72CODHEMellos -no principio- es el abuso yla explotación del hombre por elhombre, sin otra «razón» que lallamada «ley del más fuerte»;arbitrariedad, desde luego, queensucia a la ley al añadirle talcalificativo. Han sido milenios losque han transcurrido hasta ahorade una explotación tributaria queapenas comenzó a balbucear laidea juridicista de que puedaconstituirse como un derecho delEstado, por mucho que se ledisfrace bajo el título de impuestoo de contribución.Y si esto queda suficientementeclaro, lo menos a lo que debemosatrevernos es a suponer que de laarbitrariedad puedan desprenderseprincipios o que de la explotaciónhumana puedan aducirsederechos. Mientras al hombre sele explote en su persona, en sufamilia, en sus facultades, en suspropiedades, en sus derechos o ensus atributos, de todo podráhablarse en este mundo, menosde un derecho tributario, o fiscal,o administrativo, o cualquierotra denominación equivalenteinventada o por inventar,sencillamente porque tal supuesto«derecho» no lo es. Y 4,800 añosde historia, o, por lo menos,3,300 años de testimonioshistóricos documentados,ampliamente nos respaldan paracorroborarlo.III. EL IMPUESTOAhora bien, si después de 4,800años el tributo cambió de disfraz yse convirtió en impuesto, es porquese comenzaron a cocinar las ideasde que la vida en sociedad debíaajustarse a la normatividad de lasleyes, de que debía encomiarse lanoción del derecho, de que lademocracia implicaba darle unaconnotación de ciudadanoigualitario a todo habitante de lacomunidad, de que la necesidadde respetar un orden deconvivencias podría aseguraralguna clase de crecimientoeconómico, de que se vivía ensociedad merced a unconsentimiento tácito calificablecomo contrato social, de que la pazy el orden podrían permitir unaarmonización universal, etc., esdecir, que la riqueza de lasnaciones, el contrato social y elespíritu de las leyes, dichas así, nocomo títulos de las obras que yaconocemos, sólo podríanmanifestarse a plenitud cuandotodo aquello que implicara o quehubiera implicado en el pasadouna imagen de arbitrariedad, deexplotación, de abuso o deinjusticia, pudiese tamizarse bajoel cobijo de la ley, la necesidad dela economía y la demanda de lajusticia, con el fin de que todo lodemás pudiese marchar sintropiezos. Y es así, y no de otromodo, como nació la idea deenmascarar la arbitrariedad delviejo tributo, tan bárbaro y bestialcomo para no admitirlo en lanueva fiesta de sociedad,que se le disfrazó de impuesto,palabra que guarda resonanciasde aquella arbitrariedadpero que atenúa la imagen desubordinación tributaria otributante y parece recargar laculpa en el concepto de autoridadque ya más o menos se admitíacomo necesaria y hasta tolerablesiempre que a su vez seencubriera en la ley.El concepto de Estado contribuyótambién a ello. La necesidad detener un aparato gubernativo y desostenerlo, necesariamente implicóel comenzar a hablar del gastopúblico. No podría entenderse laexistencia de dicho aparatogubernativo si no contara con losrecursos para sostenerse y prestarlos servicios públicos -otro nuevoconcepto- que la propiaciudadanía demandara.Es por ello que llegaron comoanillo al dedo y en el momentojusto las tres tesis que cambiaronlas ideas sobre el tributo e hicierontolerable su permanencia bajo lamáscara del impuesto:A. Ya no podía concebirse la vidaen sociedad -y como por arte demagia todo el mundo se olvidó delos abusos padecidos en losmilenios anteriores- sino como uncontrato en el que todos nosvolvimos firmantes tácitos yaceptantes inevitables, aun cuandonunca lo hayamos visto, puesto quela convivencia así lo demandaba.El Contrato social de Rousseau erala respuesta adecuada paraperdonar el pasado infamante ysalvaje que padecieron nuestrosancestros, a cambio de gozarahora de un Estado de Derechoen el que se consintiera el impuestoa cambio de un poco más delibertad.B. No podía concebirse la riquezacolectiva si no se armonizara laarbitrariedad del tributo con lasnuevas demandas de mayorprioridad. Era necesario, pues, queya no fuese desproporcionado,incierto, incómodo yantieconómico, es decir, que habíaque limarle las asperezas que lehacían parecer bronco y absurdo,de tal forma que se consintiera enadmitirlo a cambio de la concesiónde algunas prebendas: que fueseproporcionado, que se supiese desu cuantía con anticipación, quese hiciera cómoda su cobertura y,por supuesto, que no despojararadicalmente de su patrimonio altributante. Adam Smith, con suRiqueza de las Naciones, permitióque la infamia se aceptara acambio de un poco más deprogreso.C. Y menos aún podría admitirseque la arbitrariedad medrara acampo abierto dejándole alNOVIEMBRE / DICIEMBRE 2003
