Todo es Historia <strong>122</strong>Levantamientoruralen Entre Ríosdado un plazo de noventa díaspara que los propietarios presentasensus títu los bajo penade pasar el terreno a ser de propiedadpública. La ley de 1824señaló igual plazo para todo poseedoro propietario con lamisma pena. Además obligaba apoblar cbn un número determinadode hacienda en el términode 240 días, o de lo contrariovender. Si así no lo hacían elcampo pasaba a ser de propiedadpública. A estas dos leyes seagrega la dictada por la Legislaturadel16 de dlciem bre de 1824.Por ella se decretaba que todapersona que no fuera propietariay poseyera un cam po totalmentedespoblado debía dejarlo a favordel gobierno y pedir en cambiouna suerte de chacra en lasinmediaciones de un pueblo, laque se le entregaría con la obligaciónde dedicarse al cultivosegún sus medios. Si bien el espírituque informa las leyes citadasparecería el de poblar y cultivar,es evidente que los merosocupantes, los poseedores y lospropietarios con pOcos recu rsosse veian obligados en un plazobreve y perentorio a poblar ovender o entregar las tierras alEstado, que con esta com pulsiónquedaba dueño de grandesextensiones que vendería ala Sociedad Entrerriana.La Sociedad EntrerrianaLa Sociedad Entrerriana estabaformada por comerciantesy financistas de Buenos Aires.Ellos eran· Ruperto Albarellos.Juan Pablo Sáenz Valiente, JuanFerntindez Malina, Juan Pedrode Aguirre, Nicolás de Anchorena,Tomás Manuel de Anchorena,Manuel de Arroyo y Pineda.Braulio Costa, MarcelinoCarranza, Pedro Trapani, FélixCastro, la Sociedad S. Lezica yhnos, Guillermo Parish Robert-.88son y Pascual Costa, quien actuóen Entre Ríos como representantede la Sociedad para lafirma del contrato. ("La Provinciade Entre Rios demandadaante la Corte Federal", serie deartículos de "El Uruguay" quepublica "La Nación Argentina",19 y 20 de junio de 1865). Los detallessobre esta Sociedad los conocemospor la campaña periodísticaque se desató en 1864 y1865, tanto en Entre Ríos comoen Buenos Aires, a causa de queEnrique Yateman, yerno de MarcelinoCarranza, se había presentadocomo apoderado deella para reclamar, primero anteUrquiza y luego ante el gobiernode Entre Ríos, el cumplimientodel contrato de 1824. La Legislaturaentrerriana había dispuesto,en 1861, la venta de 400leguas de tierras fiscales de pastoreoy esto motivó la reclamacióny su lógica consecuencia.Lucio Mansilla, en los artículospublicados en "La Nación Argentina",aparece como personaa quien la sociedad interesó enestas ventas de las tierras fiscalescon la décima quinta parte de lasutilidades como socio, en igualdadabsoluta con otros catorce.miembros. Yateman, en su escritopublicado en El Nacional,menciona a los otros miembrospero no a Mansilla y sostuvo queel hecho que este general aparecieraen el contrato con derechoa una suerte de estancia, fueuna condición que impuso elgobierno de Entre Rios, como élmismo lo señala en la Introduc·ción de su Memoria cuandodice: "Organizada la SociedadEntrerriana cuya formación fuecalcu lada por las dificu Itadesque me había significado el inmortalRivadavia para subvencionara la Provincia, como loestaba haciendo, por la falta defondos fiscales, encontré el mediomás eficaz para proveer derentas al gobierno de Entre Ríoscon las consecuencias al impulsoque se prpponían con dichasociedad" (Santiago Moritán:"Mansilla, su Memoria Inédita.Ramírez, general, guerreroy estadista").La Sociedad Entrerriana-deacuerdo a los miembros queI.a componían- estaba integradapor "el grupo Costa", nombreque le dieron los