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Nº 122 - COMEGUS

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Marcelino Carranza se asociaronpara comprar tierras a particularesen Entre Ríos -porcuenta de la Soc,iedad Entrerriana,segun Yateman en sudefensa-teniendo como socioadministrador a Eugenio Perichon(Hugo Galmarini, op. cit.).La estancia la habían compradoel 2911/1825 a FranciscoFernández, comandante de miliciasde Concepción del Uruguayy estaba situada sobre elrío Gualeguay y el arroyo Lucas(César B. Pérez Colman, op.cit.).El 3 de julio del mismo año,José Ignacio de Vera vendió aMarcelino Carranza cinco leguasfrente al Paraná pordiezdefondo al este (César B. PérezCólman, op.cit.). El mismo MarcelinaCarranza asociado aJuan Pedro de Aguirre habíacomprado tierras en el Rincónde Vera, las que en febrero delaño siguiente estaban ya dispuestosa vender a la SociedadRural (Carta de Aguirre a CarranzaBs.As.,25/11/1826, ArchivoAguirre),Trapani, otro miembro delgrupo, el 16 de setiembre de1824, dio poder a Juan Lanús yen su ausencia a Juan Camps,entrerrianos, para que solicitarandel gobierno la venta delRincón de Pérez, que eran terrenosdel fisco (Archivo de Gobierno,Serie VIII, Paraná). Recordemosal efecto que en elcontrato Solas-Costa, ademásde la suerte de estancia que Mansillaeligiese del Rincón de Pérez,se iban a separar dos o tres suertesmás, para que el gobierno lasdestinase como creyera conveniente.Pero el interés por la especulaciónen tierras fue mas allá deEntre Ríos y el libro mencionadode Galmarini nos informa al respecto.Hemos encontrado,además entre los papeles deAgui rre, que él con José MaríaRoxas y Manuel José de Haedoformaron una sociedad, quecomisionó a Bartolomé Lascano,para la mayor compra detierras "patriolengas" que pudieraconse¡:¡uir en Corrientes,con preferencia sobre el Paraná.Allí adquirieron grandes extcnh.Buenos Ai res y allanar negociosde suma importancia que podíanformar el arreglo de la Haciendade la Provincia". De pasopor San Nicolás tuvo una reunióncon los diputados entrerrianosal Congreso NacionalMansilla y Carriego. Solas retomóel gobierno -que habíaquedado en manos del Cnel. PedroBarrenechea- el 6 de diciembrede ese mismo año y aldía siguiente, la Legislatura comunicabaque había algunas dificultadesde salvar para entablarcon el prestamista BraulioCosta, el empréstito que se habíaconsiderado pedir paraarreglar el ramo de hacien(ia dela Provincia. Se consideraroninmediatamente las proposicionesque el agente Mansilla habíagirado a Solas con fecha 26 denoviembre, después de comunicarsecon Costa.Las proposiciones decianque: "el gobierno debía ser facultadopor la Legislatura paraque se negociara una cantidadsuficiente al 40% o lo que es lomismo con un 60 de pérdida".La misma cantidad podría negociarseal 5 % siempre que elgobierno de Buenos Aires secomprometiera a pagar amortizaciónde Aduana, reglándose lamanera de hacer su cobro porun acuerdo con los prestamistas.Además el gobierno de EntreRios dejaría previamente endepósito, en Buenos Aires, lacantidad de 40.000$ para responderpor la amortización y réditopor el término de dos años.Esta cantidad se colocaría al1 %anual y la amortización y pagodel rédito se haría por trimestre(Libro de Acuerdos del HonorableCongreso de Entre Ríos).La Legislatura, después de undetenido examen de las proposiciones,decidió suspender lanegociación y sostuvo "que podríaresolverse con conocimientosmas seguros sobre esta materia".Era éste un "favor" demasiadocaro que Costa le hacíaa Entre Ríos ...Además del contrato Solas­Costa que hemos mencionado,el grupo estaba en una gran expansiónru ra 1. Brau lio Costa ysiones. Hay un borrador de Aguirredirigido a Lascano, con fecha19/XI/1825, en el que le insisteen no perder· el menor'tiempo de hacer la compra delRincón de Luna, porque el EjecutivoNacional- el gobernadorLas Heras, de acuerdo al artícu lo8 de la Ley Fu ndamental habíapasado al Congreso u n proyectode la ley por el que se prohibía laventa de las tierras públicas paraque garantizaran el EmpréstitoNacional de 10 miUonesde pesos(ley del 27 de octubre de1825) que se había mandadonegociar en Londres. "El empréstitoya está acordado -diceAguirre- y si el Congreso sancionala leyes un obstáculo paranuestro negocio".Mansilla, desde Buenos Aires,en carta del 17 de agosto de1824, le insistía a Solas en el interésde gente de la capital porlas tierras entrerrianas. Le comunicabaen esa fecha al Gobernador,que dado el decretosobre tierras-se refiere al de 27de ju lio de ese año-se apersonabandiariamente a él capitalistasde su conocimiento para comprartierras en Entre Ríos con elfin de poblarlas. Le sugería quese dirigiera a los comandantesde los Departamentos imponiéndolosdel hecho, para queremitieran al Gobierno o directamentea él, la lista de los quequisieran vender y así formalizarel contrato. Le recordaba enesas circunstancias que la mayorparte de los hacendados entrerrianoscarecían de ganado yal vender una parte en sus tierras,con el producto podíancomprarlo (Archivo de Gobierno,Serie VIII Carpeta 2, Legajo4,Paraná).A todo esto, el gobierno, porcircular del 28 de julio, ya sehabía dirigido a los comandantespidiéndoles que le enviaranla exacta noticia de los terrenosbaldíos y de toda clase, comprendidosen los distritos correspondientes(Comunicaciónde Mateo García de Zúñiga a Solas,Gualeguaychú 121V1I1/1824,Archivo de Gobierno, Serie 1,Carpeta 8, Legajo 6 Paran á).89

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