20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
20120608_Modcont_Altamira_comp - PEMEX Exploración y ...
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Modelo de Contrato, <strong>Altamira</strong><br />
Junio 8 de 2012<br />
Versión final<br />
7.5. Todo ajuste que resulte de la auditoría deberá registrarse inmediatamente en<br />
la Cuenta Operativa.<br />
7.6. No obstante lo anterior, PEP tendrá derecho a realizar, a su costo,<br />
directamente o a través de terceros, auditorías adicionales de la Cuenta<br />
Operativa y de los Gastos Elegibles, así como de los registros y originales de<br />
los justificantes primarios relacionados con dicha Cuenta Operativa y los<br />
Gastos Elegibles, en el curso de cualquier año o parte del mismo, dentro del<br />
periodo de treinta y seis (36) meses contados a partir del último día de dicho<br />
año. Para ello, PEP tendrá los mismos derechos del auditor independiente<br />
conforme a este numeral 8. PEP hará un esfuerzo razonable para preparar<br />
un informe por escrito al Contratista que incluya todos los reclamos, con los<br />
documentos de soporte, que resulten de dicha auditoría junto con los<br />
comentarios pertinentes a la operación de la Cuenta Operativa y los<br />
registros. El Contratista deberá responder a dicho informe por escrito a la<br />
brevedad posible pero en ningún caso después de sesenta (60) días de<br />
recibir dicho informe. En caso de que PEP considere que el informe o la<br />
respuesta del mismo requiere de mayor investigación con respecto a<br />
cualquier concepto incluido en el mismo, PEP tendrá el derecho de realizar<br />
dicha investigación no obstante que el periodo de treinta y seis (36) meses<br />
haya expirado. Todos los ajustes que resulten de estas auditorías deberán<br />
registrarse en la Cuenta Operativa, y en su caso, PEP hará la modificación<br />
que corresponda de los Certificados de Gastos Recuperables. El Contratista<br />
estará obligado a proporcionar a PEP y a los auditores asistencia razonable y<br />
soporte logístico sin cargo alguno, en el entendido de que el Contratista<br />
deberá reembolsar a PEP el costo de cualquiera de estas auditorías, si<br />
derivado de éstas habría que hacer un ajuste a la Cuenta Operativa o a los<br />
Gastos Elegibles por un porcentaje superior a cero punto cinco por ciento<br />
(0.5%) del Presupuesto del año. Cualquier discrepancia no resuelta por las<br />
Partes deberá resolverse de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 25<br />
del Contrato. Una vez resuelta la controversia, se procederá a modificar la<br />
Cuenta Operativa y los Certificados de Gastos Recuperables y ajustar<br />
cualquier registro, según corresponda, de acuerdo con la resolución. En caso<br />
de que PEP haya realizado algún pago en exceso, PEP podrá descontar la<br />
Remuneración del Contratista o ejecutar la Garantía de Cumplimiento en los<br />
montos del pago en exceso.<br />
7.7. Lo anterior es sin perjuicio de cualquier auditoría iniciada y conducida por<br />
cualquier autoridad gubernamental mexicana <strong>comp</strong>etente de conformidad<br />
con los términos previstos por las Leyes Aplicables. El Contratista deberá<br />
cooperar plenamente con la realización de estas auditorías y las Partes<br />
realizarán las modificaciones que correspondan tanto a la Cuenta Operativa<br />
como a los Certificados de Gastos Recuperables que resulten de las mismas.<br />
7.8. Cualquier auditoría deberá considerar la congruencia de los Gastos<br />
Recuperables respecto a la Tarifa de Servicios de Producción en el contexto<br />
18