historiadoresOrtega Peña y Duhalde, quienesanalizaron sus manejos en elnegocio de las minas de Famatina.Este gru po con interesesconómicos idénticos - que estudióespecialmente Hugo Galmarinnien su libro: "Negocios y políticaen la época de Rivadavia"actuó, aprovechando la coyunturaeconómica en negocios financieroscomo el empréstitoBaring, el Banco Nacional, elnegocio de las minas de Famatinaentre otros. No podía serajeno a su quehacer especu lativoel negocio de tierras y antelos problemas económicos entrerrianosse hizo presente conla compra a precio irrisorio delas tierras fiscales. El diario "ElUruguay", en 1864, sostenía queel gobierno de Solas no habíahecho una venta sino una merceda esta Sociedad. En la seriede artículos publicados en "LaNación Argentina" se decia: "SiEntre Ríos no se hubiese sublevadocontra los monopolizadoresde tierras de Buenos Aires, siLa Rioja no se hubiese sublevadocontra los monopolizadoresde minas de Buenos Aires, sitodos los pueblos no hubiesensentido el peso opresor de tantasambiciones, Rivadavia hubiesellevado a cabo su obra"3/V1/1865). Aunque no coincidamostotalmente con el párrafocitado, es evidente que son palabraspara meditar.Mansilla no sólo introdujo aeste grupo cerca del gobiernode Entre Ríos en el negocio detierras, si no que cuando en ju liode 1824, fue nombrado paraconseguir un empréstito enBuenos Aires, se conectó -quizápor la imposibilidad del gobiernobonaerense para concederlo-con B'raulio Costa, cabezadel gru po y u no de los másrepresentativos del mismo.Pero el préstamo no resu Itabatan sencillo en vista de las garantíasque el prestamista exigía.El gobernador Solas pidió el2 de noviembre, acuerdo a laLegislatura" para trasladarse a
Marcelino Carranza se asociaronpara comprar tierras a particularesen Entre Ríos -porcuenta de la Soc,iedad Entrerriana,segun Yateman en sudefensa-teniendo como socioadministrador a Eugenio Perichon(Hugo Galmarini, op. cit.).La estancia la habían compradoel 2911/1825 a FranciscoFernández, comandante de miliciasde Concepción del Uruguayy estaba situada sobre elrío Gualeguay y el arroyo Lucas(César B. Pérez Colman, op.cit.).El 3 de julio del mismo año,José Ignacio de Vera vendió aMarcelino Carranza cinco leguasfrente al Paraná pordiezdefondo al este (César B. PérezCólman, op.cit.). El mismo MarcelinaCarranza asociado aJuan Pedro de Aguirre habíacomprado tierras en el Rincónde Vera, las que en febrero delaño siguiente estaban ya dispuestosa vender a la SociedadRural (Carta de Aguirre a CarranzaBs.As.,25/11/1826, ArchivoAguirre),Trapani, otro miembro delgrupo, el 16 de setiembre de1824, dio poder a Juan Lanús yen su ausencia a Juan Camps,entrerrianos, para que solicitarandel gobierno la venta delRincón de Pérez, que eran terrenosdel fisco (Archivo de Gobierno,Serie VIII, Paraná). Recordemosal efecto que en elcontrato Solas-Costa, ademásde la suerte de estancia que Mansillaeligiese del Rincón de Pérez,se iban a separar dos o tres suertesmás, para que el gobierno lasdestinase como creyera conveniente.Pero el interés por la especulaciónen tierras fue mas allá deEntre Ríos y el libro mencionadode Galmarini nos informa al respecto.Hemos encontrado,además entre los papeles deAgui rre, que él con José MaríaRoxas y Manuel José de Haedoformaron una sociedad, quecomisionó a Bartolomé Lascano,para la mayor compra detierras "patriolengas" que pudieraconse¡:¡uir en Corrientes,con preferencia sobre el Paraná.Allí adquirieron grandes extcnh.Buenos Ai res y allanar negociosde suma importancia que podíanformar el