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Derechos humanos e impuestos - codhem

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RECOMENDACIONES 25ese H. Ayuntamiento, inicie elcorrespondiente procedimientoadministrativo tendente a investigar,identificar y determinar laresponsabilidad en la que hayanincurrido los señores: AlfredoMorales Urbina, quien realizófunciones de Oficial Conciliador yCalificador en esa municipalidad,y Rosalío Hernández Benítez,comandante de la policía de eseH. Ayuntamiento, a efecto de queen su caso, se impongan lassanciones que conforme a Derechoprocedan.SEGUNDA. Se sirva ordenar aquien competa, para que deRecomendación No. 57/2003*El 26 de septiembre de 2003, estaComisión de <strong>Derechos</strong> Humanosrecibió el escrito de quejapresentado por una madre defamilia, en el que refirió hechos queconsideró violatorios a derechos<strong>humanos</strong> de su menor hijo,atribuibles al profesor SergioGarcía Portilla, subdirector escolaradscrito al turno matutino de laescuela primaria Miguel Hidalgoy Costilla, ubicada en San MateoOtzacatipan, municipio de Toluca,México, dependiente de laSecretaría de Educación, Culturay Bienestar Social del Estado deMéxico.En su escrito de queja, la señoramanifestó que el profesor SergioGarcía Portilla, subdirector de laescuela Miguel Hidalgo y Costilla,abusó sexualmente de su hijo, enel interior de la escuela, razón porla cual acudió al Centro deAtención al Maltrato Intrafamiliary Sexual (CAMIS) para quele proporcionaran atenciónmanera puntual proporcione alagente del Ministerio Público lainformación, documentación yevidencias que le sean solicitados,para la debida integración yperfeccionamiento legal del actade averiguación previa TOL/DR/III/1042/2003, radicada en la mesatercera de la Dirección Generalde Responsabilidades de laProcuraduría General de Justiciade la entidad, a efecto de que dichaautoridad esté en aptitud deresolver lo que en estricto apego aDerecho proceda.TERCERA. Se sirva instruir a quiencorresponda, se impartan cursospsicológica a su menor hijo y queposteriormente inició el acta TOL/DIF/674/2003, por el delito deviolación.Durante la fase de integración delexpediente de queja que nosocupa y a efecto de documentarlodebidamente, se requirierondiversos informes a la Secretaría deEducación, Cultura y BienestarSocial del Estado de México; asícomo en colaboración a laProcuraduría General de Justiciay al Tribunal Superior de Justicia,ambos de la entidad.Realizado el estudio y análisisde las constancias que integranel expediente de quejaCODHEM/TOL/3791/2003-1, esteOrganismo consideró acreditada laviolación a derechos <strong>humanos</strong> delmenor referido, atribuible alservidor público Sergio GarcíaPortilla, subdirector de la escuelaMiguel Hidalgo y Costilla,dependiente de la Secretaría deEducación, Cultura y BienestarSocial del Estado de México.de capacitación y actualizaciónen materia de derechos<strong>humanos</strong> a los servidorespúblicos de ese H. Ayuntamientoadscritos a la comandanciamunicipal y a la OficialíaCalificadora (así como ensu caso, a la Oficialía Mediadora-Conciliadora), a efecto deque durante el desempeño desus cargos se avoquen alcumplimiento de sus obligacionescon puntual respeto a los derechos<strong>humanos</strong> de las personas y alorden jurídico vigente. En estepunto, la Comisión de <strong>Derechos</strong>Humanos le ofreció la másamplia colaboración.En la especie, el 17 de septiembredel año en curso, durante el recreo,el menor fue amenazado con unanavaja por el profesor SergioGarcía Portilla, quien en estascircunstancias lo condujo al bañode los niños del centro escolar, endonde una vez estando solos leintrodujo un dedo en el ano yposteriormente lo penetró con sumiembro viril; actos queevidentemente vulneraron ladignidad y derechos <strong>humanos</strong> delmenor agraviado.Más aún, el menor manifestó quetales hechos no ocurrieron unasola vez, sino que también cuandocursaba el primer año fue objetode abuso sexual en una ocasión yque en el segundo año se lo hizodos veces; siempre en el interior delos sanitarios para niños de laescuela.En tal virtud, la reprobableconducta del profesor SergioGarcía Portilla transgredió elprincipio de dignidad humana, enagravio del precitado educando,* La Recomendación 57/2003 se dirigió al Secretario de Educación, Cultura y Bienestar Social del Estado de México, el 14 denoviembre de 2003, por violación de los derechos de los menores a que se proteja su integridad. Se ha determinado publicar unasíntesis de la misma, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9 y 114 del Reglamento Interno de la Comisión de<strong>Derechos</strong> Humanos del Estado de México. El texto íntegro de la Recomendación se encuentra en el expediente respectivo y constade 30 fojas.

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