DOCTRINA 73príncipe el viejo capricho deejercerla cuando quisiera. Habíaque ponerle la camisa de fuerzade la ley, aun cuando dichacamisa no fuese lo suficientementefuerte como para reprimirlo aplenitud ni en el orden de lo fiscalni en los demás órdenes. Eranecesario, entonces, que la normajurídica fijase el impuesto para quese legitimara como necesaria suexistencia y se pudieran aducirhasta «razones de Estado», paraseguir efectuando su cobro, y de«legítima defensa» o de «legalidad»para poder defenderse de ello. Elespíritu de las leyes, de Montesquieu,fue la excusa adecuada para quese aceptara la arbitrariedad acambio de un poco más de justicia.Ese fue el entorno en el que secambió de ropas el viejo tributo ycomenzó a pasear en sociedad. Yes que las obras citadas fueron elamortiguador que necesitabapara ser admitido y continuarsubsistiendo.Con el Contrato social se logróinculcar en la conciencia colectivala idea de que todos somosiguales, que todos ejercemosnuestra voluntad a plenitud, queesa manifestación de voluntad tieneun denominador común, y que esepunto de coincidencia consiste enaceptarnos recíprocamente dentrode un contexto de libertad, derespeto, de convivencia y deconsenso. El tributo podría ser laparte desagradable de eseconsenso, pero cabe aceptarlo enaras del clima de libertad que elEstado nos permite merced al pagode las funciones públicaspreconvenidas. Ya el autoritarismosería inaplicable: el gobierno esproducto del consenso de unamanifestación colectiva voluntariaen tenerlo y mantenerlo y, porsupuesto, el impuesto es una formade servir finalmente a la sociedadmisma.Con la Riqueza de las Naciones,Smith logró amordazar eldescontento a cambio del progreso.Civilizar al tributo tenía que revertiren una aceptación colectivafuertemente influida de tintesmodernizadores y enriquecedores.La sola idea de oponerse a tales«avances» habría hecho parecer acualquiera como un retrógrada,anticuado y retardatario. Ya eldesarrollo de los pueblos tendríaque depender necesariamente dela recaudación impositiva paraconsolidar un Estado fuerte ypujante.Con El espíritu de las leyes,Montesquieu nos hizo creeren la división del poder y,consecuentemente, en la potestaddel legislativo, para que fuese elpropio pueblo quien acordase yaprobase los tributos a través desus representantes electos. Elpueblo no se cuestionó para quéserviría realmente el tributo, sinoque se limitó festivamente a ejercersu aparente soberanía ocupándosede discutir las leyes que loestablecen y no las razones por lasque se establece. El resultado esque ahora aparece revestido de«juridicidad», de «legitimidad» y de«legalidad», resultando hastainsultante el solo suponer que uncomentario como el contenido enestas páginas pueda pasar porsensato o razonable.Pero lo verdaderamente insultante,al menos a la inteligencia, es lacantidad interminable de supuestos«principios de los <strong>impuestos</strong>» quesurgieron de las obras doctrinariasde los más insignes y connotadostratadistas del tema. Y junto a tales«principios», la cantidadinterminable de motivos dedistracción a los que se acudiópara acabar de remachar el clavo:Jarach se ocupó del «hechoimponible»; Sáinz de Bujanda, del«hecho generador de la obligacióntributaria»; Mayer, de la«determinación»; Bielsa, de la«voluntad de la ley»; etc.; es decir,que todos preadmiten la existenciay justificación legal del tributo y sólose limitan a cuestionar las sutilezaso bizantinismos en los que cabeperderse para dar la idea de quese conoce el tema y se ahonda enla investigación de sus matices másprofundos. Lógicamente, nuestromalinchismo crónico no nosimpidió acudir a todos ellos y amuchos más para hacer el remedoo la imitación de una supuestaespeculación jurídica, allí dondejamás existió algo más que unapura justificación de los actos delEstado, tanto en el establecimientodisfrazado del viejo tributo, comoen la evidente impotencia deindagar verdaderamente a fondo.El resultado lamentable de todoello es que ahora tenemos más«principios» de los <strong>impuestos</strong> delos que sensatamente cabefundamentar:A. Principio de Constitucionalidad,que se dice basado en la tesis deque como la Constitución es lanorma suprema de cualquier país,resulte lógico admitir que tambiénse constituya en principio de latributación el que deba fijarse enella la obligación tributaria, siendoademás derivable de dichajerarquía el que las demás leyes sele subordinen, especialmente, parael caso, las tributarias. En otraspalabras, se eleva a principiotributario el que la Constitución fijeel tributo, el que las demás leyesse le subordinen y el que las leyestributarias no se contrapongana la Constitución misma.Obviamente, pues, se trata de unprincipio -si así se le quiere llamardela jerarquía de las leyes, o de lano contradicción de éstas con laConstitución, o de la meraprevención legal del tributo tantoen la Constitución como en ellas,
- Page 2 and 3:
2CODHEMDERECHOS HUMANOSÓrgano Info
- Page 4 and 5:
4CODHEM64 CODHEM/EM/3026/2003-5 Dr.