arreglo de la Haciendade la Provincia". De pasopor San Nicolás tuvo una reunióncon los diputados entrerrianosal Congreso NacionalMansilla y Carriego. Solas retomóel gobierno -que habíaquedado en manos del Cnel. PedroBarrenechea- el 6 de diciembrede ese mismo año y aldía siguiente, la Legislatura comunicabaque había algunas dificultadesde salvar para entablarcon el prestamista BraulioCosta, el empréstito que se habíaconsiderado pedir paraarreglar el ramo de hacien(ia dela Provincia. Se consideraroninmediatamente las proposicionesque el agente Mansilla habíagirado a Solas con fecha 26 denoviembre, después de comunicarsecon Costa.Las proposiciones decianque: "el gobierno debía ser facultadopor la Legislatura paraque se negociara una cantidadsuficiente al 40% o lo que es lomismo con un 60 de pérdida".La misma cantidad podría negociarseal 5 % siempre que elgobierno de Buenos Aires secomprometiera a pagar amortizaciónde Aduana, reglándose lamanera de hacer su cobro porun acuerdo con los prestamistas.Además el gobierno de EntreRios dejaría previamente endepósito, en Buenos Aires, lacantidad de 40.000$ para responderpor la amortización y réditopor el término de dos años.Esta cantidad se colocaría al1 %anual y la amortización y pagodel rédito se haría por trimestre(Libro de Acuerdos del HonorableCongreso de Entre Ríos).La Legislatura, después de undetenido examen de las proposiciones,decidió suspender lanegociación y sostuvo "que podríaresolverse con conocimientosmas seguros sobre esta materia".Era éste un "favor" demasiadocaro que Costa le hacíaa Entre Ríos ...Además del contrato SolasCosta que hemos mencionado,el grupo estaba en una gran expansiónru ra 1. Brau lio Costa ysiones. Hay un borrador de Aguirredirigido a Lascano, con fecha19/XI/1825, en el que le insisteen no perder· el menor'tiempo de hacer la compra delRincón de Luna, porque el EjecutivoNacional- el gobernadorLas Heras, de acuerdo al artícu lo8 de la Ley Fu ndamental habíapasado al Congreso u n proyectode la ley por el que se prohibía laventa de las tierras públicas paraque garantizaran el EmpréstitoNacional de 10 miUonesde pesos(ley del 27 de octubre de1825) que se había mandadonegociar en Londres. "El empréstitoya está acordado -diceAguirre- y si el Congreso sancionala leyes un obstáculo paranuestro negocio".Mansilla, desde Buenos Aires,en carta del 17 de agosto de1824, le insistía a Solas en el interésde gente de la capital porlas tierras entrerrianas. Le comunicabaen esa fecha al Gobernador,que dado el decretosobre tierras-se refiere al de 27de ju lio de ese año-se apersonabandiariamente a él capitalistasde su conocimiento para comprartierras en Entre Ríos con elfin de poblarlas. Le sugería quese dirigiera a los comandantesde los Departamentos imponiéndolosdel hecho, para queremitieran al Gobierno o directamentea él, la lista de los quequisieran vender y así formalizarel contrato. Le recordaba enesas circunstancias que la mayorparte de los hacendados entrerrianoscarecían de ganado yal vender una parte en sus tierras,con el producto podíancomprarlo (Archivo de Gobierno,Serie VIII Carpeta 2, Legajo4,Paraná).A todo esto, el gobierno, porcircular del 28 de julio, ya sehabía dirigido a los comandantespidiéndoles que le enviaranla exacta noticia de los terrenosbaldíos y de toda clase, comprendidosen los distritos correspondientes(Comunicaciónde Mateo García de Zúñiga a Solas,Gualeguaychú 121V1I1/1824,Archivo de Gobierno, Serie 1,Carpeta 8, Legajo 6 Paran á).89
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