tecnología, investigación y desarrollo. El Contratista<br />
conviene, con base en la presente cláusula que, en relación con los Servicios,<br />
promoverá la investigación y desarrollo tecnológico y le transferirá a personal de<br />
PEP tecnología para su aprovechamiento en las labores que desempeñe en PEP.<br />
Durante la vigencia del Contrato, como parte de cada Programa de Trabajo, el<br />
Contratista presentará a PEP, para su aprobación, un capítulo relativo a<br />
transferencia de tecnología, incluyendo tecnología de punta, investigación y<br />
desarrollo tecnológico, así como informes regulares en estas materias. En todo<br />
momento, el personal técnico del Contratista fomentará la investigación y<br />
desarrollo tecnológico y la transferencia de tecnología de punta a personal de<br />
PEP, y PEP podrá aprovechar cualquier conocimiento adquirido por su personal<br />
en cualquier otro proyecto.<br />
Cuando derivado de la transferencia de tecnología resulte un nuevo proceso,<br />
producto, actividad, modelo o servicio, se estará a lo dispuesto en la Cláusula<br />
29.2.<br />
19.7. Grado de integración nacional. El Contratista dará preferencia a los bienes y<br />
servicios producidos en México. El grado de integración nacional se calculará con<br />
base en el valor agregado nacional incorporado o creado en México. El Contratista<br />
deberá cumplir con un porcentaje mínimo del cuarenta por ciento (40%), el cual se<br />
calculará y programará de acuerdo con lo establecido en el Anexo 17.<br />
19.8. Desarrollo sustentable. El Contratista implementará un programa de apoyo a la<br />
comunidad y al medio ambiente que deberá contribuir al desarrollo sustentable<br />
que beneficie a las comunidades ubicadas o cercanas al Área Contractual. Dicho<br />
programa se deberá basar en los lineamientos del Anexo 18. El programa de<br />
apoyo a la comunidad y al medio ambiente de cada año deberá tener un valor<br />
mínimo equivalente a uno por ciento (1%) del Presupuesto correspondiente al año<br />
de que se trate. Los Gastos incurridos por el Contratista en relación con dichos<br />
programas de apoyo a la comunidad y al medio ambiente serán considerados<br />
Gastos Elegibles.<br />
El Contratista podrá, previa autorización de PEP, ejercer todo o parte del valor<br />
correspondiente al programa de desarrollo comunitario sustentable de un año<br />
durante dicho año o el siguiente. Queda entendido que lo previsto en este párrafo<br />
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