- Page 6 and 7:
EDITORIAL 7l medio dentro delcual l
- Page 8 and 9:
10CODHEMNOVIEMBRE / DICIEMBRE 2003
- Page 10 and 11:
12CODHEMcon una superficie de 2,500
- Page 12 and 13:
14CODHEMseguridad pública que se p
- Page 14 and 15: 16CODHEMelectrónicos de comunicaci
- Page 16 and 17: QUEJAS 19En el bimestre noviembre-d
- Page 18 and 19: QUEJAS 21AsesoríasEn el presente b
- Page 20 and 21: 24CODHEMmunicipio de San Simón deG
- Page 22 and 23: 26CODHEMcon lo que inobservó los p
- Page 24 and 25: 28CODHEMRecomendación No. 59/2003*
- Page 26 and 27: 30CODHEMEn la fecha referida, la ti
- Page 28 and 29: 32CODHEMNezahualcóyotl, donde actu
- Page 30 and 31: 34CODHEMRecomendación No. 63/2003*
- Page 32 and 33: 36CODHEMde Guadalupe (Ecatepec,Méx
- Page 34 and 35: 38CODHEMEscutia, donde falleció la
- Page 36 and 37: 40CODHEMrealicen los trabajos neces
- Page 38 and 39: 42CODHEMlos Consejos Técnicos Inte
- Page 40 and 41: RECURSOS 45En fecha 1 de noviembre
- Page 42 and 43: 48CODHEMJuventud; se facilitaron co
- Page 44 and 45: 50CODHEMAsesoríasNOVIEMBREÁrea Be
- Page 46 and 47: 52CODHEMConcepto de peritajeantropo
- Page 48 and 49: 54CODHEMnosotros las personas que p
- Page 50 and 51: 56CODHEMInmersos en nuestras vidas
- Page 52 and 53: 58CODHEMEVENTOS DE CAPACITACIÓNNOV
- Page 54 and 55: DIVULGACIÓN61En el bimestre noviem
- Page 56 and 57: DIVULGACIÓN63Relación de transmis
- Page 58 and 59: 66CODHEMimpuesto a través delestab
- Page 60 and 61: 68CODHEMburocrático, prioritariame
- Page 62 and 63: 70CODHEMJesús, fueron desarrollán
- Page 66 and 67: 74CODHEMpero, definitivamente, de n
- Page 68 and 69: 76CODHEMM. Principio de Obligatorie
- Page 70 and 71: 78CODHEMcomo en el caso presente, a
- Page 72 and 73: 80CODHEMreferidas leyes impositivas
- Page 74 and 75: 82CODHEMno tiene otro carácter que
- Page 76 and 77: 84CODHEMsuponer que el fisco seapre
- Page 78 and 79: 86CODHEMde las leyes y reglamentost
- Page 80 and 81: 88CODHEMEn dicha obra, el autor se
- Page 82 and 83: 90CODHEMjustificarlo, bien por serv
- Page 84 and 85: 92CODHEMEQUILIBRIO MACROECONÓMICO
- Page 86 and 87: 94CODHEMdeclarado a favor de unared
- Page 88 and 89: 96CODHEMnos ha proporcionado cifras
- Page 90 and 91: 98CODHEMsocial. Se trata de un proc
- Page 92 and 93: 100CODHEMIMPUESTOS PARA FINANCIAR L
- Page 94 and 95: 102CODHEMcontrolaban el desarrollo
- Page 96 and 97: 104CODHEMporque le cuesta 10 centav
- Page 98 and 99: 106CODHEMpor lo tanto estamos a la
- Page 100 and 101: 108CODHEMmoderno, sus objetivos son
- Page 102 and 103: 110CODHEMPOLÍTICA FISCAL Y SALUD*
- Page 104 and 105: 112CODHEMdonativo, hay que hacer la
- Page 106 and 107: 114CODHEMcientífico, técnico y te
- Page 108 and 109: 116CODHEMcompiten entre sí; el may
- Page 110 and 111: 118CODHEMBORRADOR DE TRABAJO 14/Abr
- Page 112 and 113: 120CODHEMdeben pagar los usuarios d
- Page 114 and 115:
LEGISLACIÓN 123DECLARACIÓN SOBRE
- Page 116 and 117:
LEGISLACIÓN 125individualmente o p
- Page 118 and 119:
LEGISLACIÓN 127exige la movilizaci
- Page 120 and 121:
LEGISLACIÓN 129para fomentar su pa
- Page 122 and 123:
LEGISLACIÓN 131DERECHOS CIVILES Y
- Page 124 and 125:
LITERATURA 133AMISTADBruno Traven*M
- Page 126 and 127:
LITERATURA 135A últimas fechas, de
- Page 128 and 129:
LITERATURA 137perro hubiera vuelto
- Page 130 and 131:
140CODHEM22. Declaración de Compro