Disposiciones en materia del Servicio Profesional Docente
Disposiciones en materia del Servicio Profesional Docente. (Documento Único de instrumentos normativos emitidos por la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente)
Disposiciones en materia del Servicio Profesional Docente. (Documento Único de instrumentos normativos emitidos por la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente)
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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente
Disposición 101. Nombramientos por Tiempo Fijo.
No.
DENOMINACIÓN
PERSONAL AL
QUE APLICA
DESCRIPCIÓN
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
89 Alta por Tiempo Fijo, por
Ingreso al Servicio Profesional
Docente
90 Alta por Tiempo Fijo, para
ocupar plaza vacante definitiva o
de nueva creación de manera
extraordinaria
91 Alta por Tiempo Fijo, para
ocupar plaza vacante temporal,
con sustentantes Idóneos en las
listas de prelación, Servicio
Profesional Docente
92 Alta por Tiempo Fijo, para
ocupar plaza vacante temporal de
manera extraordinaria
26 Prórroga de Alta por Tiempo
Fijo, para continuar ocupando una
plaza vacante temporal
27 Alta por Tiempo Fijo, para
promoción en la Educación
Básica y Media Superior, Servicio
Profesional Docente
28 Alta por Tiempo Fijo, por
movimiento lateral en la
Educación Básica, Servicio
Profesional Docente
29 Alta por Tiempo Fijo, para
promoción en la Educación
Básica, Servicio Profesional
Docente
30 Alta por Tiempo Fijo, para
promoción en la Educación Media
Superior, Servicio Profesional
Docente
93 Alta por Tiempo Fijo, por
promoción temporal en la
Educación Básica y Media
Superior con sustentantes
Idóneos, Servicio Profesional
Docente
94 Alta por Tiempo Fijo, por
promoción temporal en la
Educación Básica y Media
Superior de manera extraordinaria
FQ Alta por Tiempo Fijo, por
promoción en la Educación Media
Superior, Servicio Profesional
Docente
Docente,
Técnico Docente.
Docente,
Técnico Docente.
Docente,
Técnico Docente.
Docente,
Técnico Docente.
Docente,
Técnico Docente,
Dirección,
Supervisión.
Docente,
Técnico Docente.
Docente,
Técnico Docente.
Dirección
Dirección
Dirección
Dirección
Supervisión
Se otorga a quienes ingresan formalmente al Servicio Profesional Docente,
por seis meses, quince días, en plaza vacante definitiva o de nueva creación,
a través de concurso, en estricto orden en las listas de prelación
correspondientes.
Se otorga para ocupar las plazas que durante el ciclo escolar queden
vacantes de manera definitiva; o bien, sean plazas de nueva creación, y sólo
cuando se hubieren agotado los sustentantes Idóneos en las listas de
prelación correspondientes. La duración de este nombramiento no podrá
exceder el tiempo remanente hasta la conclusión del ciclo escolar.
Se otorga por un periodo igual o mayor a seis meses para ocupar las plazas
que durante el ciclo escolar queden vacantes de manera temporal, derivado
del otorgamiento de licencias sin goce de sueldo al titular; éstas deberán ser
ocupadas con sustentantes Idóneos en las listas de prelación existentes. La
duración de este nombramiento no podrá exceder del tiempo remanente
hasta la conclusión del ciclo escolar.
Se otorga por un periodo igual o mayor a seis meses, para ocupar las plazas
que durante el ciclo escolar queden vacantes de manera temporal, y sólo
cuando se hubieren agotado los sustentantes Idóneos en las listas de
prelación correspondientes. La duración de este nombramiento no podrá
exceder el tiempo remanente hasta la conclusión del ciclo escolar.
Se otorga para continuar prorrogando el nombramiento en las plazas
vacantes temporales derivado del otorgamiento de licencia sin goce de
sueldo del titular, sustituye los nombramientos anteriores a la entrada en
vigor de la LGSPD con vigencia mayor a seis meses, ilimitados o que se
prorrogan anualmente.
Se otorga en la Educación Básica y Media Superior, para realizar la función
de Asesoría Técnica Pedagógica, con sustentantes Idóneos en estricto
orden de prelación, y que sean sujetos de obtener dicha categoría, con una
duración de dos años ininterrumpidos.
Se otorga en la Educación Básica, para realizar la función de Asesoría
Técnica Pedagógica, con base en los resultados de la evaluación, con una
duración de tres años ininterrumpidos, y podrán renovarse por un año más.
Se otorga en la Educación Básica para realizar la promoción a funciones de
Dirección, con sustentantes Idóneos en estricto orden de prelación, con una
duración de dos años ininterrumpidos.
Se otorga en la Educación Media Superior para realizar la promoción a
funciones de Dirección, con sustentantes Idóneos en estricto orden de
prelación, durante tiempo determinado (cuatro años).
Se otorga en la Educación Básica y Media Superior para realizar la
promoción temporal a funciones de Dirección, derivado del otorgamiento de
licencia sin goce de sueldo al titular, con sustentantes Idóneos en las listas
de prelación correspondientes. No podrá exceder el tiempo remanente hasta
la conclusión del ciclo escolar.
Se otorga en la Educación Básica y Media Superior para realizar la
promoción temporal a funciones de Dirección, y sólo cuando se hubieren
agotado los sustentantes Idóneos en las listas de prelación
correspondientes. La duración de este nombramiento no podrá exceder el
tiempo remanente hasta la conclusión del ciclo escolar.
Se otorga en la Educación Media Superior para realizar la promoción a
funciones de Supervisión durante un tiempo determinado (cuatro años), con
sustentantes Idóneos en las listas de prelación.
21 de noviembre de 2017