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20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...

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Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />

Junio 8 de 2012<br />

Versión final<br />

7.5. Todo ajuste que resulte de la auditoría deberá registrarse inmediatamente en<br />

la Cuenta Operativa.<br />

7.6. No obstante lo anterior, PEP tendrá derecho a realizar, a su costo,<br />

directamente o a través de terceros, auditorías adicionales de la Cuenta<br />

Operativa y de los Gastos Elegibles, así como de los registros y originales de<br />

los justificantes primarios relacionados con dicha Cuenta Operativa y los<br />

Gastos Elegibles, en el curso de cualquier año o parte del mismo, dentro del<br />

periodo de treinta y seis (36) meses contados a partir del último día de dicho<br />

año. Para ello, PEP tendrá los mismos derechos del auditor independiente<br />

conforme a este numeral 8. PEP hará un esfuerzo razonable para preparar<br />

un informe por escrito al Contratista que incluya todos los reclamos, con los<br />

documentos de soporte, que resulten de dicha auditoría junto con los<br />

comentarios pertinentes a la operación de la Cuenta Operativa y los<br />

registros. El Contratista deberá responder a dicho informe por escrito a la<br />

brevedad posible pero en ningún caso después de sesenta (60) días de<br />

recibir dicho informe. En caso de que PEP considere que el informe o la<br />

respuesta del mismo requiere de mayor investigación con respecto a<br />

cualquier concepto incluido en el mismo, PEP tendrá el derecho de realizar<br />

dicha investigación no obstante que el periodo de treinta y seis (36) meses<br />

haya expirado. Todos los ajustes que resulten de estas auditorías deberán<br />

registrarse en la Cuenta Operativa, y en su caso, PEP hará la modificación<br />

que corresponda de los Certificados de Gastos Recuperables. El Contratista<br />

estará obligado a proporcionar a PEP y a los auditores asistencia razonable y<br />

soporte logístico sin cargo alguno, en el entendido de que el Contratista<br />

deberá reembolsar a PEP el costo de cualquiera de estas auditorías, si<br />

derivado de éstas habría que hacer un ajuste a la Cuenta Operativa o a los<br />

Gastos Elegibles por un porcentaje superior a cero punto cinco por ciento<br />

(0.5%) del Presupuesto del año. Cualquier discrepancia no resuelta por las<br />

Partes deberá resolverse de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 25<br />

del Contrato. Una vez resuelta la controversia, se procederá a modificar la<br />

Cuenta Operativa y los Certificados de Gastos Recuperables y ajustar<br />

cualquier registro, según corresponda, de acuerdo con la resolución. En caso<br />

de que PEP haya realizado algún pago en exceso, PEP podrá descontar la<br />

Remuneración del Contratista o ejecutar la Garantía de Cumplimiento en los<br />

montos del pago en exceso.<br />

7.7. Lo anterior es sin perjuicio de cualquier auditoría iniciada y conducida por<br />

cualquier autoridad gubernamental mexicana <strong>comp</strong>etente de conformidad<br />

con los términos previstos por las Leyes Aplicables. El Contratista deberá<br />

cooperar plenamente con la realización de estas auditorías y las Partes<br />

realizarán las modificaciones que correspondan tanto a la Cuenta Operativa<br />

como a los Certificados de Gastos Recuperables que resulten de las mismas.<br />

7.8. Cualquier auditoría deberá considerar la congruencia de los Gastos<br />

Recuperables respecto a la Tarifa de Servicios de Producción en el contexto<br />

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