20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
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Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />
Junio 8 de 2012<br />
Versión final<br />
Cualquier miembro del Grupo Directivo podrá solicitar la inclusión de cualquier<br />
asunto en las reuniones.<br />
26.5. Solicitud de reunión. El miembro del Grupo Directivo que desee solicitar alguna<br />
reunión deberá enviar su solicitud por escrito al presidente del Grupo Directivo con<br />
cuando menos quince (15) días de anticipación o, en casos urgentes, tan pronto<br />
sea posible. Dicha solicitud deberá ir a<strong>comp</strong>añada de (i) una sugerencia de la<br />
fecha, hora y lugar para llevar a cabo la reunión, (ii) una agenda que indique los<br />
asuntos a ser considerados en la reunión, y (iii) la documentación requerida para<br />
que el Grupo Directivo pueda tomar una decisión informada. Una vez recibida la<br />
solicitud, el presidente del Grupo Directivo deberá programar una reunión en una<br />
fecha que no exceda de treinta (30) días después de recibida la solicitud, en el<br />
entendido de que en caso de que algún miembro del Grupo Directivo comunique al<br />
presidente del Grupo Directivo que no podrá asistir a la reunión convocada, el<br />
presidente del Grupo Directivo deberá reprogramar la reunión a la siguiente fecha<br />
disponible mutuamente aceptable para los miembros pero en ningún caso<br />
después de los diez (10) días siguientes a la fecha originalmente programada. Las<br />
Partes podrán hacer uso de cualquier medio disponible para llevar a cabo las<br />
reuniones, incluyendo videoconferencias y conferencias telefónicas. Salvo acuerdo<br />
de PEP, todas las reuniones en persona deberán llevarse a cabo en México. Si<br />
ambas Partes están de acuerdo, podrán realizarse reuniones sin cumplir con los<br />
requisitos previstos en esta Cláusula 26.5.<br />
26.6. Acta. Los miembros del Grupo Directivo levantarán un acta en la que reflejen los<br />
acuerdos tomados durante cada reunión. Dicha acta será elaborada por la<br />
Persona que el presidente del Grupo Directivo designe como secretario. Las<br />
Partes deberán firmar el acta al finalizar la reunión.<br />
26.7. Grupos técnicos. El Grupo Directivo podrá establecer los grupos técnicos, según<br />
se requieran, para la ejecución y seguimiento de cualquier asunto en particular; en<br />
el entendido de que las Partes establecerán, cuando menos, un grupo para la<br />
revisión del registro financiero, un grupo para la subcontratación conforme al<br />
Contrato y un grupo para revisar las actividades que deba realizar el personal de<br />
PEP conforme a la Cláusula 19.3. El Grupo Directivo designará el número de<br />
representantes de cada una de las Partes que integrarán dichos grupos técnicos, y<br />
la periodicidad de sus sesiones. Todos los grupos técnicos reportarán al Grupo<br />
Directivo.<br />
Cláusula 27<br />
Modificaciones y renuncias<br />
27.1. Modificaciones generales. Cualquier modificación a este Contrato deberá<br />
hacerse mediante acuerdo por escrito de ambas Partes y surtirá efectos a partir de<br />
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