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CONTENIDO - PAOT

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Jueves 4 de junio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 1710 5.2.4.2 Se deberá incorporar en el pozo uninstrumento de muestreo y prueba que cumpla conla Norma ISO 15839:2003 Water quality-On-linesensors/analysing equipment for water-Specifications and performance tests.Comentario:La Norma mencionada es una NormaInternacional, que no está disponible para elpúblico de manera general ya que su consulta noes gratuita.Se considera inconveniente aplicar estas Normas,pues para la aplicación por parte del personaloperativo y normativo de por sí ya muestradificultad para adquirirlas, la población en generaltendrá mucho mayor dificultad.Se sugiere aplicar una NOM o NMX equivalente.11 6.1.1 Se debe mantener una bitácora de losresultados del muestreo y las pruebas aplicadas enla que se consignarán los datos de los informesemitidos por los laboratorios acreditados yaprobados.Comentario:Falta incluir la periodicidad del muestreo.Falta incluir cada cuándo se deberá demostrar queel agua inyectada no contiene residuoscatalogados como peligrosos.Se sugiere:6.1.1 Se debe mantener una bitácora de losresultados del muestreo y las pruebas aplicadas enla que se consignarán los datos de los informesemitidos por los laboratorios acreditados yaprobados. La periodicidad de muestreo,incluyendo la determinación de residuospeligrosos, se deberá realizar dos veces al año12 Incluir la Definición de Acuífero:Acuífero: Cualquier formación geológica o conjuntode formaciones geológicas hidráulicamenteconectados entre sí, por las que circulan o sealmacenan aguas del subsuelo que pueden serextraídas para su explotación, uso oaprovechamiento y cuyos límites laterales yverticales se definen convencionalmente para finesde evaluación, manejo y administración de lasaguas nacionales del subsuelo;La definición propuesta se extrajo de la Ley deAguas Nacionales.PROMOVENTE: Ing. Pedro Márquez ParraRepresentante del Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Jalisco A.C.Fecha: 19 de septiembre de 200813 4.7 Pozo de infiltración: obra de ingenieríaconstruida para la disposición de aguas alsubsuelo.Propuesta.4.7 Obra de Infiltración: obra de ingenieríaconstruida para la disposición de aguas alsubsuelo.Procede parcialmente. La Ley Federal sobreMetrología y Normalización establece:considerar las Normas internacionales. Seajusta el requisito para quedar como sigue:5.2.4.2 Se deberá incorporar en el pozo uninstrumento de muestreo y prueba que cumplacon la Norma ISO 15839:2003 Water quality-On-line sensors/analysing equipment for water-Specifications and performance tests, la que lasustituya o la NMX correspondiente.Procede. Se aclara lo del monitoreo paraquedar como sigue:6.1.1 Se debe mantener una bitácora de losresultados del muestreo y las pruebasaplicadas en la que se consignarán los datosde los informes emitidos por los laboratoriosacreditados y aprobados, al principio ydespués de cada temporada de lluvias.No procede.La definición se encuentra expresada en elTítulo primero, Artículo 3, fracción II de la Leyde Aguas Nacionales.No procede.La definición de pozo de infiltración o deinyección se encuentra expresada en elnumeral 4.17 de la NOM-004-CONAGUA-1996,Requisitos para la protección de acuíferosdurante el mantenimiento y rehabilitación depozos de extracción de agua y para el cierre depozos en general.

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