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CONTENIDO - PAOT

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Jueves 4 de junio de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) 59III.Que el Gobierno Federal ha establecido como unos de sus programas prioritarios a impulsar en elaño 2008 el de “Caravanas de la Salud”, que tiene como objeto acercar la oferta de la red deservicios de salud con criterios de calidad, anticipación y resolutividad, mediante equipos itinerantesde salud a la población que habita en microregiones con bajo índice de desarrollo humano, y de altay muy alta marginación, que carecen de atención médica oportuna debido a su ubicación geográfica,dispersión y/o condiciones de acceso, en las cuales resulta muy complejo y en algunos casosimposible el establecimiento en corto plazo de unidades médicas fijas.I. De “LA SECRETARIA”:DECLARACIONES1. Que la Dra. Maki Esther Ortiz Domínguez, en su carácter de Subsecretaría de Innovación y Calidad,tiene la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento, de conformidad con loestablecido en los artículos 8 fracción XVI y 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud,cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a“EL ACUERDO MARCO”.2. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, seencuentran las de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernizacióndel Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de“LA SECRETARIA” con las unidades que lo conforman o que en él participan, vigilandopermanentemente en ello el cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad, asícomo coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios desalud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras, de conformidad con lo establecido en elartículo 25 fracciones I y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.3. Que entre los objetivos del programa de caravanas de la salud, se encuentran entre otros, elinstrumentar todas las acciones conducentes en la identificación de la población objetivo, la definiciónde rutas y localidades donde transiten las caravanas de la salud, la contratación del personaloperativo del programa en las entidades federativas y prestar los servicios de salud a la poblaciónobjetivo del mismo, todo ello conforme a los criterios establecidos en las Reglas de Operación delPrograma de Caravanas de la Salud publicadas en el Diario Oficial de la Federación, el día treinta dediciembre de dos mil siete.4. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisosderivados de la suscripción del presente instrumento.5. Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en el número7(siete) la Calle de Lieja, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, en México,Distrito Federal.II. De “LA ENTIDAD”:1. Que el Secretario de Salud Pública y Presidente Ejecutivo de los Servicios de Salud de Sonora,asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 11, 12, 15y 28 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora, artículos 6, fracción II y 9, fracciónI de la Ley que Crea los Servicios de Salud de Sonora, cargo que quedó debidamente acreditado conla copia del nombramiento que se adjuntó a “EL ACUERDO MARCO”.2. Que el Secretario de Hacienda, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, deconformidad con los artículos 11, 12, 15 y 24 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado deSonora cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a“EL ACUERDO MARCO”.3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son:Instrumentar todas las acciones conducentes en la identificación de la población objetivo, ladefinición de rutas y localidades donde transiten las Caravanas de la Salud, la definición de la carterade servicios conforme a la capacidad instalada en las unidades móviles existentes y el modelode atención.4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como sudomicilio el ubicado en Comonfort y Paseo del Canal, Edificio Sonora, Ala Norte del Centro deGobierno de Hermosillo, Sonora, México.Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y ResponsabilidadHacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría deHacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a lospresupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y

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