20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
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Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />
Junio 8 de 2012<br />
Versión final<br />
e) cualquier daño o Perjuicio causado con motivo de alguna violación del<br />
Contratista, sus Compañías Relacionadas o cualquier Subcontratista a<br />
cualquier derecho de propiedad intelectual o a cualquier <strong>comp</strong>romiso de<br />
confidencialidad;<br />
f) cualquier violación de cualquier Compañía Relacionada o las Empresas<br />
Participantes a las renuncias previstas en las Cláusulas 25.5 y 25.6;<br />
g) cualquier omisión por parte del Contratista, sus Compañías Relacionadas o<br />
cualquier Subcontratista de cumplir con cualquiera de las Leyes Aplicables;<br />
h) cualquier reclamo de cualquier empleado del Contratista, sus Compañías<br />
Relacionadas o de cualquier Subcontratista con base en leyes en materia<br />
laboral o de seguridad social, en el caso de que PEP hubiere tenido que<br />
pagar indemnización en estas materias; y<br />
i) cualquier reclamo, multa o cantidad exigida a PEP por cualquier autoridad, y<br />
que derive del incumplimiento de las obligaciones del Contratista.<br />
Queda expresamente convenido que en ningún caso, ninguna de las Partes será<br />
responsable por daños y perjuicios indirectos, consecuenciales, lucro cesante o<br />
pérdida de oportunidad de negocio.<br />
24.2. Causas de ejecución. PEP tendrá el derecho de hacer efectivas las Garantías<br />
Corporativas en caso de que se actualicen cualquiera de los supuestos señalados<br />
en la Cláusula 24.1 y de conformidad con el modelo que contiene el Anexo 2,<br />
quedando expresamente pactado que no existe prelación alguna para la ejecución<br />
de las Garantías Corporativas frente a la Garantía de Cumplimiento.<br />
Cláusula 25<br />
Ley Aplicable y solución de controversias<br />
25.1. Ley Aplicable. El Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las Leyes de<br />
México. En todo momento durante la vigencia del Contrato, el Contratista dará<br />
cumplimiento a lo establecido en las Leyes Aplicables en la conducción y<br />
ejecución de los Servicios.<br />
25.2. Consultas directas. Las Partes acuerdan, que en el evento de que surja cualquier<br />
controversia, tratarán de resolverla a través de un mecanismo de consultas<br />
directas, con el objeto de intentar un acuerdo negociado entre las Partes. Esta<br />
etapa de consultas directas iniciará con una comunicación dirigida por cualquiera<br />
de las Partes a la otra, en el entendido de que cualquiera de las Partes podrá dar<br />
por terminada esta etapa en cualquier momento.<br />
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