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20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...

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Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />

Junio 8 de 2012<br />

Versión final<br />

e) cualquier daño o Perjuicio causado con motivo de alguna violación del<br />

Contratista, sus Compañías Relacionadas o cualquier Subcontratista a<br />

cualquier derecho de propiedad intelectual o a cualquier <strong>comp</strong>romiso de<br />

confidencialidad;<br />

f) cualquier violación de cualquier Compañía Relacionada o las Empresas<br />

Participantes a las renuncias previstas en las Cláusulas 25.5 y 25.6;<br />

g) cualquier omisión por parte del Contratista, sus Compañías Relacionadas o<br />

cualquier Subcontratista de cumplir con cualquiera de las Leyes Aplicables;<br />

h) cualquier reclamo de cualquier empleado del Contratista, sus Compañías<br />

Relacionadas o de cualquier Subcontratista con base en leyes en materia<br />

laboral o de seguridad social, en el caso de que PEP hubiere tenido que<br />

pagar indemnización en estas materias; y<br />

i) cualquier reclamo, multa o cantidad exigida a PEP por cualquier autoridad, y<br />

que derive del incumplimiento de las obligaciones del Contratista.<br />

Queda expresamente convenido que en ningún caso, ninguna de las Partes será<br />

responsable por daños y perjuicios indirectos, consecuenciales, lucro cesante o<br />

pérdida de oportunidad de negocio.<br />

24.2. Causas de ejecución. PEP tendrá el derecho de hacer efectivas las Garantías<br />

Corporativas en caso de que se actualicen cualquiera de los supuestos señalados<br />

en la Cláusula 24.1 y de conformidad con el modelo que contiene el Anexo 2,<br />

quedando expresamente pactado que no existe prelación alguna para la ejecución<br />

de las Garantías Corporativas frente a la Garantía de Cumplimiento.<br />

Cláusula 25<br />

Ley Aplicable y solución de controversias<br />

25.1. Ley Aplicable. El Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las Leyes de<br />

México. En todo momento durante la vigencia del Contrato, el Contratista dará<br />

cumplimiento a lo establecido en las Leyes Aplicables en la conducción y<br />

ejecución de los Servicios.<br />

25.2. Consultas directas. Las Partes acuerdan, que en el evento de que surja cualquier<br />

controversia, tratarán de resolverla a través de un mecanismo de consultas<br />

directas, con el objeto de intentar un acuerdo negociado entre las Partes. Esta<br />

etapa de consultas directas iniciará con una comunicación dirigida por cualquiera<br />

de las Partes a la otra, en el entendido de que cualquiera de las Partes podrá dar<br />

por terminada esta etapa en cualquier momento.<br />

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