20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
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Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />
Junio 8 de 2012<br />
Versión final<br />
esta Cláusula 14.2 y las Leyes Aplicables, el Contratista tendrá las siguientes<br />
obligaciones:<br />
a) prestar y realizar los Servicios preservando y conservando el medio<br />
ambiente, sin causar daño a la propiedad pública o privada, de acuerdo con<br />
las Leyes Aplicables;<br />
b) elaborar una estrategia y programas ambientales, y contar con sistemas de<br />
seguridad para proteger el medio ambiente y la salud y seguridad del<br />
personal y las instalaciones. La estrategia, programas y sistemas serán<br />
presentados al Grupo Directivo para su revisión como parte de los<br />
Programas de Trabajo;<br />
c) realizar con la periodicidad que las Leyes Aplicables indiquen, o cuando las<br />
Partes así lo consideren necesario, todos los estudios ambientales<br />
requeridos y obtener, renovar y mantener todas las autorizaciones<br />
ambientales para la prestación y realización de los Servicios, de conformidad<br />
con las Leyes Aplicables;<br />
d) cumplir con los términos de todas las autorizaciones ambientales y mantener<br />
el Área Contractual en las mejores condiciones que permitan un desarrollo<br />
sustentable, de conformidad con las Leyes Aplicables;<br />
e) emplear personal calificado, equipos, maquinaria, Materiales, procedimientos<br />
operacionales y en general las más actualizadas tecnologías que cumplan<br />
con la Experiencia y Prácticas Prudentes de la Industria, aplicando el<br />
principio de la prevención o precaución, preservación de la diversidad<br />
biológica, de los recursos naturales y la preservación de la seguridad y salud<br />
de la población y de su personal;<br />
f) colaborar con las autoridades y los organismos, federales y estatales,<br />
encargados del cuidado del medio ambiente; y<br />
g) como parte de las actividades de Abandono, remediar y rehabilitar el Área<br />
Contractual que esté siendo abandonada y será responsable por todas las<br />
obligaciones ambientales que pudieran existir como resultado de los<br />
Servicios.<br />
Asimismo, el Contratista será responsable de que sus Subcontratistas cumplan<br />
con todas las obligaciones, <strong>comp</strong>romisos y condiciones ambientales previstas en<br />
las Leyes Aplicables, la Experiencia y Prácticas Prudentes de la Industria y los<br />
permisos ambientales, así como que sean responsables de los daños que causen<br />
al medio ambiente por la ejecución de actividades a su cargo.<br />
14.3. Responsabilidad ambiental de PEP y derechos a indemnización.<br />
Considerando el carácter de operador de PEP y que todos los Hidrocarburos<br />
Producidos son propiedad de éste, PEP será responsable por daños o<br />
afectaciones causados al medio ambiente y daños causados a terceros por<br />
cualquier contaminación por Hidrocarburos, por lo que, será responsable de su<br />
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